Dudas relativas a la documentación proyectual y dirección facultativa
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#160455
Hola a todos,

Para la renovación de la autorización de funcionamiento de una clínica dental en la que se han detectado un par de máquinas no amparadas por la licencia concedida, nos requiere Sanidad que aportemos proyecto técnico visado y sellado por el colegio profesional correspondiente.

Me han dicho que lo plantee como una Modificación de Licencia.

Mi pregunta es, ¿la normativa que debo aplicar es la actual o la que era vigente en el momento en que se obtuvo la licencia anterior (en el 2005)?

Muchas gracias,

Ana
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#160459
No estoy de acuerdo.
Debería plantearse como una ampliación de licencia, ya que solo instalas dos máquinas nuevas.
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#160466
Como se pasan, que son una central nuclear y un satelite de telecomuncaciones???
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#160482
MAZINGER escribió:solo instalas dos máquinas nuevas.


En realidad se instala una máquina nueva, y una existente se substituye por otra de otra marca.
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#160483
AMMC escribió:Son dos aparatos para hacer radiografías dentales.


Hombre eso, o mucho me equivoco o lo que requiere es notificación a industria, pero crees que le importará mucho al ayuntamiento para la actividad que aumentes esas máquinas...

A mi una vez una "pajara" de sanidad se me quería meter con la ubicación de las BIEs :partiendo :partiendo :partiendo

El mundo esta loco loco...
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#160484
Mirate esto:

Real Decreto 1836/1999, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre instalaciones nucleares y radiactivas.

y el resto de documentación que pueda haber en tu comunidad relacionada con el registro de instalaciones radioactivas.
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#160492
raveri escribió:...pero crees que le importará mucho al ayuntamiento para la actividad que aumentes esas máquinas...


Pues, la verdad es que estoy contigo, y por eso lo estoy consultando en el foro. Porque me parecía muy raro.
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#160497
Bueno, por aquí si que tendría implicación ya que se tramita como un permiso una clínica dental con un sólo aparato de RX, y si tiene más ya pasa a ser licencia ambiental. Por tanto el annexo sería diferente, el régimen de controles también, y en caso de licencia en algunos ayuntamientos debe informar el Consell Comarcal.

Así que sí que creo que deberías mirarte esos aspectos. En caso que se tramitara, en la parte "ampliada" (instalación de esos aparatos" aquí se te exigiría cumplimiento de la normativa actual, dado que sería problema del titular haberlo instalado sin comunicarlo préviamente. Sinó se crean agravios comparativos para quién sí lo hace.

:saludo
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#160501
bubble escribió:Bueno, por aquí si que tendría implicación ya que se tramita como un permiso una clínica dental con un sólo aparato de RX, y si tiene más ya pasa a ser licencia ambiental. Por tanto el annexo sería diferente, el régimen de controles también, y en caso de licencia en algunos ayuntamientos debe informar el Consell Comarcal.

Así que sí que creo que deberías mirarte esos aspectos. En caso que se tramitara, en la parte "ampliada" (instalación de esos aparatos" aquí se te exigiría cumplimiento de la normativa actual, dado que sería problema del titular haberlo instalado sin comunicarlo préviamente. Sinó se crean agravios comparativos para quién sí lo hace.

:saludo


Me parece excesivo, aqui esta actividad esta excluida del procedimiento de evaluación de indicencia ambiental, que viene siendo tu "licencia ambiental".

Ten en cuenta que una aparato de RX dental es "prácticamente" un juguete, no tiene nada que ver con uno de cuerpo entero, además ya está regulado por su normativa correspondeinte y requiere su puesta en funcionamiento como instalacion radioactiva. Esto de las competencias es un rollo...

Además eso de comunicarlo "previamente", j*er estamos metidos de lleno en esto de la "liberalización" y las entidades locales no os enterais de nada, mangoneo, mangoneo y mas mangoneo.
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#160511
raveri escribió:Me parece excesivo, aqui esta actividad esta excluida del procedimiento de evaluación de indicencia ambiental, que viene siendo tu "licencia ambiental".

Ten en cuenta que una aparato de RX dental es "prácticamente" un juguete, no tiene nada que ver con uno de cuerpo entero, además ya está regulado por su normativa correspondeinte y requiere su puesta en funcionamiento como instalacion radioactiva. Esto de las competencias es un rollo...

Además eso de comunicarlo "previamente", j*er estamos metidos de lleno en esto de la "liberalización" y las entidades locales no os enterais de nada, mangoneo, mangoneo y mas mangoneo.


Pues aquí no :nono2 ...y en este caso querido Raveri no es cuestión de las entidades locales, ya que esta fantástica ley ambiental de 1998 fue producto de la Generalitat de Catalunya, que lo lió y complicó todo a más no poder.

Es lo que hay :fumeta

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