Propagación interior y exterior, evacuación, instalaciones de protección contra incendios, intervención de bomberos, resistencia al fuego de la estructura
por
#27181
Saludos a todos!

Imaginad un solar con una planta sótano de aparcamiento que ocupa el 100% del solar, centrado en él se encuentra un edificio cuyas fachadas están retranqueadas 20 metros respecto a los lindes del solar (es decir a vía pública.

En caso de incendio, si yo estoy en la puerta del edificio, en esos 20 metros por lo que evacuo hasta la calle estoy caminando por encima del sótano.
¿Se considerarían esos 20 metros espacio exterio seguro según el CTE?

Ségún los criterios de interpretación, un patio sí que cumpliría, pero que pasa cuando tienes un aparcamiento bajo ese patio??
Avatar de Usuario
por
#27184
En ese caso esos 20 metros se considerarían espacio exterior seguro si la estructrua de ese hipotético aparcamiento es independiente de la del hipotético edificio que hay sobre rasante, y, en caso de incendio, éste no puede afectar al edificio y al aparcamiento simultáneamente.
por
#27186
Muchas gracias por tu rapidez Antonio!

Totalmente independiente considero que no es, puesto que el aparcamiento comunica con el edificio a través de dos escaleras y ascensores, por supuesto con sus respectivos vestíbulos de independencia.

Tengo entendido que para que las estructuras sean totalmente indepedientes, se "redobla" la estructura en común y no hay ningún hueco que comuniquen ambas estructuras.

En mi caso, hay pilares que arrancan en el aparcamiento, atraviesan el edificio y mueren en el último forjado. Además parte del forjado del sótano es el suelo de la planta baja del edificio. ¿Opinais que son independientes?
Avatar de Usuario
por
#27398
RGB escribió:En mi caso, hay pilares que arrancan en el aparcamiento, atraviesan el edificio y mueren en el último forjado. Además parte del forjado del sótano es el suelo de la planta baja del edificio. ¿Opinais que son independientes?

No son independientes, así que me temo que no se cumplen las dos condiciones simultáneamente.
por
#27586
Si el edificio está situado en un área consolidada y la ocupación no excede de 500 personas, ... yo creo que sí puede hacerse lo que plantea RGB


Imaginaos un aparcamiento bajo rasante cuya cubierta sea a la vez una gran plaza pública de una ciudad y desde la que se accede y se evacuan los edificios que conforman la plaza. ¿dónde tenemos que situar en este caso el espacio exterior seguro?


Mírate la definición de "salida de edificio" y su relación con el espacio exterior seguro en el anejo A de terminología donde se dicen estas cosas.
Avatar de Usuario
por
#27598
olerux escribió:Imaginaos un aparcamiento bajo rasante cuya cubierta sea a la vez una gran plaza pública de una ciudad y desde la que se accede y se evacuan los edificios que conforman la plaza. ¿dónde tenemos que situar en este caso el espacio exterior seguro?

Pues en la plaza, si la estructura del aparcamiento y la de los edificios que conforman la plaza son independientes. Si no lo son, pues no podrá estar situada en la misma.

De hecho, rememorando un par de casos que conozco con los típicos parkings bajo rasante en una gran plaza conformada por edificios que la circundan, éstos no presentan estructura común con el parking, lo cual difiere del caso que propone RGB.
por
#27609
Bueno, acabo de volver a leer lo que escribí anteriormente y veo que no tiene mucho sentido. La cuestión parece más sencilla

En primer lugar y de cara a la seguridad ante un incendio, el edificio de RGB da igual que esté situado en un casco urbano o en medio del campo, .... o no? ;)

En segundo lugar, la salida de establecimientos con ocupación menor que 500 personas y situados en áreas consolidadas que cita el DB SI, esta pensada para permitir la existencia de locales de aforo importante (tales como cines, discotecas, salas de juego, etc..) con salida a calles angostas de cascos urbanos consolidados que no podrían cumplir la definición genérica de espacio exterior seguro del anejo de terminología. Nada tiene que ver con el edificio en cuestión. :nono


Aparte de esto, el edificio que propone RGB no tiene mayor problema porque la cubierta del aparcamiento se puede considerar espacio exterior seguro ya que:

- Permite la dispersión de los ocupantes del edificio
- Está comunicado con la red viaria
- Permite la disipación del humo y del calor producidos por un incendio
- Permite (o debe permitir) el acceso de los vehículos de bomberos


El punto 6 de la definición de espacio exterior seguro sólo puede considerarse en caso de que los ocupantes del edificio permanezcan en esa cubierta. Como en este caso está comunicada con la red viaria y sólo la atraviesan, basta que tenga resistencia REI suficiente.

vamos, creo yo. pero opinen, por favor. :usuario


.
Palabras clave
Temas similares

Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 0 invitados

Permisos de mensaje

No puede abrir nuevos temas en este Foro
No puede responder a temas en este Foro
No puede editar sus mensajes en este Foro
No puede borrar sus mensajes en este Foro
No puede enviar adjuntos en este Foro