Propagación interior y exterior, evacuación, instalaciones de protección contra incendios, intervención de bomberos, resistencia al fuego de la estructura
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#231439
Hola a todos!!!. Mi segunda pregunta en este magnifico foro

Tengo una nave tipo B, de 1.500 m2 y riesgo alto.

Os planteo una pregunta sobre la tabla 3.1 del anexo III del REAL DECRETO 2267/2004. Esta nave la divido a la mitad en 2 sectores iguales de 750m2 c/u, riesgo alto. Con esta división me ahorro el colocar rociadores automaticos de agua y sistema de control de humos (que no exutorios) al tener el sector una superficie<800m2

Pero mi duda es con los hidrantes. Yo entiendo que en la tabla queda claro que si es tipo B, riesgo alto y sup mayor de 1.000m2 hay que colocar hidrantes, pero no me queda claro en la tabla si para superficies menores a 1.000 m2 es que no se colocan ó se deben de colocar siempre al ser un tipo B riesgo alto.

saludos
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#231444
sloth escribió:
Pero mi duda es con los hidrantes. Yo entiendo que en la tabla queda claro que si es tipo B, riesgo alto y sup igual o mayor de 1.000m2 hay que colocar hidrantes, pero no me queda claro en la tabla si para superficies menores a 1.000 m2 es que no se colocan ó se deben de colocar siempre al ser un tipo B riesgo alto.

saludos


Yo creo que la tabla lo deja claro. No estás obligado a instalar hidrantes hasta 1000 m2.

saludos
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#231576
Gracias, no lo veia tan claro, lo de siempre, me extrañaba que una nave de 990m2 no tuviese la obligación de poner hidrantes, y otra de 1000 m2 si (lo de siempre con las limitaciones).

Está claro que voy a sectorizar y me quito los hidrantes.

Pregunta para subir nota: cuando haces una urbanización, se colocan los hidrantes a 200m como máximo en viarios. En el CTE-DB-SI, se pueden considerar los hidrantes que se encuentran en la via publica a menos de 100m de la fachada accesible del edificio, entonces ¿por qué se colocan cada 80m (40m de ambito de accion) en el interior de naves industriales?. creo que se lo deberian mirar no?
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#231585
sloth escribió:
Pregunta para subir nota: cuando haces una urbanización, se colocan los hidrantes a 200m como máximo en viarios. En el CTE-DB-SI, se pueden considerar los hidrantes que se encuentran en la via publica a menos de 100m de la fachada accesible del edificio, entonces ¿por qué se colocan cada 80m (40m de ambito de accion) en el interior de naves industriales?. creo que se lo deberian mirar no?


Con las normas actuales son dos sistemas con características y funciones completamente diferentes:

Los sistemas de hidrantes "CTE" tienen como finalidad el llenado de las cisternas de los sistemas de extinción. Por eso se permite mayor recorrido hasta ellos y ninguna exigencia de presión.

Los sistemas de hidrantes "RSCIEI" tienen como finalidad la utilización directa contra el incendio. Por eso se reduce el recorrido hasta ellos (se necesita una dotación limitada de mangueras y lanzas) y se exige una presión mínima necesaria.

El futuro "RISPCI" puede variar esta situación.

saludos
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