Aplicar CTE o RSCIEI a almacén de revistas (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Propagación interior y exterior, evacuación, instalaciones de protección contra incendios, intervención de bomberos, resistencia al fuego de la estructura
por
#189963
Hola estoy haciendo un proyecto de actividad y para la sección de contraincendios me surge la duda de si el uso de la nave es de tipo industrial o no. Lo digo para usar CTE o bien RSCIEI. En teoría no parece un actividad industrial no creeis?
por
#189965
el uso ya lo puse en el título pero es almacén de revistas en un solo sector de incendio y sin personal permanente.
por
#189969
alguien sabe la qv de revistas de las que tiene el papel brillante? lo digo porque en el RSCIEI indica las qv de diferentes tipos de papel y los valores son muy distintos, desde 1.100 MJ/m3 hasta 10.000 MJ/m3......y claro para saber si es de uso industrial o no por lo visto hay que ver la carga de fuego total (ponderada y corregida) supera los 3.000.000 MJ. Según he averiguado de esto depende el tener que usar CTE o RSCIEI.
Avatar de Usuario
por
#189970
Si las revistas son "Técnica industrial" "Era Solar" o "Robótica en procesos", el uso de las revistas será industrial

:partiendo2 :partiendo2 :partiendo2 :partiendo2 :partiendo2 :partiendo2 :partiendo :partiendo :partiendo :partiendo :partiendo

Perdón por el chiste, pero es que estaba a huevo.
Avatar de Usuario
por
#189975
Si te fijas en el ambito de aplicacion del RSCIE veras que por una parte van las actividades industriales y por otras los almacenes.

Artículo 2. Ámbito de aplicación.
1. El ámbito de aplicación de este reglamento son los establecimientos
industriales. Se entenderán como tales:

a) Las industrias, tal como se definen en el artículo 3.1 de la Ley 21/1992,
de 16 de julio, de Industria.
La definición de industria en dicho artículo es la siguiente:
Se consideran industrias, a los efectos de la presente Ley, las actividades
dirigidas a la obtención, reparación, mantenimiento, transformación o
reutilización de productos industriales, el envasado y embalaje, así como
el aprovechamiento, recuperación y eliminación de residuos o
subproductos, cualquiera que sea la naturaleza de los recursos y procesos
técnicos utilizados.

b) Los almacenamientos industriales.
Se define como almacenamiento industrial a cualquier recinto, cubierto o
no, que de forma fija o temporal, se dedique exclusivamente a albergar
productos de cualquier tipo.
También será de aplicación este reglamento a aquellos almacenamientos
que estén situados dentro de otro uso, no industrial, con una Carga de
Fuego igual o superior a tres millones de MJ (720.000 Mcal),


Ergo si tienes un recinto dedicado exclusivamente al almacenamiento no hay duda que RSCIE
Avatar de Usuario
por
#189977
Dependiendo del técnico del aytto, podría considerar no industrial. ¿Cuál es el destino de las revistas? ¿Es al por mayor? ¿Almacén interindustrial? Si es al por mayor o interindustrial, no hay duda siempre RSIEI.
por
#190086
gracias b0ikot y fsi.
No entiendo lo de interindustrial? que está ubicada dentro de un poligono industrial tal vez?

A ver te explico la finalidad exacta. Es una empresa de publicidad que diseña un revista local pequeña con papel brillante tipo las de la prensa rosa (en la tabla 1.2 del RSCIEI no se si cojer papel barnizado....) y la nave industrial la quiere solo para almacenar las revistas, nada de maquinas ni oficinas.
:P
Avatar de Usuario
por
#190156
Interindustrial, es un almacenamiento de mercancias que salen de una industria para dirigirse a otra industria. Si quieres: almacén de productos intermedios.

Yo creo que tu almacenamiento sí es industrial, puesto que es una nave que utiliza una industria (fabricación de revistas, editorial o imprenta) para almacenar mercancia.
Avatar de Usuario
por
#190182
¿Qué diferencia hay (en cuanto a la prevención de incendios) un almacén en una nave industrial donde yo, un particular, compre muebles a diferentes fábricas y los vaya juntando; a otro almacén en otra nave industrial de una empresa que fabrique muebles?

Si se lee la guía dice que almacén industrial es cualquier recinto utilizado para albergar productos, no hace ninguna distinción de estar asociado a una industria o no.

Yo sigo pensando que es un almacén industrial, pero no lo asocio a que sea porque lo utilice una industria.
Avatar de Usuario
por
#190189
Entiendo que la diferencia está en que haya o no público. Si lo hubiese, sería uso comercial y entraría en DB-SI; si sólo es almacén, es un uso industria y entra en RSCIEI.
por
#190196
y cual es más restrictivo en cuanto a medidas de proteccion contraincendios, el DBSI o el RSCIEI?

El DBSI si tomamos el "caso en general" solo exigiría para esta nave pequeña extintores y BIES si hay zona de riesgo alto. En el caso que he expuesto por lo visto el volumen de mercancia será inferior a 200m3 y por tanto es de riesgo bajo. Consecuentemente solo se precisan extintores, cosa que ya hay actualmente.

Ahora tengo que averiguar que dice el RSCIEI al respecto, pero siguiendo vuestros consejos habría que optar por éste reglamento, aunque sea más restrictivo y por tanto haya que gastar dinero en medios de protección adicionales....cosa que el cliente, como es lógico no quiere ni oir hablar!!! :nono Es lo que pasa en éste pais que es más importante el dinerito que la seguridad :cabezazo
Avatar de Usuario
por
#190199
Un caso de aplicación del CTE sería el que apunta el maestro berobreo y otro que no fuera industrial y la carga de fuego fuera inferior a 3 x 10^6 MJ.

El hecho de que una actividad se desarrolle en una "nave industrial" no significa que el uso, y por lo tanto el reglamento de aplicación, sea industrial. Hasta hace bien poco (y hay un hilo sobre ello) yo asimilaba cualquier actividad desarrollada en una "nave industrial" al RSIEI, por indicación del jefe de industria de mi provincia. Pero después de seguir el consejo de algún amigo forero :comunidad y de hablar con el tecnico del ayuntamiento, si el uso no es industrial se aplica el CTE, a no ser que este te derive al RSIEI.

Por otro lado, Miguel_, el CTE también obliga a la protección pasiva, y casi igual de exigente que el RSIEI o más.
Avatar de Usuario
por
por
#190249
Antonio Alé escribió:Dejo por aquí una respuesta dada a un caso similar viewtopic.php?f=8&t=23233&p=1015#p1015


Gracias ;)

Ok, yo es que pensaba que era mucho más exigente el RSCIEI, madre mia cuanta normativa hay para todo!!!
Palabras clave
Temas similares

Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 3 invitados

Permisos de mensaje

No puede abrir nuevos temas en este Foro
No puede responder a temas en este Foro
No puede editar sus mensajes en este Foro
No puede borrar sus mensajes en este Foro
No puede enviar adjuntos en este Foro