Bekenise escribió:Pues si viene de tan arriba como dices, enséñale en una mano el R.E.B.T. y en la otra el pressupuesto de hacer un recubrimiento EI120 de las derivaciones. Primero que te demuestre si es obligatorio dicho recubrimiento y después que vea la diferencia de precio.
¿Tú crees que alguien de "arriba" le importa lo que cueste algo?
¿Te atreves a decirle "Es que esto no lo hemos hecho porque es muy caro"?.
Pues tienes más fé que Antoñete. A los de "arriba", se la trae al pairo el precio de las cosas. Pero totalmente. Ellos quieren que tú justifiques reglamento y punto.
De todas formas,
en lo primero estoy completamente de acuerdo contigo: que demuestre si es obligatorio que las derivaciones en recorridos horizontales vayan independientes y demás, porque el Reglamento, ya lo leas 1000 veces no dice nada al respecto. Es más, de la misma forma que en la ITC 15, en el punto 2 cita específicamente los recorridos verticales, citaría de la misma forma, indicaciones para los horizontales.