Instaciones eléctricas de baja, media y alta tensión; cables y accesorios, falsificaciones, métodos y técnicas de energía, data center, medida y control eléctrico
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#297909
Buenas:

He estado leyendo e informandome y ya he visto lo que indica el RD 1164/2001 art 9 punto 3 b Correccion de los efectos capacitivos y el REBT ITC-BT-43... tengo un cliente que tiene una bateria de condensadores que no saltan los escalones pequeños, y además tiene una fase un tanto descompensada por lo que cuando hay un menor consumo, en esa fase el valor del cos de phi esta en la media de -0,95 aunque en ocasiones llega a -0,84 (ó 0,84 Capacitivo)...
He visto en el foro también que en algunos casos al cliente se le ha "denunciado"... en que consiste, tiene que ser por una denuncia de otro como parece desprenderse desde el RD?? "Cuando la instalación de un suministro produzca efectos capacitivos que den lugar a perturbaciones apreciables en la red de distribución o de transporte, cualquier afectado por las perturbaciones podrá ponerlo en conocimiento del organismo competente" ó tienen que ser unos valores mucho mayores para que la electrica de turno le meta mano...

He leido que es peligroso (no deja de ser una "pila" gigante dando energía a la red), y que puede generar resonancia (esto entiendo que sería aguas arriba de la bateria de condensadores...

Yo le comente al responsable de mantenimiento lo de que estaba prohibido (me sonaba de haberlo leido por aqui) y como que no le daba mucha importancia (más bien ninguna) y tengo que hacerle un mini informe (de esto y otras cosas)...

Tenía pensado meterle el miedo por el lado de la penalización en factura (pero claro, al ser solo una fase en la que se generá este efecto, encima le sale "la cuenta" global de la reactiva mejor...) para que revisará la batería... (yo no sacó nada pues no damos ese servicio) lo que no quiero es que luego no me pueda echar en cara (si pasa algo) que no le haya avisado de consecuencias...
Tiene una media de consumo de 180 A por fase (picos de 280 y valles de 130 A pero bastante estable dia y noche por la actividad del mismo)
la tensión estable entre 231 V / 224 V y una THD en tensión de alrededor de 4,5% (hasta el 25 armonico), THD I alrededor del 20% y una intensidad en el neutro de media de 60 A (me parece mucha, pero con unos armonicos razonables no se si puede ser por ese problema en la bateria de condensadores)...

Con el cliente vimos que efectivamente nunca entraba los escalones bajos y que en la media de carga compensa en total una media de -0,99, es decir, capacitivo en regimén normal, lo que explica las medidas de -0,84 cob cargas bajas...

Bueno, mucho rollo, pero quiero cubrirme en vista de que tiene pinta de "no querer" moverse y quería tener casos algo más especificos de que puede pasar y en que niveles por generar energía activa capacitiva.

Gracias
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#297958
Pero prohibido está:

ITC-BT 43 punto 2.7:
Las instalaciones que suministren energía a receptores de los que resulte un factor de potencia inferior a 1, podrán ser compensadas, pero sin que en ningún momento la energía absorbida por la red pueda ser capacitiva.
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#297982
Buenas:

Ya, esaizmata, si te fijas, es lo primero que he comentado, conozco el RD y el REBT, he leido antes en el foro y he buscado asuntos parecidos, pero lo que quiero es saber si hay gente con experiencia en estos casos y que realmente la distribuidora de turno haya actuado, o si a los niveles que menciono y con los datos que he facilitado, dificilmente podría darse el caso... de hecho creo que muchos de los contadores del mercado no miden la capacitiva, por lo que la distribuidora no se llegará a enterar si no hay quejas por parte de otros como rezan los reglamentos..., no será la primera vez que el problema de un cliente lo detecta por saltos aguas arribas de diferenciales y tras denuncia el que genera el problema "lo soluciona"... pero en casos de capacitiva desconozco si es así o como actuan las distribuidoras.

Si que esta prohibido, lo conozco, lo que quiero es saber si con los datos que he pasado habeis visto actuaciones de las distribuidoras o son en casos mucho más agresivos, asi como si además de la prohibición legal, el cliente esta corriendo algún riesgo que le pueda derivar en un mal funcionamiento, averías, etc... y no solo afecta aguas arriba, como yo creo... lo unico que entiendo puede afectar es esa descompensación que tiene en el neutro de 50A...

Tantas cosas hay prohibidas :lol y ya se que el desconocimiento :chorradas no exime :chorradas por eso quiero avisar-asustar al cliente, pero con cierta base basado en experiencias que hayais tenido, si no, me parece a mi, que esto es como una leyenda urbana, tengo un amigo que tiene un amigo que un día aparecio XXX y le corto el suministro... porque insisto, me canso de ver barbaridades, aviso y listo, pero en este caso, tengo que hacer un info y me da reparo, ya que vi, que el responsable de mantenimiento piensa que esto es una leyenda urbana....

Gracias.
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#297987
Pues lo siento pero en eso no te puedo ayudar mucho, porque no conozco casos en los que haya ocurrido eso que comentas.

Lo siento.
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#297992
Don´t worry, gracias no obstante, si ya se que la cosa es jod... pero como aqui hay maquinones con mucha experiencia espero que haya gente que me pueda iluminar, si no lo dicho, pensaré que se trata de una leyenda urbana :wink

Por eso busque antes de preguntar, porque la mayoría de dudas se resuelven con una buena busqueda....
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