Curiosidad sobre la ITC-25 y ITC-10 (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Instaciones eléctricas de baja, media y alta tensión; cables y accesorios, falsificaciones, métodos y técnicas de energía, data center, medida y control eléctrico
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#25093
Hola! Tengo una curiosidad sobre la ITC-25.
Dice lo que es la electrificación básica y los circuitos que la componen (C1, C2, C3, C4 y C5) y luego a continuación te describen que si necesitas añadir algun circuito más, los circuitos adicionales te pasas a electrificación elevada... Si te vas a la ITC-10 te dice en el punto 2.2 que en electrificación elevada la potencia a prever no sera inferior a 9200W.

Mi curisidad es la siguiente, tengo una vivienda unifamiliar de 120m2 utililes en planta baja.
Y logicamente debo meter estos 5 circuitos... y aunque no dice nada o aclara nada supongo que deberia separar el alumbrado interior del exterior, con lo que tendria 6 lineas...
Una septima linea seria la calefacción, porque aunque esta es de gasoil considero que es importante que tenga una linea propia (no se como lo veis)
Y dice en la ITC -25 que el circuito C2 es para 20 tomas y resulta que tengo 24 tomas, ¿lo tendria pues que repartir en 2 líneas más?. Y ya estamos en 7.
Yo creo que por metros y consumo la electrificación básica le llega, pero mi esquema unifilar ¿no seria ya de electrificación elevada? ¿Estaria bien el esquema que he planteado?

Por lo que he leido en una vivienda solo podemos proteger 7 lineas con el mismo diferencial y en el resto de los casos que no sean viviendas 5 lineas ¿alguien me lo puede confirmar?

Un saludo y espero vuestras opiniones y consejos
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#25098
Desde el momento que tienes que instalar más de un circuito de cualquiera de los correspondientes al caso de electrificación básica, tu vivienda se tiene que considerar como de electrificación elevada.
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#25104
Eso que me acabas de decir no aclara mi duda... Segun la ITC-10 en el punto 2.2 dice que la potencia a prever para electrificación elevada no será inferior de 9200W es decir ICP de 40A
La duda es, si simplemente por el hecho de querer por ejemplo separar el alumbrado interior del exterior, o tener varias plantas y querer poner un circuito para cada planta (que si es pequeño no te ni te viene porque podia ir en uno solo, es comodidad) ha de considerarse electrificación elevada???
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#25106
Mianpigo escribió:Y dice en la ITC -25 que el circuito C2 es para 20 tomas y resulta que tengo 24 tomas, ¿lo tendria pues que repartir en 2 líneas más?.


Ya sólo por esto E.Elevada.
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#25125
Vamos a ver, electrificación elevada si porque segun el RBT estas aumentando los circuitos (y te estas saliendo del esquema típico), pero no siempre tener más circuitos quiere decir que necesites más potencia, ¿podrias decir que haces una instalación de electrificación elevada y luego colocar un ICP de 25A? De esta forma tendrias 5750W y las lineas que quieras (siempre bajo la logica de los consumos correspondientes)
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#25146
Mianpigo escribió:Vamos a ver, electrificación elevada si porque segun el RBT estas aumentando los circuitos (y te estas saliendo del esquema típico), pero no siempre tener más circuitos quiere decir que necesites más potencia, ¿podrias decir que haces una instalación de electrificación elevada y luego colocar un ICP de 25A? De esta forma tendrias 5750W y las lineas que quieras (siempre bajo la logica de los consumos correspondientes)


Respuesta: El ICP lo podrás colocar del calibre igual o inferior al interruptor general. Lo que tú desees contratar con la compañía suminstradora. El REBT no permite hacer una instalación de electrificación elevada e instalar un IGA de 25 A ó 32 A. Mínimo para electricación elevada = 40 A.
ITC-BT 10

- Lean un poquito la biblia todas las noches -
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#25150
Joer, pues entonces en definitiva viene a ser lo que yo digo, pero no es muy logico que por no respetar rigurosamente los 5 circuitos del reglamento tengas que instalar un ICP de 40 A, para luego aguas abajo colocar un IGA de 25A ¿O si? ¿Eso tiene logica alguna?
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#25157
Disculpa, o yo no me he explicado bien, o tú no has entendido bien.
Nunca podrás colocar un I.C.P. (Interruptor de control de potencia) superior al I.G.A. (Interruptor general automático). No tiene sentido.

I.C.P. <= I.G.A.

P.D. Y no digas tacos, que al jefe no le gustan.
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#25171
Entonces si no es posible y tienes que instalar un ICP de 40 y en consecuencia un IGA tb de 40A, por disponer de mas circuitos, tienes que contratar más potencia aunque no la necesites????
Tener una linea más que las 5 de la electrificación basica no siempre va a ser igual a necesitar más potencia ¿o si?
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#25173
Nadie puede obligarte a contratar mas potencia de la que necesites.......otra cosa es que TU INSTALACIÓN por norma deba estar preparada para poder ampliar caso de ser necesario hasta lo que fija el REBT.

SALUDOS
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#25174
Uau, pikaso y roverman participando en el hilo... parecen los viejos tiempos de los foros mi@ :idea:
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#25175
Entonces que me aclare, si por lo que dices el ICP a de ser < o = que el IGA, y la compañia te obliga a tener uno de 40A por tener electrificacion elevada, entonces si pagas por una potencia que no necesitas ¿No es asi? Si te estan obligando a contratar algo que no necesitas
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#25179
Chiquillo.... que la compañía suministradora no te puede obligar a poner un ICP de 40A, a pesar de que el IGA si lo sea.

Calibre IGA.......lo que establezca el REBT

Calibre ICP.......la potencia final contratada
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#25182
Efectivamente, una cosa es que tu instalación esté limitada y preparada para que en un momento dado pueda admitir (reglamentariamente) 9.200W y otra la potencia que tu necesites contratar siempre < a los 9.200W limitados por el amperaje del IGA (40A).
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#25278
O lo que es lo mismo, aunque tu instalación cumpla las características de "electrificación elevada", puedes contratar si quieres 5750W.
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