- 24 Ene 2012, 19:40
#292385
Como Coordinador de Seguridad y Salud NO te corresponde a tí solicitar ningun corte de tráfico, igual que no le corresponde al resto de la dirección faculttiva hacerlo por motivos de ejecución de la obra (el de seguridad es un motivo de ejecución mas), a quien le corresponde hacerlo es a quien EJECUTA la obra, es decir a la empresa contratista, que es quien interfiere con dicho tráfico.
Tú, como CSS, si observas que existe un riesgo para los trabajadores, lo que deberás es hacer es dar las instrucciones pertienentes para que se proteja a los mismos debidamente (*), o en caso de siginificar un riesgo grave e inminente para que no se trabaje en dicha situación (paralización de los trabajos) hasta que se establezcan las medidas oportunas para eliminar dicho riesgo, todo ello a través del libro de incidencias.
(*) ¿y que es proteger a los trabajadores debidamente?
Pues aqui hay multiples opciones (**), de entre las cuales deberá evaluar cual se ajusta mas a los trabajos a realizar el contratista via Plan de Seguridad y Salud (o anexo correspondiente (incluyendo, si procede, modificación del presupuesto) y posterior aprobación (si procede) del CSS.
(**) ¿qué opciones hay?
Pues desde corte total de la via mientras se ejecutan los trabajos (con desvíos por una vía alternativa), pasando por cortes parciales con semáforos y/o señalistas, cortes de carril con pasos alternativos, desvíos provisionales de tráfico en la propia obra, disminucion de los anchos de carril, disminuciones de la velocidad de circulación, instalación de badenes, instalacion de barreras de hormigón en la zona de trabajo para proteccion de los trabajadores (las de plástico no protejen de nada), etc, etc.
El problema de todo esto está en que los desvíos de tráfico, es algo que ya debiera estar contemplado (y presupuestado) en el propio proyecto, pero que en muchas ocasiones el "proyectista" (por llamarlo de alguna manera) obvia.
Y respecto a la Dirección de Obra, pues que asuma SUS responsabilidades, si ellos quieren autorizar la realización de los trabajos en contra de tu criterio, que lo hagan, PERO POR ESCRITO (en la siguiente página a tu anotación, que escriban su autorización, acto seguido nuevamente anotas tu no conformidad y trasladas (las dos) a la ITSS a ver que opina)