Usar fiador en LGA aérea en instalación de obra (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Instaciones eléctricas de baja, media y alta tensión; cables y accesorios, falsificaciones, métodos y técnicas de energía, data center, medida y control eléctrico
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#149319
Hola,

necesito que me aclareis una duda que tengo referente a la LGA para una instalación de obra.

El caso es que tenemos que colocar un poste de unos 9-11 m en un lado de la carretera. En este poste irá ubicada la CGP que dará servicio a la instalación de obra, cruzando para ello un vano de calzada de unos 35 m. Al otro lado habrá que colocar otro poste y un panel para instalar el equipo de medida y el cuadro de obra.

Según el REBT la LGA tiene que ser unipolar de cobre 0,6/1 kV, con lo que el empleo de un tranzado de aluminio queda descartado... pero me da miedo que no soporte su propio peso y no sé si habría que colocar algún tipo de fijaor e intentar trenzar los cables unipolares alrededor del fiador.

Otra opción me imagino que será colocar el equipo de medida en el poste de hormigón junto a la CGP y así cruzar con una manguera de 50 mm2, pero desconozco que tipo de módulo de contador habría que colocar y de que forma, ya que estaríamos hablando ya de terreno ajeno a la obra, aparte de que volvería a la misma duda de si el cable soportaría la distancia entre apoyos. :?

¿Respuestas a mis preguntas? Gracias.
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#149333
Y no puedes poner la C.G.P en el poste de la medida? Que esta ya dentro de la finca?
Yo pondría C.G.P y todo en el mismo poste, ¿qué necesidad tienes de poner la C.G.P en el primer poste?? Además puedes poner C.P.M ? no C.G.P no??

El cable de la L.G.A sería un RZ1-K(AS), estos cables no están diseñados para estar a la intemperie y menos para ir en aéreo y menos sin fiador.
Me parece complicarlo.

Estudia lo que te comento al principio. La C.G.P en teoría delimita la propiedad privada, por lo tanto de tener que instalarla podrías ponerlo justo en el límite de la carretera que esté en al lado de tu propiedad, no al otro lado de la carretera. Sino, tendrás que ver tb como llevarás la acometida para el suministro definitivo, si aéreo o subterráneo(ver el Ayto. y la Compañia suminstradora al respecto), porque igual puedes ir haciendo zanja y llevarlo enterrado.
Un saludo.
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#149351
esaizmata escribió:Y no puedes poner la C.G.P en el poste de la medida? Que esta ya dentro de la finca?
Yo pondría C.G.P y todo en el mismo poste, ¿qué necesidad tienes de poner la C.G.P en el primer poste?? Además puedes poner C.P.M ? no C.G.P no??


Aquí, Iberdrola te obliga a poner una CGP en el apoyo en el que te dan el punto de conexión para separar la instalación del cliente de la de la compañía.
Nosostros desde esa CGP hasta el apoyo en ele que se ubique la medida vamos con trenzado de aluminio (PRC RZ) y hasta ahora no nos han puesto niiguna pega.

:brindis
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#149352
Lo del trenzado de aluminio y cable normal al estar en el exterior se hace por aquí, pero se pide una excepción según el REBT artículo 24, previo haberlo comunicado a Industria y Compañia con antelación.
Con respecto a la obligación en "vuestra tierra" de hacer eso, muchas gracias cinco, pero sigo sin verle la lógica, que más dará donde este la C.G.P, si no se provoca perjuicio para la línea de la compañía, siempre que se haga en dominio público. No entiendo como os exigen esto.
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#149356
Yo_mismo escribió:Según el REBT la LGA tiene que ser unipolar de cobre 0,6/1 kV, con lo que el empleo de un tranzado de aluminio queda descartado...


Hombre tanto como descartado es aventurar mucho, primero porque el aluminio si se puede emplear en LGAs y segundo porque los condicionantes de ser unipolar y no propagadores de llama/emisión humos reducida esta prescrita para el interior de edificios para una constitución/montaje indicada en la ITC-BT-14, entre ellas no figura la instalación de conductores a la intemperie y de forma áerea, por lo que, deberías cumlir con la ITC-BT-06 en mi opinión.

Igualmente que cinco no he tenido problemas con trenzados de aluminio.

SALUDOS
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#149359
esaizmata escribió:Lo del trenzado de aluminio y cable normal al estar en el exterior se hace por aquí, pero se pide una excepción según el REBT artículo 24, previo haberlo comunicado a Industria y Compañia con antelación.
Con respecto a la obligación en "vuestra tierra" de hacer eso, muchas gracias cinco, pero sigo sin verle la lógica, que más dará donde este la C.G.P, si no se provoca perjuicio para la línea de la compañía, siempre que se haga en dominio público. No entiendo como os exigen esto.


Es lo más normal esaizmata, se da en "muchas tierras" y tiene mucha lógica. No es lo mismo poner una CPM y obligar a la compañia a que te haga la acometida (pongamos que la red queda alejada a 200 m) con apoyos y cruces de carretera, a que, la compañía te de punto de enganche próximo a su red y ahí ubiques tu CGP aérea, ellos solo tendrán que volar unos pocos metros.
(me remito a los datos del post de yo_msmo, no se los límites de la propiedad ni las servidumbres existentes)


SALUDOS
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#149362
esaizmata escribió:Lo del trenzado de aluminio y cable normal al estar en el exterior se hace por aquí, pero se pide una excepción según el REBT artículo 24, previo haberlo comunicado a Industria y Compañia con antelación.
Con respecto a la obligación en "vuestra tierra" de hacer eso, muchas gracias cinco, pero sigo sin verle la lógica, que más dará donde este la C.G.P, si no se provoca perjuicio para la línea de la compañía, siempre que se haga en dominio público. No entiendo como os exigen esto.
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#149365
esaizmata escribió:Lo del trenzado de aluminio y cable normal al estar en el exterior se hace por aquí, pero se pide una excepción según el REBT artículo 24, previo haberlo comunicado a Industria y Compañia con antelación.
Con respecto a la obligación en "vuestra tierra" de hacer eso, muchas gracias cinco, pero sigo sin verle la lógica, que más dará donde este la C.G.P, si no se provoca perjuicio para la línea de la compañía, siempre que se haga en dominio público. No entiendo como os exigen esto.


Poniendo la CGP en el punto de conexión que te "facilita" la compañía, quedan perfectamente delimitadas ambas propiedades (cliente-compañía), de manera que si ocurriera algún incidente en el tramo posterior a la CGP, la compañía se lava las manos (como casi siempre)

Si que tiene su parte lógica, hay que reconecerselo a la compañía (y que no sirva de precedente)

va doble :brindis :brindis
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#149379
cinco escribió:
esaizmata escribió:Lo del trenzado de aluminio y cable normal al estar en el exterior se hace por aquí, pero se pide una excepción según el REBT artículo 24, previo haberlo comunicado a Industria y Compañia con antelación.
Con respecto a la obligación en "vuestra tierra" de hacer eso, muchas gracias cinco, pero sigo sin verle la lógica, que más dará donde este la C.G.P, si no se provoca perjuicio para la línea de la compañía, siempre que se haga en dominio público. No entiendo como os exigen esto.


Poniendo la CGP en el punto de conexión que te "facilita" la compañía, quedan perfectamente delimitadas ambas propiedades (cliente-compañía), de manera que si ocurriera algún incidente en el tramo posterior a la CGP, la compañía se lava las manos (como casi siempre)

Si que tiene su parte lógica, hay que reconecerselo a la compañía (y que no sirva de precedente)

va doble :brindis :brindis


No hombre me refiero que da igual que la C.G.P este en ese poste o en otro, va a proteger igual, no se si me entiendes.

En cuanto a lo que dice Roverman, no había pensado en eso. Muchas gracias. Esa será la razón. Pero lo que yo quiero decir, es que en mi zona, como al final el que paga es el usuario la línea de C.G.P a contadores(LGA), desde un poste a otro u otros, se llega a un acuerdo con la compañia y se pone la C.G.P o C.P. M en el apoyo final, pagando el cliente. No se si me entiendes y quitas el engorro de lo de la LGA(cable, sist. instalación, caída de tensión,etcs...)

Un saludo.
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#149390
EL problema que veo es que no hay que llegar a acuerdos de ese tipo, porque a poco que nos descuidemos, siempre benefician a la misma, en perjuicio de nuestro cliente. La compañía debe hacer la extensión (< 50 Kw) que le corresponda y punto. Nosotros deberemos instalar la CGP o CPM en el límite de la propiedad lo más próxima a la red de la cía, que es lo único a lo que estamos obligados.

SALUDOS
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#149395
roverman escribió:EL problema que veo es que no hay que llegar a acuerdos de ese tipo, porque a poco que nos descuidemos, siempre benefician a la misma, en perjuicio de nuestro cliente. La compañía debe hacer la extensión (< 50 Kw) que le corresponda y punto. Nosotros deberemos instalar la CGP o CPM en el límite de la propiedad lo más próxima a la red de la cía, que es lo único a lo que estamos obligados.

SALUDOS


¿Y si es en el campo? Ahí la compañía se puede saltar "también" esa obligación ¿no?
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#149539
roverman escribió:EL problema que veo es que no hay que llegar a acuerdos de ese tipo, porque a poco que nos descuidemos, siempre benefician a la misma, en perjuicio de nuestro cliente. La compañía debe hacer la extensión (< 50 Kw) que le corresponda y punto. Nosotros deberemos instalar la CGP o CPM en el límite de la propiedad lo más próxima a la red de la cía, que es lo único a lo que estamos obligados.

SALUDOS



Yo la última vez que comenté si ellos deberían hacer la extensión de red, me respondieron que si el cliente no hacía la canalización, podrían estar años hasta que ellos la hagan, esto en solar urbano.

Un saludo
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#149551
cinco escribió:¿Y si es en el campo? Ahí la compañía se puede saltar "también" esa obligación ¿no?[/


Todo queda regulado en el RD 1955, habría que estudiar cada caso.

Mim escribió:
Yo la última vez que comenté si ellos deberían hacer la extensión de red, me respondieron que si el cliente no hacía la canalización, podrían estar años hasta que ellos la hagan, esto en solar urbano.

Un saludo


Si no recuerdo mal, la empresa esta obligada en tiempo y forma a dar respuesta a las peticiones de suministro, hay plazos. No debieron contestarte eso.


SALUDOS
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#149591
Bueno, el viernes a última hora volví a hablar con Iberdrola para preguntarles el porque no se podría colocar la CGP en el segundo poste, ya habiendo cruzado en aéreo la calzada con cable trenzado. La respuesta que me dieron es que la calzada también es zona de obra (actualmente se están llevando a cabo una reforma en ambos carriles por parte de otra empresa) y que por lo tanto ellos me daban el punto de enganche en el límite de la obra, ya que según ellos el recinto de obra la forman ambas obras, aún siendo completamente independientes y con suministros de obra independientes también.

La solución que me daban era que pusiera otra CGP en el segundo poste para cruzar con cable RZ y cumplir la norma del REBT, a sabiendas de que el límite de ellos acababa en la primra CGP colocada en el primer apoyo de hormigón.

En cualquier caso, mañana a primera hora llamaré a Industria a ver que me cuentan de acuerdo al artículo 24 del REBT que me habeis comentado. :)
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