- 08 Feb 2010, 13:33
#206112
La técnico me ha dicho que en proyecto no hace falta que demuestre nada, si no que especifique según el Reglamento cúal es la estabilidad a alcanzar por los elementos. Que una vez que firme la D.O. de la instalación contraincendios, me tendré que asegurar que los elementos la han alcanzado.
Bueno, con respecto a la estabilidad que deben alcanzar los elementos, os comento mi otra duda:
Tengo una pared medianera que contiene pilares. Tengo otra pared, situada enfrente, que al estar la nave de esquina, es una fachada. Después está la fachada. Y finalmente una pared que da para un patio.
¿Los pilares situados en la medianería deben tener REI 180? Según me pone en los defectos encontrados por la técnico municipal: los pilares de la medianera, si soportan las placas de hormigón, deberán tener la misma resistencia al fuego establecida para la medianera, y según el punto 5.2 del Anexo II, la medianera para riesgo medio, debe ser 180 minutos.
Después, los pilares situados en las dos fachadas, deben tener R 120, según la tabla 2.2.
Y finalmente está la estructura principal y secundaria de cubierta, que debe ser R30, según el apartado 4.2.5.
Os agradezco todas las respuestas. No soy un entendido en esto de contraincendios. Muchas gracias.
La mejor fuente de información son las personas que han prometido no contárselo a otros (Macerl Mart)