Buen punto de vista Cueli, no te tenia "fichau".
Fijate lo que lei hoy en el "PROCEDIMIENTO PARA LAS INSPECCIONES DE INSTALACIONES ELÉCTRICAS DE BAJA TENSIÓN SEGÚN EL REGLAMENTO APROBADO POR RD. 842/2002" firmado por el jefe de servicio de autorizaciones energéticas.
Cito textualmente (copio pego):
"Los cuadros ubicados en una instalación eléctrica de baja tensión que alimentan diferentes
equipos a través de circuitos que salen de dicho cuadro, son considerados como parte de la
instalación eléctrica de baja tensión y por lo tanto son considerados como cuadros de
distribución de baja tensión y no como cuadros de servicio o de máquina.
Se entiende que es cuadro de máquina, aquel que esta ubicado en el mismo cuerpo de la
maquina, o que, aun no estando ubicado en la misma máquina, es únicamente utilizado como
cuadro de protección de la máquina en cuestión. Si el cuadro y la máquina son trasladados a
otra ubicación, simplemente se desconectaría de su alimentación y no afectaría para nada al
resto de la instalación, la cual podría seguir funcionando correctamente."
El documento está accesible en la web de ASOCAS. En el punto 3, parrafo 4, topamos con esto.
Me gustaria que en base a esto, se explicara entonces la negativa de la inspección.....pero no se que me da que me jubilare sin saberlo.
Fijate lo que lei hoy en el "PROCEDIMIENTO PARA LAS INSPECCIONES DE INSTALACIONES ELÉCTRICAS DE BAJA TENSIÓN SEGÚN EL REGLAMENTO APROBADO POR RD. 842/2002" firmado por el jefe de servicio de autorizaciones energéticas.
Cito textualmente (copio pego):
"Los cuadros ubicados en una instalación eléctrica de baja tensión que alimentan diferentes
equipos a través de circuitos que salen de dicho cuadro, son considerados como parte de la
instalación eléctrica de baja tensión y por lo tanto son considerados como cuadros de
distribución de baja tensión y no como cuadros de servicio o de máquina.
Se entiende que es cuadro de máquina, aquel que esta ubicado en el mismo cuerpo de la
maquina, o que, aun no estando ubicado en la misma máquina, es únicamente utilizado como
cuadro de protección de la máquina en cuestión. Si el cuadro y la máquina son trasladados a
otra ubicación, simplemente se desconectaría de su alimentación y no afectaría para nada al
resto de la instalación, la cual podría seguir funcionando correctamente."
El documento está accesible en la web de ASOCAS. En el punto 3, parrafo 4, topamos con esto.
Me gustaria que en base a esto, se explicara entonces la negativa de la inspección.....pero no se que me da que me jubilare sin saberlo.