Dudas relativas a la documentación proyectual y dirección facultativa
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#202913
Hola, Os expongo mi situación:
Trabajo para la administración pública, contratado por una empresa pública que es S.A., Me han encargado la redacción de proyectos de regadío con aguas regeneradas, que incluyen construcción de balsas (80.000 m3), nave (600 m2) para estaciones de bombeo etc... Quieren que firme como autor, pero alegando que somos administración pretenden que el proyecto no se vise :ein . Al preguntarles por la cobertura de RC me responden que: Tranquilo, la administración lo asume.
Mi opinión es que la administración unicamente asume la RC si quien firma es un funcionario, pero mucho me temo que si uno es laboral no :nono2

¿Alguien mas se encuentra en una situación similar?
¿Les digo que el proyecto lo firme un funcionario?
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#202930
La administracion tiene oficina de visado.......existen empresas publicas que hacen proyectos sin visar para la administracion....lo que es raro es que lo liciten o lo saquen y no se vise.........
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#203138
Amén de todo lo que se pueda ir comentando recordar que con la ley Omnibus el tema de los visados hay que mirarlo con lupa :mira
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#203147
Buenos días, según la Ley de contratos con la administración pública, cualquier proyecto que sea promovido por la administración, tiene dos opciones, visado por el colegio profesional del técnico redactor (aunque sea funcionario) o bien informe de supervisión por parte de oficina técnica de la administración.

Es decir, si tú siendo funcionario firmas un proyecto, otro técnico de la administración debe emitir un informe de supervisión que sustituya al visado de tu colegio profesional. Saludos.
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#203154
BECERRO escribió:Buenos días, según la Ley de contratos con la administración pública, cualquier proyecto que sea promovido por la administración, tiene dos opciones, visado por el colegio profesional del técnico redactor (aunque sea funcionario) o bien informe de supervisión por parte de oficina técnica de la administración.


Sastamente. Y además de la aceptación técnica tiene que asegurarse que es competente para firmarlo.

Como el colegio :partiendo2 :partiendo2 :partiendo2 :partiendo2
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#203155
JORDIM escribió:Sastamente. Y además de la aceptación técnica tiene que asegurarse que es competente para firmarlo.

Como el colegio :partiendo2 :partiendo2 :partiendo2 :partiendo2


Es que siempre estamos igual ehhhhhh JordiM!!!! :partiendo2 :partiendo2 :partiendo2
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#203159
bubble escribió:Es que siempre estamos igual ehhhhhh JordiM!!!! :partiendo2 :partiendo2 :partiendo2


:shock: :ein :ein :ein No lo entiendo, yo solo he nombrado la palabra "colegio" en 287 de mis 3968 post (7.2 % del total).

No es justo :( :( :( :( :(

Edito: :lol: :lol: :lol: :lol:
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#203327
BECERRO escribió:Buenos días, según la Ley de contratos con la administración pública, cualquier proyecto que sea promovido por la administración, tiene dos opciones, visado por el colegio profesional del técnico redactor (aunque sea funcionario) o bien informe de supervisión por parte de oficina técnica de la administración.

Es decir, si tú siendo funcionario firmas un proyecto, otro técnico de la administración debe emitir un informe de supervisión que sustituya al visado de tu colegio profesional. Saludos.

Si el redactor es funcionario no me cabe duda de que con un informe de la oficina de supervisión basta. Mi duda es si el autor del proyecto es un laboral de una empresa pública, como pueda ser TragSA,
Un saludo.
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#203329
Creo que también es válido, aunque no sea de la administración (funcionario o personal laboral), no obstante, ahora no recuerdo el artículo de la Ley de contratos, échale un vistazo, porque la verdad, ahora mismo no estoy seguro.

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