- 15 Ago 2009, 19:06
#178188
No he visto nada en el Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios (RD 1942/1993) lo único que he encontrado es:
En todos los casos, tanto el mantenedor como el usuario o titular de la instalación, conservarán constancia documental del cumplimiento del programa de mantenimiento preventivo, indicando, como mínimo: las operaciones efectuadas, el resultado de las verificaciones y pruebas y la sustitución de elementos defectuosos que se hayan realizado. Las anotaciones deberán llevarse al ida y estarán a disposición de los servicios de inspección de la Comunidad Autónoma correspondiente.
En mi caso, la empresa que realiza el mantenimiento de los sistemas contra-incendios sí coloca las pegatinas en los extintores y BIE's, pero no en la Central de detección.
De todas formas, si el cliente va a estar más contento y no te supone esfuerzo ..., creo que se le puede explicar que no es obligatorio pero si va a estar más tanquilo se le coloca la pegatina y se acaba el problema.
No es que esté gordito ... es que tengo los huesos densos
No bailo mal ... soy el precursor del baile abstracto