Alumbrado definido en Local sin uso definido???? paradoja (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Instaciones eléctricas de baja, media y alta tensión; cables y accesorios, falsificaciones, métodos y técnicas de energía, data center, medida y control eléctrico
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#221093
Buenasssss.

A ver, en Canarias tenemos un problema con el Visado de Calidad en proyectos de instalación eléctrica, ya que debemos definir muchas cosas en proyecto que no se sabe bien como van a acabar...o como plantearlas inicialmente

En este caso, tengo un edificio con un local (como no tiene uso a la hora de la ejecución de la obra ni del proyecto, lo considero local sin uso definido), y no tiene uso definido (la actividad se la darán después). Creo que para el alumbrado de emergencia no tendré problemas (a excepción de los puntos de seguridad tales como extintores y demás, cuya posición habrá qeu iluminar con una emergencia según se instale), pero para el alumbrado normal tengo qeu definir unos parámetros (UGR, uniformidad, niveles mínimos, etc...) que no puedo fijar ahora, por lo que entiendo que dejando líneas de alimentación y previsión de entubado, junto con 3 circuitos (mínimo) de alumbrado por ser posible futuro LPC, y alguna toma de fuerza por ahí suelta estaré completito, no???.

¿Alguna sugerencia por ahí de alguna cosa que se me olvide, o alguna aportación de otra forma de plantearlo???
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#221096
Pero cómo vas a definir una instalación eléctrica o de iluminación si desconoces el uso del local?, para la instalación eléctrica podrías hacer un local "tipo" pero creo que no te va a servir para casi nada pero para la iluminación me parece imposible.

Un saludo,
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#221099
¿Como lo suelen plantear ustedes para un edificio en el que los locales no tienen uso antes de empezar el proyecto??? Digo yo que esto suele pasar, no???
Yo lo que hacía antes era ponerle un mínimo de iluminación (generalmente 100 lux) y varias tomas de corriente dobles repartidas por el local de forma lógica, pero con este decreto del demonio hay que definirlo todo, y creo que mejor es no poner nada a poner algo que luego no sirva; o simplemente dejar enhebrados tres circuitos en la zona público (o sea, todo) con tres circuitos de fuerza...y ya cuando le den uso, pues el que venga que haga lo qeu necesite...
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#221105
Local sin uso, potencia prevista según itc-bt-10 incluida en la previsión de cargas, previsión en la centralización y tubo/s para derivación individual.
Última edición por wenner el 17 May 2010, 15:17, editado 1 vez en total
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#221151
Al final le voy a poner en el cuadro tres circuitos de alumbrado, tres de fuerza, y las emergencias sí que las distribuyo...así el que venga, por lo menos cumple con los mínimos de Local de Pública Concurrencia...pero sin alimentaciones a receptores, ya que se desconocen...a ver si cuela...
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#221154
Neowallace escribió:Al final le voy a poner en el cuadro tres circuitos de alumbrado, tres de fuerza, y las emergencias sí que las distribuyo...así el que venga, por lo menos cumple con los mínimos de Local de Pública Concurrencia...pero sin alimentaciones a receptores, ya que se desconocen...a ver si cuela...

Cuando lo presentes cuentanos si te pusieron alguna traba.
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#221155
wenner escribió:Local sin uso, potencia prevista según itc-bt-10 incluida en la previsión de cargas, previsión en la centralización y tubo/s para derivación individual.


Haz lo que te dice Wenner...
Solo previsión...
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#221158
Neowallace, realmente no se para que quieres definir eso que comentas....si no sabes el uso del local complicado lo tienes.

Yo como wenner, previsión de potencia según itc bt 10, le dejo su tubo preparado desde la centralización y el que venga que haga lo que tenga que hacer, y para eso le pagarán.

No tenemos bola de cristal para saber las necesidades futuras del local.
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#221166
El problema que tenemos en Canarias es el Visado de Calidad, que nos pide unos requisitos para que nos visen el proyectoqeu son un poco tocah...

De todas formas, lo envío a visar así, con datos hasta el Cuadro de Mando... Lo lógico sería hacer unas canalizaciones mínimas empotradas, para que el que venga no tengga que ranurar (o sea lo mínimo posible) y evitarle gastos al cliente (que es lo qeu al final manda), para quedar medianamente bien y que la gente siga contando con uno...aunque al final lo que querrán es gastarse lo mínimo, como siempre, y el que venga que se las ventile...
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#221308
Local sin uso, no se coloca nada.
Se hace la previsión de potencia, y dejas los tubos para las acometidas y listo.
Ya hara la instalación electrica el que haga el proyecto de adecuación.

Si el cliente te solicita instalación de iluminación, consideralo como un almacen o cuarto tecnico.

Un saludo
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#221414
Por curiosidad: ¿existe en la península alguna Cía. Suministradora que tenga entre sus normas particulares (o algún decreto de legalización de instalaciones eléctricas) donde especifique las potencias a contratar para un local sin uso definido???

Es que aquí, en el RD 141/2009 nos especifica que para local sin uso definido se podrá contratar un máximo de 2760w, por lo que si por superficie (tenemos por ejemplo 150m²) no sale 15kw, pondremos en el boletín potencia máxima admisible (o prevista), o sea, 15kw, y potencia a contratar 2760w (o la inmediatamente inferior según tablas de potencia normalizadas según ICP).

Igual es que en canarias somos muy especiales, y en cuanto vemos un local vacío con un poquito de luz, nos metemos dentro y a currar, y ya vendrá el ayuntamiento a pedirnos el proyecto de actividad si nos cogen (práctica habitual por estos lares)...con el ICP puenteado o quitado, por supuesto, no nos va a estar saltando en cuanto enchufemos el horno de las pizzas... :nono
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#221419
Neowallace escribió:Por curiosidad: ¿existe en la península alguna Cía. Suministradora que tenga entre sus normas particulares (o algún decreto de legalización de instalaciones eléctricas) donde especifique las potencias a contratar para un local sin uso definido???

Es que aquí, en el RD 141/2009 nos especifica que para local sin uso definido se podrá contratar un máximo de 2760w, por lo que si por superficie (tenemos por ejemplo 150m²) no sale 15kw, pondremos en el boletín potencia máxima admisible (o prevista), o sea, 15kw, y potencia a contratar 2760w (o la inmediatamente inferior según tablas de potencia normalizadas según ICP).

Igual es que en canarias somos muy especiales, y en cuanto vemos un local vacío con un poquito de luz, nos metemos dentro y a currar, y ya vendrá el ayuntamiento a pedirnos el proyecto de actividad si nos cogen (práctica habitual por estos lares)...con el ICP puenteado o quitado, por supuesto, no nos va a estar saltando en cuanto enchufemos el horno de las pizzas... :nono


No es que seais especiales, sois como todos los españoles, si hay luz y agua, a trabajar. Por eso os llevan tan ajustados.
Aqui sin la solicitud de licencia de actividad no se puede contratar.
Eso de Sin Uso, ya no cuela, si pones luz, es porque lo vas a usar, si no, para que quieres la luz?
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#221837
Neowallace; hace un tiempo que no hago un proyecto con locales en los bajos sin comercializar. No sé si han cambiado tanto las exigencias de industria, pero que yo sepa, si el local está sin comercializar se le deja una D.I. en función de la potencia reglamentaria por superficie, una previsión en la centralización de contadores y listo. No hay que ponerle cuadro y mucho menos contratar.
Ojo, tampoco se puede dejar sólo los tubos, hay que dejar el cable de la DI pasado hasta el local.
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#221844
¿Entonces que sentido tendría que en el RD 141/2009 saquen todavía lo del "local sin uso definido" para un máximo de 2760w???? Yo lo entiendo como que para locales de este tipo en edificios nuevos, habrá que dejar un mínimo (aunque no se podrá usar hasta que no lo legalicen según licencia de apertura), pero vamos, lo veo como una laguna o una escapatoria para poder tener un poco de luz....
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#221860
Sophie Germain escribió:Ojo, tampoco se puede dejar sólo los tubos, hay que dejar el cable de la DI pasado hasta el local.

Y eso dónde lo pone?
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