Ingeniero Municipal hace proyectos en su municipio ¿puede? (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Atribuciones y competencias profesionales, asociación corporativa, opiniones y críticas de la profesión, etc.
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#227237
Amenofis escribió:Desconozco el caso particular de Lolailo, pero ya os digo yo que no todos los técnicos municipales tienen entre sus cometidos hacer proyectos y dirigir obras de titularidad municipal. Que lo sepáis. :nono2 :fumeta :mrgreen:

Ameno por su intervención se interpreta que si es su función pero que eniendo es un trabajo de mas responsabilidad que el habitual y lo quiere cobrar aparte, ese es el quid y desde donde parto

En cualquier caso, partimos de la base de que el tema que nos ocupa no consiste en firmar proyectos de clientes particulares, sino que en este caso el cliente es el propio ayuntamiento. Esto lo tenemos todas clarito, ¿no? :alarma

Así que aquí no estamos hablando de competencia desleal, estrictamente hablando. El ayuntamiento puede optar por contratar esos servicios a terceros (en este caso, vosotras, autonomillas mías :cunao ), o encargárselos al personal de plantilla. Es una opción perfectamente legítima, y para nada desleal, al menos bajo mi punto de vista. Y en este caso, si esos trabajos no entran dentro de las atribuciones del puesto de lolailo, también entiendo legítima su intención de cobrar una remuneración extra por ellos. :mira

Si revisado su contraro se confirma que no está entres sus funciones, hay muchos tecnicos que no tienen esa obligación, compi Ameno, si es competencia desleal claramente. Lo es porque si no es parte de su trabajo habitual, legalmente es un tercero ya que su relación contractual queda cumplida con el resto de su labor. Este trabajo para el cual no está contratado lo convierte en un tercero como los demas y por tanto no puede tener ventajas con respecto a los de la calle (y encima con información privilegiada nada menos).... y aunque es cierto que los contratos menores son maravillosos para hacer chanchullos la repetitividad puede dar lugar a infracción legal...




Yo en tu caso, lolailo, revisaría las funciones de tu puesto (las podrás ver en detalle en las bases de tu convocatoria), y si no están incluídos los conceptos de "Proyectos y dirección de obras de titularidad municipal", o algo así, pues les pediría pasta. Entre otras cosas porque al firmar estos proyectos estás asumiendo una responsabilidad que a priori no te corresponde (dicho esto con todas las reservas, por desconocer los términos del nombramiento de lolailo).

En este caso, lo que se impone claramente es un plus en sueldo de caracter fijo y permanente pero no un pago por trabajo y por supuesto algo de lo que no estamos hablando que es que el ayuntamiento debe pagar un seguro de responsabiliad civil, ya que legalmente el debe responder por sus técnicos frente a tercero por ahí no va el problema, el problema es que sin seguro tienen ademas el ayntamiento la posbilidad de repercutirte luego lo que el haya pagado de responsabilidad al afectado. Por esto los tecnicos de la Junta de andalucía no elaboran ni firman ningun proyecto, por la falta del SRC.....

¿O es que vosotras, libre-ejercientes, sí asumiríais una responsabilidad así, por la moca? ¿Qué pasa con el SRC? Yo, desde luego, no lo haría. :espabilao
:brindis
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#227251
Amenofis escribió:... El ayuntamiento puede optar por contratar esos servicios a terceros (en este caso, vosotras, autonomillas mías :cunao ), No puede sino que debe, si de transparencia se presume y supongo que debería salir a oferta pública y no a dedo
o encargárselos al personal de plantilla :nono , a no ser que entre en sus funciones

Es una opción perfectamente legítima, y para nada desleal, al menos bajo mi punto de vista Que Mamón, como se nota que ya eres funcionario :cunao .

Y en este caso, si esos trabajos no entran dentro de las atribuciones del puesto de lolailo, también entiendo legítima su intención de cobrar una remuneración extra por ellos. :mira No lo veo nada correcto, haces legal la prevaricación sin animo de exagerar (conoceré yo a mi burro, pepe)

¿O es que vosotras, libre-ejercientes, sí asumiríais una responsabilidad así, por la moca? Por la moca no querida, por un sueldo de funcionario :mira

¿Qué pasa con el SRC? Yo, desde luego, no lo haría. :espabilao El organismo en cuestión tiene que tener este asunto cubierto :mira
:brindis
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#227258
Lo primero: NO soy técnica municipal. :mrgreen:
Y lo siento chicas, pero no puedo compartir vuestro punto de vista. Además, sabéis de sobra que en este tema no soy dudoso: a los ayuntamientos les doy las del pulpo como la que más. Pero cuando hay que darles. :nono

Piiiru, en este caso concreto entiendo que un ayuntamiento es una entidad con plenas facultades para administrar sus recursos propios, incluyendo éstos tanto a los profesionales de plantilla como
a los edificios, servicios e instalaciones cuya titularidad ostenta.

Y si en el ejercicio de esa facultad (por otra parte, absolutamente legítima) decide gestionar un expediente interno mediante recursos propios, no sé en base a qué puede incurrir en prevaricación o competencia desleal, como decís.

Ahora bien, tampoco soy una experta, y desconozco la base jurídica que regula este tipo de actuaciones. Al fin y al cabo, mis argumentos no dejan de ser interpretaciones personales del escenario.

A ver si se pronuncia alguna de las técnicas municipales que pululan por el foro. Si tiene huevos. :espabilao :cunao
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#227268
Lo mejor de todo, es que con tantos años de corrupción instaurada en nuestro sistema político y de administraciones, silenciado por todos por lo bonanza, ahora parece que se consideran normales el nepotismo o la prevaricación. :cry:
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#227269
Amenofis escribió:Piiiru, en este caso concreto entiendo que un ayuntamiento es una entidad con plenas facultades para administrar sus recursos propios, incluyendo éstos tanto a los profesionales de plantilla como
a los edificios, servicios e instalaciones cuya titularidad ostenta.

es que ahí esta tu fallo de interpretación, una vez que cumple con sus contrato en otras labores, ya ha terminado su califiación como "recurso propio". Usando tu ejemplo imagina que hay una acumulación de trabajo para las labores que si estan en su contrato, entonces si puede contratar a otro técnico, o por contra imagina que hay dos tecnicos que se encargan por ejemplo del alumbrado de las calles A y B respectivamente, si el de la calle B se pone malito y el de la calle A tiene tiempo puede y debe exigirsele mayor trabajo (calles A y B) mientras no exceda de su jornada laboral o pagarseles horas extra. o hacer labores que estan dentro de su contrato que habitualmente hace un compañero... Pero otra cosa es lo que no esté en su contrato. Si no lo está es para las duras y las maduras, para no tener responsabilidades pero también para no tener ventajas en la adjudicación del trabajo como particular que eso es en realidad en lo que se convierte para este trabajo.

Y esto es así pues, ya no es recurso propio (para ese trabajo), te recuerdo compi que un trabajador no es un coche de empresa que ademas de para llevar ladrillos, lo puedes emplear tambien para llevar muebles.......y si lo es ¿porque va a pagar el ayuntamiento (y nosostros los paganinis) deben pagar otra vez por algo que ya está pagado en la nómina......?


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#227271
Juer.. como se ha puesto el hilo...

Estamos llevando todos todo a los extremos.

A que si en vez de "Ayuntamiento" cambiamos por "empresa privada" la cosa deja de tener sentido?

Pues eso. La admon tiene el cuerpo de ingenieros para proyectar, ejecutar, verificar.. en resumen todo lo que hacemos el común de los mortales en nómina o de automonos. (Edito: Lo hagan o no. Si por agilidad, derechos adquiridos, etc etc, sale siempre mejor sacarlo fuera, es otra guerra distinta que ésta)

Y lo hacemos según lo que nos manda el jefe, independientemente del orden de prioridades necesarias.

LA única diferencia es que unos a las 3 se les cae el boli y a otros no.

Otra cosa distinta es que se lo lleve crudo... pero eso, haga o no haga algo, tiene otro nombre y poco tiene que ver con la ingeniería, y algo más con la política.
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#227276
En ningún caso un ayuntamiento es una empresa privada, ni se le puede dar el mismo trato, un ayuntamiento es una administración pública. En el caso de las administraciones públicas no solamente hay que ser honrado, sino que también hay que parecerlo.

Si el contrato del funcionario no incluye determinados trabajos, lo más aconsejable (por la salud corruptiva, perdón corporativa) es que se subcontrate externamente y de forma transparente. Los métodos existen, otra cosa es que se quieran poner en marcha.

En este caso se dispone de información privilegiada para obtener el trabajo (por su puesto de trabajo) y, por supuesto, de una situación privilegiada para ejecutarlo (también por su puesto de trabajo) y que se lo contraten. Sin entrar en la imcompatibilidad que supone ser juez y parte, el problema radica en que su "puesto de trabajo" está pagado por todos nosotros, por lo que si lo utiliza en beneficio propio... pues así nos van las cosas en esta gran banana de país.

En cualquier caso insisto, este es un problema de mentalidad que tardará muuuuchos años en comprenderse en esta gran banana de país. ¿O acaso creen que semos europeos?
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#227277
estas diciendo que un ayuntamiento no puede contratar en plantilla a un ingeniero para hacer sus proyectos?. Eso si que es ya la gran banana. Demasiao papel de fumar hay (perdón por la expresión... :brindis va sin ninguna mala intencion)

Como digo, muy distinto es el caso que un funcionario de urbanismo que se dedica a tramitar, haga proyectos para el ayuntamiento cobrandolos como autónomo. Ahí si que es juez y parte, y eso si que tiene un nombre, incluso una pena.

Pero bueno, creo que las posiciones de cada cual están claras. Yo no echaré mas leña a ningún fuego.
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#227281
LuisM escribió:estas diciendo que un ayuntamiento no puede contratar en plantilla a un ingeniero para hacer sus proyectos?. Eso si que es ya la gran banana. Demasiao papel de fumar hay (perdón por la expresión... :brindis va sin ninguna mala intencion)

fsi escribió:Si el contrato del funcionario no incluye determinados trabajos
:mira

Como digo, muy distinto es el caso que un funcionario de urbanismo que se dedica a tramitar, haga proyectos para el ayuntamiento cobrandolos como autónomo. Ahí si que es juez y parte, y eso si que tiene un nombre, incluso una pena.

Pero bueno, creo que las posiciones de cada cual están claras. Yo no echaré mas leña a ningún fuego.

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#227284
LuisM escribió:Mi contrato no incluye la sodomía pasiva, piiiirru... date una vuelta por el hilo estoy enfadado por...


Ni el mio, por eso he dado mi opinión :mrgreen:
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#227296
Uuuiixxx, pues no estoy para nada de acuerdo con lo que explicais.

Os explico, en mi ayuntamiento se redactan algunos proyectos de obra municipal (no todos, otros salen a concurso). Para ello existe un Sr. arquitecto, funcionario en plantilla, que se encarga de ello. El tema está en que hasta ahora nadie realizaba un "proyecto de actividad" con lo que después desgraciadamente se incumplían aspectos en prevención de incendios o normativas específicas en función del uso del equipamiento :cabezazo :cabezazo . Visto esto se decidió ampliarme legalmente la jornada laboral (se puede hacer legalmente sin problemas) y en esas horas me dedico a realizar esos "proyectos". No estan visados y estan firmados por mi como ingeniera técnica municipal. Después en la junta de gobierno se aprueban y ya esta. Si es necesario informe de bomberos, por ejemplo, se envia el proyecto que he redactado...vamos que se piden los informes externos de quien haga falta. Es decir se realiza ese trabajo como cualquier otra función que me asignen hacer, ya sean informes, inspecciones o lo que haga falta.

¿Cómo lo cobro? Pues cobro algo más por la ampliación de jornada y ya está. No paso facturas, ni trabajo como autónomo. Está claro que me podrían haber exigido hacerlo en horas de trabajo, pero como sabemos que es imposible por eso hicieron la ampliación de jornada.

Así que por aquí en Catalunya, hay muchos técnicos municipales que nos dedicamos a esto. Es normal para un ayuntamiento, disponiendo de técnicos en plantilla, redactar sus propios proyectos para equipamientos propios.

Pensad que eso ocurre con los arquitectos destinados a redactar los proyectos de obra municipales.

Otra cosa sería que el técnico municipal se presentara a un concurso!! Eso sí que no se puede hacer!!

:comunidad :comunidad :comunidad y no os enfadeis mucho conmigo :?
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#227303
No puedo entender como si un Ayuntamiento contrata a un técnico con la intención de dedicarlo, entre otras cosas, a hacer proyectos. Que no lo ponga muy clarito en el contrato. Y si no lo pone pero debería ponerlo y eso sirve para tener a otro funcionario rascándose las partes, lo que creo es que se debería abrir expediente al que redactó el contrato e intentar echarlo.

En mi ayuntamiento los técnicos municipales no suelen redactar proyectos. Pero por otra parte suelen llevar la mayoría de las direcciones de obra y lo hacen como parte de su trabajo de funcionario. A algunos les gusta y a otros no, pero lo hacen sin poner pegas.
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#227307
bubble escribió:Uuuiixxx, pues no estoy para nada de acuerdo con lo que explicais.

Os explico, en mi ayuntamiento se redactan algunos proyectos de obra municipal (no todos, otros salen a concurso). Para ello existe un Sr. arquitecto, funcionario en plantilla, que se encarga de ello. El tema está en que hasta ahora nadie realizaba un "proyecto de actividad" con lo que después desgraciadamente se incumplían aspectos en prevención de incendios o normativas específicas en función del uso del equipamiento . Visto esto se decidió ampliarme legalmente la jornada laboral (se puede hacer legalmente sin problemas) y en esas horas me dedico a realizar esos "proyectos". No estan visados y estan firmados por mi como ingeniera técnica municipal. Después en la junta de gobierno se aprueban y ya esta. Si es necesario informe de bomberos, por ejemplo, se envia el proyecto que he redactado...vamos que se piden los informes externos de quien haga falta. Es decir se realiza ese trabajo como cualquier otra función que me asignen hacer, ya sean informes, inspecciones o lo que haga falta.

¿Cómo lo cobro? Pues cobro algo más por la ampliación de jornada y ya está. No paso facturas, ni trabajo como autónomo. Está claro que me podrían haber exigido hacerlo en horas de trabajo, pero como sabemos que es imposible por eso hicieron la ampliación de jornada.

Así que por aquí en Catalunya, hay muchos técnicos municipales que nos dedicamos a esto. Es normal para un ayuntamiento, disponiendo de técnicos en plantilla, redactar sus propios proyectos para equipamientos propios.

Pensad que eso ocurre con los arquitectos destinados a redactar los proyectos de obra municipales.

Otra cosa sería que el técnico municipal se presentara a un concurso!! Eso sí que no se puede hacer!!

y no os enfadeis mucho conmigo

LuisM escribió:Eso mismo decía yo, pero tu como ereh mucho mas guapa seguro que no te chillan! :mrgreen: :beso

:twisted:

:brindis

lo mismo pienso , que tiene razon y lo de que es mas guapa seguro, seguro
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