Dudas relativas a la documentación proyectual y dirección facultativa
por
#214215
si para emitir tu dictamen consideras que necesitas ver el vehiculo no tienes ningun problema, basta que te informes de donde esta y te presentes alli con tu credencial, y si el del desguace te lo impide llamas a la guardia civil ya veras que pronto se le quita la tonteria.

Respecto a meter nuevas pruebas, (si es lo que entiendo), una vez cerrado el dictamen de las partes el juez indica la apertura de juicio oral, ahi ya no dice nadie ni pio, ningun perito puede añadir nada mas, y si alguno quiere modificar o añadir tiene que solicitarlo al juez, que si ya ha comunicado apertura de juicio oral...mucho me temo que no las va a admitir.
por
#214267
Es un juicio ordinario.

pero creo que localicé unos artículos de la LEC que más o menos vienen a decir que las partes no pueden añadir nuevos documentos una vez se ha hecho la audiencia previa al juicio.
Como siempre, no se dónde los apunté. Me suenan el 158 y el 486, pero no estoy seguro.

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