Goran Pastich escribió:Katy escribió:He estado buscando en el REBT y me parece interpretar que por el patinillo de electricidad no puedo pasar nada que no sea Derivacion Individual.
Te parece bien, el patinillo de la DI es exclusivo. Y el reglamento de ITCs viene a decir lo mismo.
Pues alguna solución tendra que tener.
El único sitio donde encuentro la exclusividad en el reglamento de las ITCs es en la definicion de Canalización de enlace
15.4 Canalización de enlace
Esta canalización, que será lo más rectilínea posible, podrá estar formada por:
a) Sistemas de conducción de cables que ofrezcan protección mecánica tales como tubos (que podrán instalarse empotrados, en montajes superficiales, aéreos, en huecos de la construcción o enterrados), o canales (que podrán instalarse empotrados siempre que sea accesible su tapa, en montaje superficial, aéreo o en huecos de la construcción);
b) Sistemas de conducción de cables que no ofrezcan protección mecánica tales como bandejas (en montaje superficial, aéreo o a través de huecos de la construcción);
c) Cables fijados directamente a la pared o techo mediante bridas, abrazaderas, etc., siempre que discurran por el interior de galerías con espacios reservados para telecomunicaciones y cumplan los requisitos de seguridad entre instalaciones establecidos en el apartado 8 de este anexo.
En los dos primeros casos, alojarán, exclusivamente, redes de telecomunicación.En la definición 5.7 Canalizacion principal no veo nada.
Ya me veo diciendole al cliente que compre un generador para que pueda cargar la batería...... pero un generador de hidrogeno para que desprenda oxigeno y no tengamos que hacer obra

y sacar los humos al tejado.
Seguire buscando