En principio no veo limitaciones de velocidad o caudal en el RITE a través de Rejillas.
La normativa municipal tampoco menciona ninguna limitación de caudal máximo o velocidad de aire viciado luego entiendo que instalando una rejilla sobre la puerta de acceso de 800x400 tendria 0.32m2 de rejilla.
Como aporto 1700m3/hr en planta sotano y esta estancia no tiene ninguna salida alternativa de aire, este desplazaria el volumen presente en planta sotano y subiria por la escalera hasta planta baja. De esta forma en la rejilla mencionada tendria una velocidad de 1.5m/s.
La unica referencia que veo en RITE a velocidad de circulacion en rejillas es:
<<IT 1.2.4.5.1. Enfriamiento gratuito por aire exterior
1. Los subsistemas de climatización del tipo todo aire, de potencia térmica nominal mayor que 70 kW en régimen de refrigeración, dispondrán de un subsistema de enfriamiento gratuito por aire exterior.
2. En los sistemas de climatización del tipo todo aire es válido el diseño de las secciones de compuertas siguiendo los apartados 6.6 y 6.7 de la norma UNE-EN 13053 y UNE-EN 1751:
a) Velocidad frontal máxima en las compuertas de toma y expulsión de aire:
6 m/s>>
Se que no pertenece al apartado de ventilacion pero es la unica referencia que veo. Normalmente la velocidad de circulación de fluidos viene regulada por tema de ruido.....
En la UNE 100-011..... Nada de Nada. ¿Alguna pista? ¿Por que decias que iba a ser complicado?
BECERRO escribió:
Va a ser complicado disponer de extracción natural los 1700 m3, pero no obstante, aportar en el sótano y extraer en planta baja es buena idea.
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