Tipo de almacenamiento para licencia de actividad (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Trámites ante la Administración, empresas suministradoras, etc.
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#210440
Como ya puse en otro post estoy detrás de hacer mi primera licancia de actividad.
La actividad que se desarrola en la nave es almacén de moda y complementos.
Sinembargo, la nave es alquilada y el propietario de la nave quiere sacar la licencia de actvidad a su nombre pues el inquilino le obliga acorrer con los gastos de la misma si quiere que siga de inquilino.El propietario está dispuesto a correr con los gastos pero para no echarlo en saco roto quiere sacar la licencia a su nombre para alquilarla a éste u otro inquilino si éste se fuera.

El tema es que hay que definir una actividad para la que solicitar la licencia y he pensado que si la solicitamos para almacén de moda y comlementos sólo podrá alquilarlo para almacenaje de este tipo de artículos.

¿Cómo lo haríais vosotros para que el "mercado" fuera lo más amplio posible?
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#210692
Es una situación extraña. La tramitación y las responsabilidades de una actividad corresponden a su titular, que es el inquilino. Por tanto, nada bueno puede venir de desarrollar una actividad con otro titular.

Yo, si fuera el propietario, negociaría con aportar otras cosas, como mejoras en el local, y me olvidaría de la licencia.
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#210701
Kirium escribió:Es una situación extraña. La tramitación y las responsabilidades de una actividad corresponden a su titular, que es el inquilino. Por tanto, nada bueno puede venir de desarrollar una actividad con otro titular.

Yo, si fuera el propietario, negociaría con aportar otras cosas, como mejoras en el local, y me olvidaría de la licencia.

Yo no lo veo así. :roll:
Entiendo la necesidad de un titular de un establecimiento pequeño de controlar la actividad que se desarrolle. :yep
Quizás sea porque me ha tocado de lleno una situación relacionada, pero desde luego, a mí no me parece desabellado.

Ejemplo (real, como la vida misma):
- Actividad de bar a nombre del inquilino alquilado. El propietario se limita a cobrar el alquiler.

- Un mes, el inquilino deja de pagar. Y no lo hace durante los siguientes meses.

- El propietario plantea la posibilidad de echar al inquilino y poner el bar a su nombre.

- La licencia está a nombre del inquilino, y éste no quiere firmar la cesión :espabilao , con lo que el propietario no puede hacer nada; eso sí, sigue sin cobrar. :doh

- Se negocia la cesión de la licencia (cambio de titularidad), a cambio de condonar la deuda, de miles de euros.

Desde entonces, el propietario tiene la licencia a su nombre, y se limita a firmar contratos de cesión de explotación con los diferentes inquilinos que entran a llevar el bar.
Y el que no paga, a la puta calle. Pero ya no le chantajean con la licencia. :mira

En fin, no sé si es la mejor manera de llevarlo, o si se podría hacer con todas las actividades, pero desde luego en este caso, yo lo encuentro de lo más razonable. Y más con los tiempos que corren.
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#210709
¿Y en ese caso no se podía haber hecho un desahucio por impago del alquiler? Igual que si fuera un piso, vamos...
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#210803
Yo me he topado con varios casos parecidos. En mi opinión es una solución bastante interesante. Hay propietarios de locales que lo quieren alquilar con licencia, sobre todo ocurre en AARR. No hay nada que lo prohiba, uno tiene la licencia y la responsabilidad y el otro la explota. Efectivamente también es una manera de "controlar" al inquilino.

PD: Siempre me he preguntado por qué las licencias no se conceden sobre un local, independientemente del propietario, titular y demás.
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#210804
Supomgo que necesitas a una persona que sea el responsable de la actividad...
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#210807
Goran Pastich escribió:Supomgo que necesitas a una persona que sea el responsable de la actividad...


Claro, el titular siempre es el responsable. La semana pasada hable con un tecnco de aytto para un caso como este, era un bar. El tecnico me dijo que no le gustaba que la licencia estuviera a nombre distinto del que la explota. Me dijo que presentaramos un documento firmado por el propitario del local y la licencia en que firmara haciéndose responsable de lo que ocurriera, como si no fuera suficiente con la licencia. :cabezazo
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#210854
Lo del titular de la licancia lo consultaré con el técnico municipal a ver qué me dice pero si se pudiera hacer ¿para qué actividad pediríais la licencia?
¿Hay algún tipo de actividad que pudiera englobar el uso del local como almacén sin ceñirnos a un tipo concreto de mercancía?
En este sentido, ¿cómo lo haráis?
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#210860
Lo veo complicado.

Por un lado puedes darlo de alta como almacén con riesgo máximo, con todas sus instalaciones, y supongo que te dejarían meter casi cualquier cosa. No sé si es viable, pero encarecería demasiado la instalación.

Por otro lado, en una ocasión hice los proyectos para un almacén de una empresa de transportes. Cuando pregunté por las mercancias que iban a almacenar me dijeron que en principio cerámica, pero que también almacenarían otras sustancias "similares". Hablando con el técnico del aytto, me dijo que lo diera de alta como almacén de productos cerámicos y otros productos CON UN INDICE DE COMBUSTIBILIDAD SIMILAR.

No sé si te sirve de algo, pero así ocurrió y así se hizo.
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#210868
Muchas gracias por vuestra ayuda.Consultaré con el técnico municipal tanto el tema de la titularidad como la actividad de la licencia.Ya os contaré que me cuentan.

Una pregunta tonta....este es mi segundo proyecto....en el otro traté con el técnico municipal vía teléfono pero en este caso (ayuntamientos distintos) llevo toda la mañana llamando y siempre comunica...vosotros que tneis más experiencia en el trato con los ayuntamientos...¿Es más recomendable pedir una cita con el técnico y acercarse a verle?
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#210870
Yo también veo la cosa extraña, y que nadie me malinterprete. Lo de la licencia de actividad se expide [b]siempre[b] a la persona física o jurídica que va a realizar la actividad, y además debe coincidir con quien ha dado de alta la actividad económica (impuesto de actividades económicas, aunque el importe sea cero), esto independientemente que la administración (ayuntamiento y hacienda) no crucen datos. Es mas para temas de seguros también se requiere que tengas licencia de actividad al mismo nombre que el asegurado, ojo esto siempre que pase algo, por que para hacerte el seguro no te piden eso, pero si ocurre algo "mas o menos grave" si te piden licencias y documentos varios.

Estos temas no son nada "fáciles" y caben muchas interpretaciones e incluso algunos técnicos municipales no lo tienen muy claro, aunque otros si que lo aplican así.

Como poder sacar la licencia a otro nombre del que ejerce la actividad si que vas a poder, nadie te va a verificar que el que ejerce la actividad es el mismo que quien tiene expedida la licencia, pero señores, esto es una situación poco menos que ilegal.
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#210874
manuoe escribió:....en el otro traté con el técnico municipal vía teléfono pero en este caso (ayuntamientos distintos) llevo toda la mañana llamando y siempre comunica...


:partiendo :partiendo :partiendo :partiendo :partiendo :partiendo

típico: teléfono descolgado para que no les molesten mientras miran páginas porno en la red, o no están... nunca :cabezazo .

:partiendo :partiendo :partiendo :partiendo :partiendo :partiendo

Vé acostumbrándote, en ocasiones tardo hasta un mes en localizarlos por teléfono. Sí, sí, ya sé que tienen su horarios que ellos mismos no respetan, pero también sé que si uno está prestando un servicio público y está sin hacer nada, lo que prevalece es el interés público, que para eso le pagamos. (Habrían otros 1000 en España que harían su trabajo igual de bien, o mejor, y sí atenderían todas las llamadas).

manuoe escribió:vosotros que tneis más experiencia en el trato con los ayuntamientos...¿Es más recomendable pedir una cita con el técnico y acercarse a verle?


Es mejor pedir cita, claro, en persona siempre queda todo más claro. Yo no suelo ir de visita, aunque en este caso, sí que iría, la cuestión es lo suficientemente peliaguda como para que no nos entendamos por teléfono.
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#210876
DAR escribió:Como poder sacar la licencia a otro nombre del que ejerce o explota la actividad si que vas a poder, nadie te va a verificar que el que ejerce o explota la actividad es el mismo que quien tiene expedida la licencia, pero señores, esto es una situación poco menos que ilegal.


¿Podrías decirnos en base a qué ley la situación es ilegal? Me interesa saberlo.
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#210880
fsi escribió:
DAR escribió:Como poder sacar la licencia a otro nombre del que ejerce o explota la actividad si que vas a poder, nadie te va a verificar que el que ejerce o explota la actividad es el mismo que quien tiene expedida la licencia, pero señores, esto es una situación poco menos que ilegal.


¿Podrías decirnos en base a qué ley la situación es ilegal? Me interesa saberlo.



Hola fsi, pues la verdad es que no tengo base jurídica para indicarlo, pero una vez un técnico municipal me dijo directamente que la licencia de actividad tiene siempre que se expedida a nombre del que ejerce la actividad, y si en algún momento la va a ejercer otro tienes que hacer un cambio de titularidad.

Voy a intentar informarme mejor de si hay una base jurídica concreta, pero el departamento jurídico de un ayuntamiento nos indicó que eso no se puede hacer (era una actividad sujeta al RAMINP, que no es el caso).

De todas formas suena raro, un señor ejerce una actividad y la licencia viene a nombre de otro, pues hombre..., no se..., pero por otra parte no es lógico.
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#210882
fsi escribió:¿Podrías decirnos en base a qué ley la situación es ilegal? Me interesa saberlo.

Pues sí, a mí también me interesa saberlo. Más que nada, para avisar a mi amiguete, si hay algún problema. :alarma

De hecho, esta situación se planteó a los técnicos municipales, y no hubo ningún problema al respecto. Se entiende que es para proteger los derechos del titular, ante un caso como el que cité anteriormente.

La cuestión es disponer de ese contrato que vincula al inquilino con el titular, cediéndole los derechos de explotación. Y el contrato de alquiler, claro. :mira
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