glauka escribió:http://www.soloingenieria.net/foros/viewtopic.php?f=20&t=21397&hilit=plan+de+seguridad
viewtopic.php?f=20&t=19903&hilit=plan+de+seguridad
asi rapido, aparece esto, asi que no has utilizado muy bien el buscador
Discúlpeme de nuevo.
Uno de los enlaces habla de lechuga y yo estoy preguntando por tomates, aunque los dos forman parte de la ensalada no tienen nada que ver.
El otro enlace responde parcialmente a mis necesidades:
1.- Está claro que el artículo 2 punto 3 dice que los autónomos son automáticamente subcontratistas de la promotora, que sería para ellos su contratista. Sería en ese caso el promotor el que haría el PSS que afectara a los autónomos.
2.- Pero esto no responde a mi pregunta: Una empresa
(no autónomo) que realizará un trabajo, que ha sido contratado directamente por una promotora (que no es constructora, y que solo actúa como contratista ante los autónomos que contrate), esa empresa (no autónomo) es contratista. Si ese contratista es contratada para hacer un trabajo de escaso valor monetario, escasa duración de la obra, y escaso número de trabajadores ¿también tiene que presentar un PSS? ¿para el ratillo que va a estar y el dinerín por el que se le ha contratado?
muchas gracias