Seguro responsabilidad civil 2011 (y años sucesivos) (Valoración de 4.50 sobre 5, resultante de 2 votos)

Atribuciones y competencias profesionales, asociación corporativa, opiniones y críticas de la profesión, etc.
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#255270
Yo también estoy esperando precio, ya pasé las condiciones de mi seguro RC. No se qué modalidad puede resultar más "ventajosa": pagar un fijo, pagar por trabajo (según ppto) o pagar según facturación... :ein
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#255803
La semana pasado un compañero solicitó una copia de la poliza del SRC, a lo cual el Coegio respondio que hasta no se paga el recibo no podian darle copia del mismo.

Empiezo a cree que el dia me "Confunde", ¿desde cuando no se tiene derecho antes de suscribir un Seguro poder leer las condiciones del mismo?.

Yo mismo llevo tres semanas esperando (y desesperando), la copia de la poliza del SRC, que ya he pagado.

Por un casual, alguien tiene copia de la poliza suscrita por LA AGENCIA ADARTIA, Y LA COMPAÑIA MAPFRE; porque el mosqueo que tengo con el colegio incluido, no me lo aguanto.


saludos
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#256581
Hola a todos/as.... :botando :botando :botando

Una oficina de seguros en Las Palmas de Gran Canaria me acaba de arreglar y ofrecer un seguro de responsabilidad civil para el año 2011 de forma individual. Atendiendo a mis características personales me cuesta al año 1060 euros. Que puedo pagar en dos cuotas semestrales. Coberturas y clausulas mejores que las de Adartia(Mapfre)COLEGIO, e incluso es indiferente que el trabajo este o no visado, siempre y cuando su visado no sea obligatorio según RD1000/2010.

Quien este interesado en contactar pues por mp. les puedo facilitar los datos que requieran.

Indicarles que para hacerme el estudio he tenido que presentar la siguiente documentación:
-- Como siempre he estado con la compañia del colegio profesional en lo relativo al RC pues certificado de Adartia Mapfre en el cual se indicase cuantas veces había hecho uso del mismo en mi labor profesional, acompañado de un certificado colegial en el cual indicase desde que año llevo como libre ejerciente.
-- Certificar mi trabajo como autónomo o sociedad.
-- Fotocopia de la declaración de hacienda del año pasado.
-- Numero de personas que trabajan en el estudio de proyectos caso de querer asegurarlos a ellos también.
-- Numero de cuenta bancaria donde domicilar los pagos caso de ser aceptada la propuesta. (Creo que también la usan para hacer un estudio y sondeo tipo RAE o Asif. , pero esto son suposiciones mías).
-- Declaración jurada en la cual se indiquen los 10 trabajos de mayor presupuesto de ejecución por contrata realizados en los últimos 10 años.

Saludos. :plas :plas :plas :plas
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#256617
aire08 escribió:Hola a todos/as.... :botando :botando :botando

Una oficina de seguros en Las Palmas de Gran Canaria me acaba de arreglar y ofrecer un seguro de responsabilidad civil para el año 2011 de forma individual. Atendiendo a mis características personales me cuesta al año 1060 euros. Que puedo pagar en dos cuotas semestrales. Coberturas y clausulas mejores que las de Adartia(Mapfre)COLEGIO, e incluso es indiferente que el trabajo este o no visado, siempre y cuando su visado no sea obligatorio según RD1000/2010.

Quien este interesado en contactar pues por mp. les puedo facilitar los datos que requieran.

Indicarles que para hacerme el estudio he tenido que presentar la siguiente documentación:
-- Como siempre he estado con la compañia del colegio profesional en lo relativo al RC pues certificado de Adartia Mapfre en el cual se indicase cuantas veces había hecho uso del mismo en mi labor profesional, acompañado de un certificado colegial en el cual indicase desde que año llevo como libre ejerciente.
-- Certificar mi trabajo como autónomo o sociedad.
-- Fotocopia de la declaración de hacienda del año pasado.
-- Numero de personas que trabajan en el estudio de proyectos caso de querer asegurarlos a ellos también.
-- Numero de cuenta bancaria donde domicilar los pagos caso de ser aceptada la propuesta. (Creo que también la usan para hacer un estudio y sondeo tipo RAE o Asif. , pero esto son suposiciones mías).
-- Declaración jurada en la cual se indiquen los 10 trabajos de mayor presupuesto de ejecución por contrata realizados en los últimos 10 años.

Saludos. :plas :plas :plas :plas


Y te cubre ¿los trabajos hechos hasta ahora? lo que viene siendo el decenal delos arquis....¿te lo incluye...?
¿qué aseguradora?
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#256654
MAZINGER escribió:Y te cubre ¿los trabajos hechos hasta ahora? lo que viene siendo el decenal delos arquis....¿te lo incluye...?
¿qué aseguradora?


Hola compañero tienes un privado. Saludos.
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#256719
Colega, no nos dejes con la miel en los labios, aunque sea privadamente cuentanoslo.

saludos y :brindis :brindis :brindis
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#257780
A los que les pueda interesar, adjunto fichero con las condiciones de la póliza de Adartia para los colegios de INGENIEROS TÉCNICOS INDUSTRIALES.

La que pongo es concretamente la facilitada por el COITI DE LAS PALMAS EN SU PÁGINA WEB.

Saludos.
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#257811
Gracias Aire08

Se puede comprobar que Adartia o ese Colegio nos toma o os por tontos, en ese documento, que en realidad no es una poliza, sino un borrador, no está fechado, ni firmado por las partes intervinientes, es decir, compañia Aseguradora, Agente de seguros y tomador. Es decir validez cero.

Ese mismo documento, mi colegio tambien me lo facilitó y le pedi que me enviaran la poliza, no uno que lo podia haber realizado yo, y me contestaron que estan a la espera del domumento oficial firmado, sigo desesperando.


en fin :cabezazo :cabezazo :cabezazo :cabezazo
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#257952
Pues yo creo que cualquier póliza de este tipo, consensuada entre colegio/s y aseguradora/s tiene por objeto ir en contra del RD 1000/2010, lo que supone un fraude de Ley, y posiblemente sea declarada nula de pleno derecho por cualquier juez.
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#258011
HASTA LUEGO LUCAS escribió:Pues yo creo que cualquier póliza de este tipo, consensuada entre colegio/s y aseguradora/s tiene por objeto ir en contra del RD 1000/2010, lo que supone un fraude de Ley, y posiblemente sea declarada nula de pleno derecho por cualquier juez.


Creo que va a ser que no.
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#260027
JORDIM escribió:
HASTA LUEGO LUCAS escribió:Pues yo creo que cualquier póliza de este tipo, consensuada entre colegio/s y aseguradora/s tiene por objeto ir en contra del RD 1000/2010, lo que supone un fraude de Ley, y posiblemente sea declarada nula de pleno derecho por cualquier juez.


Creo que va a ser que no.


Lo tuyo es pura intuición o tienes una base legal?
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#260042
Yole escribió:
JORDIM escribió:
HASTA LUEGO LUCAS escribió:Pues yo creo que cualquier póliza de este tipo, consensuada entre colegio/s y aseguradora/s tiene por objeto ir en contra del RD 1000/2010, lo que supone un fraude de Ley, y posiblemente sea declarada nula de pleno derecho por cualquier juez.


Creo que va a ser que no.


Lo tuyo es pura intuición o tienes una base legal?


Si el colegio es el tomador del seguro, es dueño y señor de pactar las condiciones que estime oportunas con la compañía, por tanto si dicen que a visar, a visar tocan y como no es obligatorio hacer la RC con el colegio, si no te parece bien visar te vas al mercado libre que te esperará con los brazos abiertos y la faca desplegada.

Ahí no hay RD 1000 ni ley que valga ya que en este tema la relación colegio/colegiado es voluntaria. Es lo que hay.
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#260044
jac0161 escribió:Os informo que estoy trabajando con un grupo de compañeros en un seguro de R.C. individual que no dependerá de visado y estará abierto a ingenieros industriales e ingenieros técnicos industriales de toda España. Estamos cerrando los detalles con una aseguradora importante y calculo que en 30 días nos podrán ofrecer una poliza personalizada y con un precio razonable.


Ya han pasado 35 :roll: :roll: :roll: :roll:
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#260068
JORDIM escribió:
Yole escribió:
JORDIM escribió:
HASTA LUEGO LUCAS escribió:Pues yo creo que cualquier póliza de este tipo, consensuada entre colegio/s y aseguradora/s tiene por objeto ir en contra del RD 1000/2010, lo que supone un fraude de Ley, y posiblemente sea declarada nula de pleno derecho por cualquier juez.


Creo que va a ser que no.


Lo tuyo es pura intuición o tienes una base legal?


Si el colegio es el tomador del seguro, es dueño y señor de pactar las condiciones que estime oportunas con la compañía, por tanto si dicen que a visar, a visar tocan y como no es obligatorio hacer la RC con el colegio, si no te parece bien visar te vas al mercado libre que te esperará con los brazos abiertos y la faca desplegada.

Ahí no hay RD 1000 ni ley que valga ya que en este tema la relación colegio/colegiado es voluntaria. Es lo que hay.



Creo que en documento adjunto esclarece que atribuciones tiene cada una de las partes intervinientes en un seguro, y aclara que obligaciones y derechos tiene el tomador del seguro, en este caso tratandose una entidad juridica o Colegio Profesional como es el caso que nos ocupa.

Por tanto creo que que el colegio no es tan dueño y señor de pactar lo que estime oportuno, algo, que no esté escrupulosamente dentro de la ley

Mi pregunta sigue siendo la misma, donde está esa poliza suscrita, fechada y firmada por la asegurado y el Colegio. Porque llevo dos meses esperando del Colegio dicha poliza, entre otras cosas porque algunos de mis clientes me lo exigen por contrato, y solo puedo facilitar el recibo de pago, pero nada mas, por lo menos por ahora.

Saludos, y espero que alguien nos o me ilumine.
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#260071
asombrado escribió:
JORDIM escribió:
Yole escribió:
JORDIM escribió:
HASTA LUEGO LUCAS escribió:Pues yo creo que cualquier póliza de este tipo, consensuada entre colegio/s y aseguradora/s tiene por objeto ir en contra del RD 1000/2010, lo que supone un fraude de Ley, y posiblemente sea declarada nula de pleno derecho por cualquier juez.


Creo que va a ser que no.


Lo tuyo es pura intuición o tienes una base legal?


Si el colegio es el tomador del seguro, es dueño y señor de pactar las condiciones que estime oportunas con la compañía, por tanto si dicen que a visar, a visar tocan y como no es obligatorio hacer la RC con el colegio, si no te parece bien visar te vas al mercado libre que te esperará con los brazos abiertos y la faca desplegada.

Ahí no hay RD 1000 ni ley que valga ya que en este tema la relación colegio/colegiado es voluntaria. Es lo que hay.



Creo que en documento adjunto esclarece que atribuciones tiene cada una de las partes intervinientes en un seguro, y aclara que obligaciones y derechos tiene el tomador del seguro, en este caso tratandose una entidad juridica o Colegio Profesional como es el caso que nos ocupa.

Por tanto creo que que el colegio no es tan dueño y señor de pactar lo que estime oportuno, algo, que no esté escrupulosamente dentro de la ley

Mi pregunta sigue siendo la misma, donde está esa poliza suscrita, fechada y firmada por la asegurado y el Colegio. Porque llevo dos meses esperando del Colegio dicha poliza, entre otras cosas porque algunos de mis clientes me lo exigen por contrato, y solo puedo facilitar el recibo de pago, pero nada mas, por lo menos por ahora.

Saludos, y espero que alguien nos o me ilumine.


Nadie ¿tiene esa póliza firmada y sellada?
¿valdría la pena denunciar en consumo o dónde?
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