Calidad y evaluación ambiental, costas, desarrollo rural, y trámites o procedimientos similares al respecto
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#1995
Quisiera saber si la actividad de Caseta de Feria está incluido en el epigrafe 8 de la Ley 7/1994 del 18 de Mayo o está en otro. :(
Gracias
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#1997
Supongo que te refieres al epígrafe 8 del Anexo III. En mi opinión no es encuadrable en el mismo.
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#2001
Gracias Antonio por responderme, en cuanto a tu respuesta eso mismo me lo figuraba yo, pero donde podría encuadrarse dicha actividad, así mismo si la aplicación de la normativa de los ruidos es de obligado cumplimiento para este tipo de casos. (Aunque imagino que no, pero quisiera saber si hay algo que lo indique).
Gracias
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#2004
En primer lugar, si la actividad es temporal (como da la impresión), asegúrate del procedimiento y contenido del proyecto técnico que debas realizar. Es más, asegúrate de que para una actividad temporal sea necesario proyecto.
Por otro lado, si no hay ningún epígrafe del Anexo III que mencione las casetas ni se asimile a la misma, pues nada, no hay calificación ambiental. En cuanto al tema del ruido, la justificación estará supeditada al primer párrafo que mencioné.
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#2041
En principio estoy de acuerdo que este tipo de instalaciones no tengan ningún tipo de calificación ambiental, ya que no aparece en ningún tipo de epigrafe de la Sección III de la Ley 7/1994 sobre Proteccion Ambiental.
Tambíen veo que según el REBT en el cuadro sobre instalaciones que necesitan proyecto, en el apartado d) para potencias mayores de 50 kw es necesario el proyecto. Claro al aplicar la CTE en lugares de pública concurrencia sería de aplicación todos los requisitos que exige la misma, incluido la normativa de ruidos (¿o no?). Esa es mi pregunta.
Un saludo a todos.
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#2045
No hace falta que sigais buscando respuesta, mirando la ordenanza de proteccion del medio ambiente en materia de ruidos. Nos dice el Articulo 48 en su apartado 3 nos dice que podran eximirse temporalmente del cumplimiento de los niveles que se indican en el Anexo I de dicha Ordenanza.
Gracias a todos. :brindis
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#2052
Pufffff, pues mira la que se ha liado en Tenerife con lo del ruido de los carnavales....Un juez los ha prohibido en la calle porque superar el nivel permitido según alguna Ley de las chulas que tenemos en España.... :amo
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