Propagación interior y exterior, evacuación, instalaciones de protección contra incendios, intervención de bomberos, resistencia al fuego de la estructura
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#278808
Hola todos,
Antes de nada, he mirado en los foros, pero no he encontrado una respuesta concreta, asi que pregunto a ver quien me puede decir algo.

Tengo un local de unos 320 m2 uso comercial, con un aforo de unas 160 personas segun dbsi, y un recorrido de evacuacion de 37m, por lo tanto necesito 2 salidas, una normal y otra de emergencia.
El caso es que no puedo colocar la puerta donde quiera, solo tengo una fachada al exterior, y a su vez una pequeña parte de la fachada está al mismo nivel de calle. He mirado el DBSI, y solo dice tengo que tener una segunda puerta, considerando la hipotesis de bloqueo de una de ellas, pero no dice nada de distancias entre puertas, eso me lleva a entender que aunque esten una al lado de otra, es suficiente, son 2 puertas.
os adjunto plano para que os hagais una idea.

¿Que opinais? ¿Hay alguna normativa que diga algo adicional sobre la situacion de las puertas de emergencia?

Saludos.
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Última edición por gmclamo1 el 18 Ago 2011, 09:10, editado 2 veces en total
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#278813
Mirando el Anexo del DBSI, dice literalmente: "Se considera que dos recorridos de evacuación que conducen desde un origen de evacuación hasta dos salidas de planta o de edificio diferentes son alternativos cuando en dicho origen forman entre sí un ángulo mayor que 45º o bien están separados por elementos constructivos que sean EI 30 e impidan que ambos
recorridos puedan quedar simultáneamente bloqueados por el humo"


Entiendo por lo tanto que los recorridos desde el origen como lo he planteado que tienen 50 º de separacion, cumple esta condicion (adjunto plano)
¿Que opinais?
Saludos
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#278815
gmclamo1 escribió:Entiendo por lo tanto que los recorridos desde el origen como lo he planteado que tienen 50 º de separacion, cumple esta condicion (adjunto plano)
¿Que opinais?


Que como argucia no está mal, pero desde luego no cumples con el DB SI, puesto que los 45º son a partir de donde se acaba la distancia máxima que te permite disponer de un único recorrido o si, ambos recorridos, después de separarse no se vuelven a juntar, que no es tu caso.

Tal como lo veo, o pones un elemento EI 30 o, en eso que a mí me parece una cristalera, abres una puerta de emergencia y te olvidas de la de abajo que, a efectos prácticos, es una única salida.
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#278816
Hola!

Lo primero, el DB-SI dice que la longitud de los recorridos de evacuación desde su origen hasta algún punto en el cual existan dos recorridos alternativos debe ser como mucho de la distancia máxima en el caso de unica salida, en tu caso 25 metros. Esa condición no se cumple en tu esquema.

Segundo, y hablando ya de recorridos alternativos, la condición de los 45º debes cumplirla en ese punto, que a ti te quedará en medio de la tienda. Y según la interpretación que yo hago de dicha definición, el ángulo debe ser de al menos 45º pero trazando la línea del recorrido directamente hasta la salida. En mi opinión, dada la anchura existente entre los recorridos que planteas, podrían quedar simultaneamente bloqueados por el humo. Es mi interpretación, pero yo creo que esto NO se cumple en tu esquema.

Un saludo
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#278874
Hola, dandole vueltas he encontrado la posibilidad de poner una puerta en otra fachada. La puerta sale a la calle a una altura de 1.05 sobre el nivel del local (En esa fachada, el local esta mas bajo que la calle). La duda ahora es si es necesario hacer el itinerario secundario accesible o no. El DBSI dice que le da igual como se llamen a a las puertas, solo que necesita un numero de puertas en funcion del aforo y de la longitud de los recoridos segun la tabla. Partiendo de que colocando 2 puertas cumplimos con el DBSI,ahora tambien hay que cumplir accesibilidad. No tengo claro si es necesario que la segunda puerta sea accsesible. Si consideramos que es una segunda puerta, entonces creo que no es necesario que tenga que ser accesible ya que el recorrido por la puerta grande valdria como accesible. Si consideramos que la puerta segundaria es de emergencia, entonces si tendria que ser accesible, ya que la accesibilidad dice que al menos una de las salidas de emergencia tienen que ser accesible, y como solo hay una puerta de emergencia, entonces se tendria que hacer accesible o hacer un refugio para minusvalidos a salvo del fuego.
Os adjunto plano a ver que opinais
Saludos
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#278895
gmclamo1 escribió: Partiendo de que colocando 2 puertas cumplimos con el DBSI,ahora tambien hay que cumplir accesibilidad. No tengo claro si es necesario que la segunda puerta sea accsesible. Si consideramos que es una segunda puerta, entonces creo que no es necesario que tenga que ser accesible ya que el recorrido por la puerta grande valdria como accesible. Si consideramos que la puerta segundaria es de emergencia, entonces si tendria que ser accesible, ya que la accesibilidad dice que al menos una de las salidas de emergencia tienen que ser accesible, y como solo hay una puerta de emergencia, entonces se tendria que hacer accesible o hacer un refugio para minusvalidos a salvo del fuego.


Léete bien el DB SI pues no dice eso.

Tu solución es válida y teniendo el acceso principal accesible, ya cumples con la normativa nacional. Otra cosa es cumplir con lo que diga la normativa Utonómica o local, que a algunas es para darles de comer aparte.
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#278907
Nada que añadir a lo que ya te ha comentado unomenos.

Solo un pequeño detalle. Supongo que la línea roja es la que utilizas para calcular la distancia de los recorridos de evacuación. Dicha línea deberías trazarla considerando las puertas y mobiliario fijo que podría haber en dicho establecimiento comercial, o que al menos vaya a ser contemplado en el Proyecto.

Un saludo
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#278908
Ya, si yo lo que ahora pregunto es por la accesibilidad, creo que ya el tema contra incendios esta resuelto. La pregunta es si la segunda puerta ha de ser accesible o bien tengo que hacer un refugio para minusvalidos.
Si me podeis contestar en base a la normativa autonomica de andalucia, mejor, pero creo que la nacional dice lo mismo.
Yo entiendo que no es necesario, pero quiero a ver si alguien me puede decir algo al respecto.

Saludos.
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#278909
gmclamo1 escribió:Ya, si yo lo que ahora pregunto es por la accesibilidad, creo que ya el tema contra incendios esta resuelto. La pregunta es si la segunda puerta ha de ser accesible o bien tengo que hacer un refugio para minusvalidos.
Si me podeis contestar en base a la normativa autonomica de andalucia, mejor, pero creo que la nacional dice lo mismo.
Yo entiendo que no es necesario, pero quiero a ver si alguien me puede decir algo al respecto.

Saludos.


Yo te puedo responder en base al CTE (de la normativa andaluza no tengo ni idea).

En mi opinión NO es necesario que la salida de emergencia sea accesible, ya que la hipótesis de bloqueo de una de las salidas solo se aplica a efectos de dimensionamiento de los elementos de evacuación. En el punto 9 del SI-3, dice que "toda planta de salida de edificio dispondrá de algun itinerario accesible desde todo origen de evacuación hasta alguna salida de edificio accesible", cosa que cumples con el acceso principal.

Es cierto que no me acaba de quedar del todo claro lo que quiere decir en el punto siguiente con "en plantas de salida de edificio PODRÁN habilitarse salidas de emergencia accesibles para personas con discapacidad diferentes de los accesos principales". Supongo que permite la posibilidad de no hacer accesible la entrada principal, siempre y cuando la salida de emergencia pueda considerarse parte de un itinerario accesible, pero esto puede chocar con las normativas autonomicas que obligan a hacer accesibles los accesos principales a los comercios.

Un saludo
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#278922
La normativa andaluza sobre accesibilidad es el decreto 293/2009. Hablando de memoria, en dicho decreto no te indica las condiciones que debe cumplir una salida de emergencia, porque como han comentado no es necesario. Aunque si te menciona las condiciones que debes cumplir ante desniveles. Creo que eso si deberías aplicarlo.

Un saludo
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