Hola compañeros,
Tengo entre manos la posibilidad de realizar una inst. de Rociadores para una nave de Envasado y almacenamiento de Aceite de Oliva.
La duda me asalta a la hora de clasificar el riesgo en función de la UNE 12845 para el diseño de rociadores.
Veamos, el almacenamiento se va a realizar en el interior de la nave en silos metálicos de unos 80.000 litros cada uno (en total serán aprox. 500.000 litros; unos 460.000 kg). La nave será riego A8 segúin el RSCIEI. Cada silo es como un cilindro de unos 4,5 m de ancho y de 6 o 7 de alto.
Desde el punto de vista de la 12845, entiendo que el nivel de riesgo para la zona de envasado será REP1 (por asemejarlo al linoleo) pero en el del almacenamiento no tengo ni idea. No sé si se aplica el anexo G para líquidos inflamables el cual se queda bastante corto en mi caso. ¿debo contemplar como altura de almacenamieto los 6,50 m. de altura de depósito?
En fin si alguién tiene alguna ayuda o comentario vayan mis gracias por adelantado.
Justo a mi me toco ser yo.
España sufre de diarrea legislativa. ¡Por favor un camión de Prinperán para el País.!