Propagación interior y exterior, evacuación, instalaciones de protección contra incendios, intervención de bomberos, resistencia al fuego de la estructura
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#181833
Hola compañeros:

Alguien sabría decirme si, según normativa, es obligatorio que el sistema de climatización de un edificio se pare cuando aparece una alarma de incendios o simplemente es una recomendación?. En caso de ser obligatorio, en qué norma lo contempla?.

Gracias
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#181860
Ante una alarma de incendio lo suyo es desconectar electricamente todo aquello que no afecte directamente a la extinción.
PERO por sentido común ¿ por donde se propaga generalmente los incendios? ¿porque se intercalan trampillas corta-fuegos en los conductos de ventilación ?...etc.......
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#181867
Referente al tema.
Se tiene que diferenciar claramente dos puntos:
- Climatización.
- Ventilación.
La primera habrá que cortarla de inmediato.
La segunda dependerá del servicio que esté dando o para el que esté diseñado..
La filosofía del tema es sacar humo pero en ningún caso mover el fuego de donde esté.
De normas para ello tienes las que quieras en el CTE y el RITE.
Tan solo hay que leerlas e interpretarlas.
No se si te habré aportado lo que esperabas.
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#181998
Gracias compañeros. Lo que comentaís que se debe parar el sistema por sentido común es obvio pero no consigo encontrar ninguna normativa que haga referencia a ello. Lo digo porque en algunos proyectos se ha propuesto que se haga este paro y el cliente quiere que se justifique legalmente.
Alguien ha encontrado específicamente esta normativa?.

Gracias.
Saludos
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