Alumbrado publico existente (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Instaciones eléctricas de baja, media y alta tensión; cables y accesorios, falsificaciones, métodos y técnicas de energía, data center, medida y control eléctrico
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#135915
Buenos días,

tengo un alumbrado público realizado con el Reglamento del 73 y en la actualidad me solicitan el traslado de los cuadros de protección, medida y control existentes a una nueva ubicación cercana (unos 10 metros) de la existente dentro de un cuarto que se construirá a tal fin.

¿Debemos recalcular toda la instalación de acuerdo al nuevo reglamento? La seccción instalada en algunos tramos es de 2,5 mm y ahora la mínima es 4 mm para aereo.

Muchas gracias de antemano.
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#136141
tienes que realizar una nueva legalización???

yo te diría que SI, pero... :mrgreen:
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#136165
Si no vas a modificar los cuadros, sólo trasladarlos, yo no haría nada. Ya que no va a ser una modificación de importancia. Un traslado de 10 m no es significativo para que puedas tener problemas con las caídas de tensión en las líneas, si que sería interesante que la derivación individual la pusieses de mayor sección que la existente, para curarte en salud.

Saludos...
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#136173
Si sustituyo los contactores que es lo que peor pinta tiene del armario, ¿me harán adaptar todo el armario al nuevo reglamento?
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#136181
Tato78 escribió:Si sustituyo los contactores que es lo que peor pinta tiene del armario, ¿me harán adaptar todo el armario al nuevo reglamento?


Eso es mantenimiento, no te lies...No es necesario proyecto.
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#136185
Entiendo que eso sea mantenimiento, pero es que el cuadro que hay ahora mismo no coincide para nada con el del proyecto que había en origen en la instalación.
Por eso vienen mis dudas si al hacerlo a través de una ayuda de la Diputación de una provincia en esta memoria o proyecto que tengo que hacer, no sé ni que reflejar.
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#136190
Cuando alguna vez he hecho algo parecido he legalizado únicamente la parte que modifico.
¿Puedes intentar de hacer una consulta la OCA que vaya a pasar la inspección?
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#136225
Yo he visto algún caso en Asturias en que se modifico el cuadro de sitio y eso suponía una modificación de importancia, pero como esto depende mucho de la OCA, le haría caso a Bekenise y consultaría con la OCA que te vaya a pasar la inspección si es que la potencia que hay instalada necesita una inspección, si no, no te compliques la vida y sigue con el reglamento antiguo. Saludos.
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#136235
Pero me pregunto yo...
Vas a hacer un boletín nuevo??
Como dice Osca yo tb he visto que lo consideren una modificación de importancia, pero tambien dependia del estado en que estuviese la antigua instalación, de si ibas a ampliar potencia etc..
Un saludo.
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#136261
No hay que ampliar potencia porque el número de luminarias se mantiene.
Al final de lo que se trata es de trasladarlo a una caseta que quiere hacer el promotor para instalar el contador y el cuadro de protecciones y maniobra, ya que los existentes están muy viejos y rotos y cuando tienen que cambiar el horario del alumbrado tienen que andar subiendose a una escalera.
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#137437
Yo entiendo que eso no es modificacion de importancia y que solo debes de hacer los cambios oportunos, sin boletin, sin OCA y sin nueva legalización.

Ahora pregunto yo. En el caso de alumbrado con brazo mural no accesibles, por supuesto desde balconeras, ¿como hacer la red tierras de este?
¿es necesario seguir colocando picas cada 5 luminarias?
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