Instaciones eléctricas de baja, media y alta tensión; cables y accesorios, falsificaciones, métodos y técnicas de energía, data center, medida y control eléctrico
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#235210
Estoy elaborando una aplicación para análizar la contratación en los diferentes periodos cuartohorarios.

He leído que se puede contratar por cada periodo con dos consideraciones:

- Según el RD 1164/2001 las potencias a contratar en cada periodo deben tener carácter ascendente, es decir, la potencia
contratada en el periodo i debe ser inferior o igual a la contratada en el periodo i+1.

- Las potencias contratadas, a efectosde acceso a la red, solo pueden modificarse, según la legislación vigente, cada 12 meses.

¿Alguien sabe las escalones de potencia en las que se puede contratar?
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