ALDI escribió:Lo que necesito saber es:
1º Los residuos toxicos y peligrosos solo se pueden almacenar durante un periodo maximo de 6 meses a escepción de las autorizaciones especiales.
2º Creo que los hidrocarburos son sustancias toxicas y peligrosas, No?
3º Los residuos de las aguas hidrocarburadas que quedan en los separadores de hidrocaburos, ¿como se clasifican?
4º Si son residuos toxicos y peligrosos, ¿En este caso cada cuanto tiempo hay obligación de retirarlos?
Lo que esplicaba antes es que creo que no es necesario retirarlos igualmente que los almacenamientos tipicos, es decir cada 6 meses, si no cuando los separadores de hidrocarburos esten llenos, que para eso se dimensionan. Como dic el compañero el agua pasa por el separador pero el hidrocarburo residual se queda y se va acumulando.
Pero como no estoy seguro y la normativa no es clara en este respecto necesito a alguien que me oriente y que tenga esperiencia en este asunto. Creo que lo que espongo es logico. Cuesta un paston cada vez que va la empresa a retirar los residuos acumulados en la separadora de hidrocarburos y la crisis no esta para derroches.
Esto es para Andalucia.
Lo siento pero te puedo ayudar. Insisto, mira de ponerte en contacto con el organismos de tu comunidad que controle los residuos industriales. Ellos, seguro, te podrán orientar.
Suerte!!!