Instaciones eléctricas de baja, media y alta tensión; cables y accesorios, falsificaciones, métodos y técnicas de energía, data center, medida y control eléctrico
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#152310
Hola amigos,
Sabeis si en los armarios electricos de naves industriales con cadenas de procesado de alimentos etc es necesaria luz de emergencia sobre los cuadros porque dicha condicion solo aparece en los locales de publica concurrencia, y dentro de este tipo de locales el unico grupo en el que se me ocurre que pueda meterlo es en el de locales de trabajo pero no se si es correcto porque los ejemplos que aparecen en el no se parecen en nada

Esta ITC(la 28) tambien considera locales de publica los que tengan una capacidad de ocupacion superior a 100 personas o a locales clasificados como
BD2, BD3, BD4

En los locales con ocupacion superior a 100 personas si podria encajar pero en este caso la duda que me asalta es si los trabajadores se encuentran en las mismas condiciones que los posibles visitantes de un centro comercial o no. En cuanto a los locales BD2, BD3, BD4 no tengo ni idea de a que se refiere.Bueno y eso el todo.

Muchas gracias
Saludos
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#152332
Los locales BD2,3 y 4 están definidos en un UNE 20460, la clasificación hace referencia a la cantidad de ocupantes y la dificultad de evacuación. Ahora mismo no la tengo a mano, por eso.

Además del REBT, el RSIEI y el CTE también hablan de iluminación de emergencia.
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#152547
pues como te ha comentado Goran Pastich aunque en el REBT no haga referencia a eso en el RSCIEI (en tu caso, pero tb el CTE) te lo dice, ademas siempre que se ponga luz encima del cuadro tienes mucho ganado con la OCA que pase la inspección si le toca inspección.
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#152655
Aquí lo tienes. Busca casi mejor por RD 2267 o RD 2267 / 2004

http://www.coitiab.es/reglamentos/incen ... 226704.htm
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#152658
blas escribió:Muchas gracias por vuestras respuestas
Voy a ver si consigo RSCIEI

Saludos


En el foro de contraincendios, en uno de los hilos fijos tienes un enlace para descargarte la guia de apliación del RSCIEI.

Mas en concreto AQUI
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#156695
Hola amigos,solo dos cosas
1. Gracias por vuestros comentarios y vuestros enlaces ya que me ayudasteis a resolver la duda que tenia.
Segun el RSCI contaran con iluminacion de emergencia los locales donde se encuentren cuadros centros de control o mandos de las instalaciones tecnicas (punto 16.2.a)

2. Perdonar por no haber respondido antes

Saludos y gracias otra vez
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