Seguridad en el Trabajo, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología
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#249155
Buenos días:
Supongo que los residentes de la Comunidad Valenciana, tendréis conocimiento del Colegio Oficial de Técnicos Superiores en Prevención de Riesgos Laborales para dicha comunidad. La legislación dicta que para actuar como TSPRL en la cumunidad, hay que estar colegiado, pero, para la realización de una coordinación de seguridad y salud en una obra o un estudio de seguridad y salud, también se tiene que ser arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero o ingeniero técnico, y pertenecer al colegio pertinente. Mi pregunta es:
¿Tendría que colegiarse en ambos colegios, o con pertenecer al de arquitectos, ingenieros, arquitectos técnicos o ingeniero técnicos bastaría?
Gracias.
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#249577
Interesante. Agradecería cualquier comentario o aclaración al respecto, ya que no sabía nada de eso, está instaurado sólo en la Comunidad Valenciana, ¿o hay otras comunidades?. No obstante, lo que comentas parece ir en sentido contrario a la Ley Omnibus.
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#249584
Ahora no contentos con uno, tendremos que colegiarnos en DOS colegios. :cunao :cunao :cunao

¡Y mientras el mundo en dirección contraria ....!! :cabezazo :cabezazo :cabezazo

¿Que opinará de esto el COITI de Valencia? :gato :gato :gato :gato :gato :gato
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#249609
Según tengo entendido, solo existe en la CV, y dicen que se creo para dignificar dicha profesión, cosa que puede estar muy bien (tener una asociación que vigile por el bien de sus socios, que cree formación especializada, que busque mejores seguros de responsabilidad civil,..).
Lo que no veo tan bien, es que obliguen a todo aquel que trabaje como TSPRL, ya sea en un Servicio de Prevención Propio, Ajeno, Mancomunado, o intente buscarse la vida como autónomo, tenga que colegiarse por obligación, ya que a mi entender, si un profesional ya pertenece a un colegio (en mi caso al COITI de mi provincia), por qué tengo que pagar otras cuotas para pertenecer a otro colegio que no creo que me aporte nada nuevo.
Bueno, a ver si alguien sabe algo más al respecto.
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#249653
Después de 8 años colegiado, sólo he utilizado el colegio para dos cosas, visar proyectos y hacer algún curso (a un precio bastante elevado y en horarios dificilísimos de compaginar con el mundo laboral). Si lo de visar proyectos nos lo quita la ley Omnibus, ¿Cuales serán las funciones del colegio de prevencionistas? ¿Competencia directa al resto de colegios profesionales?
Madre mía, esto sí que es un claro ejemplo de ir todos por un mismo camino. :nono2 :alarma :nono2 :alarma :nono2 :alarma :cabezazo :cabezazo :cabezazo :cabezazo :cabezazo
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#249671
Bekenise, suerte tienes que de momento los catalanes todavia no han optado por esta "maravillosa" idea.
Yo de momento, no acabo de entender el fin de este colegio, porque si para hacer planes de prevención, no se requiere visar ni nada por el estilo, simplemente pertenecer a un SPA, SPP, ... y para hacer estudios de seguridad y salud, o llevar a cabo una coordinación de seguridad y salud toda la documentación se visa en el colegio al que pertenezcas...
No lo acabo de entender, pero desde luego, lo que tengo muy claro es que no pienso pagar tasas a dos colegios diferentes (a no ser que de verdad me demuestren que me van a aportar algo).
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#249703
Así, si me sale una coordinación en la comunidad valenciana, ¿qué hago? ¿lo viso en mi colegio como siempre?
Según la Ley Omnibus (así me lo explicaron en mi colegio) puedo visar lo que sea en el colegio de ingenieros industriales de Lugo (por poner un ejemplo) o en el Salamanca (por poner otro).
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