manubc9 escribió:Hola,
Quería consultaros si para la medida de ruidos en máquinas destinadas a plantas de producción del sector de la automoción sería suficiente un sonómetro integrador de clase 2 con calibrador acústico. La medida sería para establecer la necesidad de EPIs en caso de superar los umbrales permitidos por ley.
Saludos
Los umbrales establecidos por ley, no estan establecidos en funcion del nivel sonoro que produce una fuente, sino en funcion de este nivel Y DEL TIEMPO DE EXPOSICION (puedes tener todo el ruido del mundo que quieras que si no va a haber nadie trabajando, se cumple perfectamentre (con la legislación de prl).
Lo que los fabricantes suelen hacer es suponer que el tiempo de exposición va a ser de 8 horas, con lo que directamente comparan el nivel de ruido emitido con los umbrales establecidos por ley, pero como esto no suele ser real (pq puede que no vaya a estar nadie expuesto 8 horas y por tanto puede que no se superen dichos umbrales), RECOMIENDAN en uso de epis, en vez de obligar al mismo. Como mucho, hacen una estimación de tiempos a partir de los cuales se superan los ubrales legales y se determinan la obligación de uso de EPIS.
Por cierto, la legislación de PRL sobre ruido, no obliga al uso de EPIs como medida de prevención frente al ruido, obliga a la adopción de medidas de prevención COLECTIVAS, y en tanto en cuanto se adoptan estas, PROVISIONALMENTE, al uso de EPIs