Dudas relativas a la documentación proyectual y dirección facultativa
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#185799
Hola a tod@s!!

Estoy preparando un proyecto de legalización de una instalación de fontanería. La instalación ya está ejecutada según el proyecto de ejecución del arquitecto, y ahora hay que presentar el proyecto específico a la Junta para legalizar la instalación y poder contratar el agua.

Me surge la duda de si hace falta estudio de seguridad, ya que a estas alturas no tiene mucho sentido, y además imagino que el arquitecto lo haría para su proyecto completo, de lo contrario no habrían obtenido licencia de obras. Estoy en lo cierto?

Gracias y saludos!!
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#185802
Hola Lasia, yo hago bastantes legalizaciones “post” y siempre lo incluyo, como solo es copia y pegar no cuesta nada y luego no tienes el típico técnico de las OCA que te dice que tienes que ponerlo

Saludos
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#185813
Laisa escribió:¿Y no asuminos así una responsabilidad que no nos corresponde? :ein :ein :ein


Supongo que si, pero en la mayoría de instalaciones, aunque ya estén hechas tendrás que realizar un certificado de final de obra, así que cualquier cosa que pase en la obra tendrás tu responsabilidad correspondiente como director facultativo de la obra.

Que opináis los demás?
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#185842
Laisa escribió:Gracias por tu rápida respuesta. ;)

¿Y no asuminos así una responsabilidad que no nos corresponde? :ein :ein :ein


Yo creo que la responsabilidad la asumes desde el momento en que contratas el proyecto y lo redactas. Cualquier proyecto de obra o instalación, debe llevar su correspondiente E.S.S. o E.B.S.S. Lo que creo que puede pasar si no haces ese estudio es que o el colegio no te lo vise, o que te pongan pegas en la Administración.
Como dice el compañero, no te cuesta nada, es un copy-paste, y así te ahorras problemas en la tramitación. Por contra, si como dices la obra está ejecutada, y no se ha hecho nadie daño en los trabajos de fontanería, no veo donde está tu responsabilidad.

:saludo
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#185919
Sinceramente veo ridiculo incluir el ESS o el PSS tal cual. Yo más bien incluiría un certificado de que la obra se ha realizado de acuerdo al PSS redactado por el autor tal titulación visado (col etc etc) tal etc etc si es que existe procede y esas cosas.....porque puede darse que sea anterior al "actual modelo" de SyS.......

También digo que si te lo pide la Administración correspondiente no hay nada que rascar....

Ya nos contarás

:saludo
por
#185929
blasius27 escribió:Sinceramente veo ridiculo incluir el ESS o el PSS tal cual. Yo más bien incluiría un certificado de que la obra se ha realizado de acuerdo al PSS redactado por el autor tal titulación visado (col etc etc) tal etc etc si es que existe procede y esas cosas.....porque puede darse que sea anterior al "actual modelo" de SyS.......

También digo que si te lo pide la Administración correspondiente no hay nada que rascar....

Ya nos contarás

:saludo


El ESS ó EBSS lo redacta el proyectista ó coordinador de seguridad y salud en fase de proyecto.
El PSS lo redacta el contratista, de acuerdo al ESS y a su metodología.
Otra cosa es que como bien se ha dicho en el mensaje que abre el hilo, el ESS haya sido redactado por el arquitecto, con lo que posiblemente no te lo exijan.
:saludo
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#186048
A mi me parece que no hay otra solución que incluirlo, ya que en la legalización de instalaciones, el proyecto de ejecución de la obra no vale por qué no están lo suficientemente detallados (no todos, pero la mayoría) y hay que redactar un proyecto especifico para cada tipo de instalación y este debe incluir su ESS

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