Seguridad en el Trabajo, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología
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#205658
Buenos días a todos,

Tengo una cuestión, no se hasta que punto rebuscada. Estoy trabajando en un proyecto en el cual hay que utilizar un túnel como paso de los vehículos de obra. El túnel no está abierto al tráfico, es decir, es un túnel creado exclusivamente (en principio) para la realización de la obra.

No me ocupo de la fase de obra, sino de la fase de explotación. Necesito saber que normativa aplicar. En principio, toda la relacionada con seguridad y salud, al tratarse de una obra de construcción (repito, donde yo entro, el túnel ya está construido).

La normativa a nivel nacional/europeo de túneles no aplica, al no estar abierto al tráfico (rd 635/2006).

La de actividades mineras (rd 863/1985 y 1389/1997) tampoco, ya que no se realiza ninguna actividad minera, solamente hay un "flujo de camiones".

Resumiendo...a parte de la normativa de seguridad y salud ¿alguien sabría decirme de algo más que aplique aquí?

Un saludo a todos y muchas gracias
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