Periodo de validez de un certificado de instalacion de BT (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Trámites ante la Administración, empresas suministradoras, etc.
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#221095
Pues eso, juraria que lo he leido en algun sitio y creo que son ¿20 años?...... No estoy seguro, cuanto es el tiempo maximo de validez para contratar desde que se emite (y se pasa por industria) con un certificado de inst. elect. de BT.

Saludos
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#222520
Hola,

Los certificado de instalaciones no caducan, o sea, que valen para siempre.

No obstante, las distribuidoras pueden pedirte un nuevo certificado para modificar la contratación, si el existente tiene mas de 20 años, según el Art 83.5 del RD 1955/2000.

Saludos
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#222826
Gracias por contestar Conchita, es lo que sabia (suponia) pero el otro dia discutia con un instalador que decia que en Sevillana le habian dicho que solo 6 meses :ein
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#222861
CHARLIE escribió:Gracias por contestar Conchita, es lo que sabia (suponia) pero el otro dia discutia con un instalador que decia que en Sevillana le habian dicho que solo 6 meses :ein

Las palabras se las lleva el viento y las quema la electricidad.

Que te lo notifiquen por escrito por que eso de "le han dicho" o " me han dicho" :mira
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#222879
Mineros, la última, bueno, será la penultima, seguro..... es que no solo eso, sino que ahora dice el tio (todo esto a través del pobre cliente) que le han dicho en industria que mi certificado de dirección de obra estaba caducado. :ein :cabezazo :cabezazo :cabezazo
Por no reirme del asunto, le dije al cliente que el instalador pidiera en industria un requerimiento por escrito de lo que me estaba contando.
Por supuesto, va y al cabo de los dias, dice que industria no le quiere dar nada por escrito :partiendo :partiendo :partiendo
Vamos, que no hay quien se trague las mentiras de ese hombre, habrá perdido la mitad de los papeles o yo que sé la que estará liando para un libex de 1 dia.

Al final, se le da por inutil total y para sacar al cliente del apuro, me tocará ir a mi a tramitarle el boletin (que cuando lo vea, no me extrañará que esté mal rellenado) :cabezazo
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#223338
Rectifico y sigo sin dar crédito, tenia razón el instalador, :shock: porque hoy me he tenido que desplazar hasta industria (de Málaga, por cierto) donde me han dicho que debo cambiar la fecha del certificado de dirección de obra, ya que el instalador ha firmado el boletín dos años mas tarde (vayan a saber por qué).

El caso es que dicen que la obra la consideran en curso hasta que firma el instalador el certificado, y que luego el tecnico ha de firmar la suya. :cabezazo :cabezazo :cabezazo :cabezazo :cabezazo :cabezazo :cabezazo

No me querian dar nada por escrito porque "el programa no le dejaba" y he tardado una hora para "obligarles" a que me lo redactaran a mano. Por supuesto sin fundamento en norma alguna, pero haciendo valer lo que les da la gana en su "feudo", que pa eso ellos lo interpretan asi.

Yo no soy de Málaga, pero compadezco a los compañeros de alli ya que se ve que si el instalador por lo que sea no emite el boletin, no puede el tecnico firmar el final de obra. Supongo que tampoco cobrarlo y además si que seria responsable de la misma en materia de seguridad por ejemplo, el tiempo que al instalador le de la gana.... y si como en mi caso es mas de 2 años mas tarde, pues...

Estoy totalmente INDIGNADO.
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#223345
:shock:
Si el instalador para presentar el boletín en industria tiene que llevar copia de proyecto y de dirección de obra, ¿Como vas a firmar la DO más tarde que él?
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#226057
Bueno el orden lógico es que se vayan firmando los certificados de los instaladores conforme vayan terminando su instalación y el final de obra tendrá fecha posterior o igual , ya que se firma cuando la instalación ha concluido.

El error está en la fecha del certificado del instalador, ya que se supone que él terminó la instalación antes de que tú firmaras el final de obra.

Si lo firma dos años más tarde es como si lo hubiera hecho sin proyecto.

Lo de la caducidad no lo veo, otra cosa es que haya un periodo de tiempo para legalizar las instalaciones pero no se..........

Saludos
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#279334
Tengu una consulta sobre el tema de certificado de instalacion pero antes deciros que sobre la firma del instalador mirar lo que dice en la ITC BT 04 punto 5.5 :

"5.5. Antes de la puesta en servicio de las instalaciones, la empresa instaladora deberá presentar ante el Órgano competente de la Comunidad Autónoma, al objeto de su inscripción en el correspondiente registro, el Certificado de Instalación con su correspondiente anexo de información al usuario, por quintuplicado, al que se acompañará, según el caso, el Proyecto o la Memoria Técnica de Diseño, así como el certificado de Dirección de Obra firmado por el correspondiente técnico titulado competente, y el certificado de inspección inicial del Organismo de Control, si procede.

El Órgano competente de la Comunidad Autónoma deberá diligenciar las copias del Certificado de Instalación y, en su caso, del certificado de inspección inicial, devolviendo cuatro a la empresa instaladora, dos para sí y las otras dos para la propiedad, a fin de que ésta pueda, a su vez, quedarse con una copia y entregar la otra a la Compañía eléctrica, requisito sin el cual ésta no podrá suministrar energía a la instalación, salvo lo indicado en el Artículo 18.3 del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión."

:pausa
Ahora expongo lo siguiente para lanzar mi pregunta:

Segun advertis antes el RD 1955/2000 indica en su art. 83.5 :
"5. No obstante lo anterior, para las modificaciones de contratos en baja tensión cuya antigüedad sea superior a veinte años, las empresas distribuidoras deberán proceder a la verificación de las instalaciones, autorizándose a cobrar, en este caso, los derechos de verificación vigentes. Si efectuada dicha verificación se comprobase que las instalaciones no cumplen las condiciones técnicas y de seguridad reglamentarias, la empresa distribuidora deberá exigir la adaptación de las instalaciones y la presentación del correspondiente boletín del instalador." :mira

Y el REBT dice en el articulado (Art nº2) y en la ITC 04 que requeriran proyecto las instalaciones con modificaciones de importancia y se definen que son estas. (no transcribo mas normativa por razones obvias) :mira

Concluyendo, mi pregunta es: Si yo tengo una instalacion de 30 KW, instalacion tipo L, con mas de 20 años, sin modificaciones de ningun tipo y necesito un Certificado de instalacion nuevo por cambio de titular, yo entiendo que no tengo por que hacer proyecto, ya que tan solo voy a hacer un cambio de titularidad ¿NO?
¿Es así? ¿Alguien me puede aclarar?


Que necesito entonces para tramitar elcambio de titular y el nuevo Certificado de instalación?.

Gracias, espero que hayais regresado de vacaciones, pero que lo hayais pasado muy bien, jeje. :yahoo

:hi2
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#280012
Maquinando escribió:Tengu una consulta sobre el tema de certificado de instalacion pero antes deciros que sobre la firma del instalador mirar lo que dice en la ITC BT 04 punto 5.5 :

"5.5. Antes de la puesta en servicio de las instalaciones, la empresa instaladora deberá presentar ante el Órgano competente de la Comunidad Autónoma, al objeto de su inscripción en el correspondiente registro, el Certificado de Instalación con su correspondiente anexo de información al usuario, por quintuplicado, al que se acompañará, según el caso, el Proyecto o la Memoria Técnica de Diseño, así como el certificado de Dirección de Obra firmado por el correspondiente técnico titulado competente, y el certificado de inspección inicial del Organismo de Control, si procede.

El Órgano competente de la Comunidad Autónoma deberá diligenciar las copias del Certificado de Instalación y, en su caso, del certificado de inspección inicial, devolviendo cuatro a la empresa instaladora, dos para sí y las otras dos para la propiedad, a fin de que ésta pueda, a su vez, quedarse con una copia y entregar la otra a la Compañía eléctrica, requisito sin el cual ésta no podrá suministrar energía a la instalación, salvo lo indicado en el Artículo 18.3 del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión."

:pausa
Ahora expongo lo siguiente para lanzar mi pregunta:

Segun advertis antes el RD 1955/2000 indica en su art. 83.5 :
"5. No obstante lo anterior, para las modificaciones de contratos en baja tensión cuya antigüedad sea superior a veinte años, las empresas distribuidoras deberán proceder a la verificación de las instalaciones, autorizándose a cobrar, en este caso, los derechos de verificación vigentes. Si efectuada dicha verificación se comprobase que las instalaciones no cumplen las condiciones técnicas y de seguridad reglamentarias, la empresa distribuidora deberá exigir la adaptación de las instalaciones y la presentación del correspondiente boletín del instalador." :mira

Y el REBT dice en el articulado (Art nº2) y en la ITC 04 que requeriran proyecto las instalaciones con modificaciones de importancia y se definen que son estas. (no transcribo mas normativa por razones obvias) :mira

Concluyendo, mi pregunta es: Si yo tengo una instalacion de 30 KW, instalacion tipo L, con mas de 20 años, sin modificaciones de ningun tipo y necesito un Certificado de instalacion nuevo por cambio de titular, yo entiendo que no tengo por que hacer proyecto, ya que tan solo voy a hacer un cambio de titularidad ¿NO?
¿Es así? ¿Alguien me puede aclarar?


Que necesito entonces para tramitar elcambio de titular y el nuevo Certificado de instalación?.

Gracias, espero que hayais regresado de vacaciones, pero que lo hayais pasado muy bien, jeje. :yahoo

:hi2



Por favor una manita con este tema. :amo
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#280030
Maquinando escribió:
Maquinando escribió:...

¿Lo has consultado con Endesa?
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#280031
Buenas Webmaster.
Antes de consultar con el que me ha pedido prefiero informarme con la experiencia de los compañeros.

Como has podido ver en mi consulta yo entiendo queu no hace falta poroyecto, según indica la normativa, pero si me lo piden quiero rebatirselo con fundamento,no solo procedente de la normativa si no con la practica real.

Gracias compi, a ver si me puedes ayudar.
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#286215
Creo recordar que te pedian que pase una inspección OCA, tipo periodica y el nuevo certificado, haciendo referencia al proyecto inicial.
Yo hice un par de ellos asi hace dos años mas o menos, no se si habra cambiado el tema.

Edito: Me he dado cuenta que la ultima intervencion en el hilo es de Agosto, estaria bien que hicieras un feedback con como lo solucionaste.
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#286292
Lo que dudo es que si me van a pedir el pryecto antiguo, ya que no cuento con él, por lo que como hago referencia al proyecto antiguo.

Pueden venir datos en ocas anteriores?.

Gracias, aun no lo he averiguado, en casa del errero cuchillo de palo.

Es algo familiar.
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