Propagación interior y exterior, evacuación, instalaciones de protección contra incendios, intervención de bomberos, resistencia al fuego de la estructura
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#247350
Hola companys,

se trata de la ampliación de un establecimiento comercial de 6 plantas dedicado a la venta al por menor de muebles. Esta actividad le fué concedida la licencia en el año 74, por lo que las condiciones de seguridad contra incendios establecidas son las que correspondían en aquel entonces.

Ahora bien, se pretende realizar una ampliación de la actividad, anexionando el presente edificio con el local situado en la planta entresuelo del edifio de viviendas colindante. Se trataría, por tanto, de demoler el muro que los separa. Este local colindante que con anterioridad albergaba una actividad comercial (por lo cual no existe cambio de uso) comunica con el vestíbulo del edificio residencial a través de dos puertas.

Consultando con el Técnico Municipal, éste nos comunicó que en todo caso se deberá tener en cuenta lo establecido por el DB-SI no solo para la parte ampliada, sino que también para el resto del edificio comercial. Esto último supondría tener que realizar una instalación de rociadores y de bies, por no hablar de que se tendría que sectorizar la escalera que comunica las diferentes plantas. ¿Como es posible?

Yo le dije que se podría realizar la evacuación de la zona ampliada a través de la escalera comunitaria del edificio residencial, y así, poder cumplir con las distancias de recorridos de evacuación. Esto último no le pareció bien, pero tampoco me supo justificar el por qué.

Por otro lado, el punto 6 del apartado III Criterios generales de aplicación del CTE-SI, dice lo siguiente:

En las obras de reforma en las que se mantenga el uso, este DB debe aplicarse a los elementos del edificio modificados por la reforma, siempre que ello suponga una mayor adecuación a las condiciones de seguridad establecidas en este DB.

Entonces, ¿que creeis que debo interpretar? Porque para mi la cosa en bien fácil: se debe aplicar el DB solo a la zona ampliada, ¿no?
Además, ¿por qué no puedo utilizar la escalera comunitaria del edificio residencial como recorrido de evacuación si en algún caso he visto que se permitía?

Saludos :saludo
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#247370
unomenos escribió:Puedes enseñarle esto:

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Aún así, no te olvides de esto:

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Hola Unomenos,
gracias por tus aclaraciones, pero ¿de donde salen estas interpretaciones?. En el CTE no las encuentro.

En relación a la utilización de la escalera comunitaria del edificio residencial, ¿crees que es vialble utilizarla en caso de evacuación?

Un saludo
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#247375
James escribió:
unomenos escribió:Puedes enseñarle esto:

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Aún así, no te olvides de esto:

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Hola Unomenos,
gracias por tus aclaraciones, pero ¿de donde salen estas interpretaciones?. En el CTE no las encuentro.

En relación a la utilización de la escalera comunitaria del edificio residencial, ¿crees que es vialble utilizarla en caso de evacuación?

Un saludo


Lo que ha colgado Unomenos son extractos del Documento de Consultas del DB SI, documento reconocido por el Ministerio.

http://www.codigotecnico.org/cte/opencm ... 5-2010.doc
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#247381
Carlos_Asturies escribió:
James escribió:
unomenos escribió:Puedes enseñarle esto:

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Aún así, no te olvides de esto:

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Hola Unomenos,
gracias por tus aclaraciones, pero ¿de donde salen estas interpretaciones?. En el CTE no las encuentro.

En relación a la utilización de la escalera comunitaria del edificio residencial, ¿crees que es vialble utilizarla en caso de evacuación?

Un saludo


Lo que ha colgado Unomenos son extractos del Documento de Consultas del DB SI, documento reconocido por el Ministerio.

http://www.codigotecnico.org/cte/opencm ... 5-2010.doc

:amo :amo :amo
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#247399
James escribió:En relación a la utilización de la escalera comunitaria del edificio residencial, ¿crees que es vialble utilizarla en caso de evacuación?


Sí, mediante interposición del preceptivo vestíbulo de independencia.

Vete con cuidado con la ampliación, pues al estar asociada esa zona al otro edificio (al de 6 plantas), como no tengas la resistencia estructural adecuada (entre otras cosas) a lo mejor te toca protegerla...

Por cierto, yo de la página del Código Técnico no me fío mucho.

Mientras no se carguen la siguiente, para mí, es más fiable:

http://www.mviv.es/es/index.php?option= ... Itemid=226

Si os fijáis, la URL comienza por el antiguo nombre del Misterio de la Vivienda, pero en la propia página aparece el nombre del Misterio de Fomento. Curiosa chapucilla...
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