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#305465
Buenas a todos, me e pasado la mañana mirando y googleando atribuciones y se me a ocurrido realizar aquí una pequeña guia de las atribuciones que e encontrado. Hay varios post que e mirados pero eran de ingenierías concretas, si os animais y conoceis las iré implementando.

Atribuciones de ITI con los grados correspondientes actuales:
Orden Ministerial CIN/351/2009, de 9 de febrero:
• El graduado en Ingeniería Mecánica tendrá las atribuciones profesionales del actual Ingeniero Técnico Industrial Especialidad Mecánica.
• El graduado en Ingeniería Eléctrica tendrá las atribuciones profesionales del actual Ingeniero Técnico Industrial Especialidad Electricidad.
• El graduado en Ingeniería en Electrónica Industrial y Automática tendrá las atribuciones profesionales del actual Ingeniero Técnico Industrial Especialidad Electrónica Industrial.



Ley 38/1999 de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación.
La L.O.E. define tres grupos de edificaciones (A, B, y C), y asigna atribuciones a los INGENIEROS TÉCNICOS INDUSTRIALES para intervenir en los edificios incluidos en los grupos B y C, en toda su extensión, como proyectistas de edificación o directores de obra, y reitera la necesidad de su intervención como proyectistas en los proyectos complementarios de todos los grupos.
a) Administrativo, Sanitario, religioso, residencial, docente y cultural.
b) Aeronáutico, Agropecuario, de la energía, de la hidráulica, minero, de telecomunicaciones, del transporte terrestre, marítimo, fluvial y aéreo, forestal, industrial, naval, de saneamiento e higiene y accesorio a las obras de ingeniería y su explotación.
c)Todas las demás edificaciones cuyos usos no estén relacionados con los grupos anteriores.
Tituláciones incluidas en estas atribuciones:
los títulos académicos de la familia de la Ingeniería Técnica Industrial, que son:
- Ingeniero Técnico Industrial en Electricidad
- Ingeniero Técnico Industrial en Electrónica Industrial
- Ingeniero Técnico Industrial en Mecánica
- Ingeniero Técnico Industrial en Química Industrial
- Ingeniero Técnico Industrial en Textil
Estas cinco titulaciones académicas son las que permiten el acceso a la PROFESIÓN de INGENIERO TÉCNICO INDUSTRIAL, a la cual afecta la Ley de ATRIBUCIONES.
Con posterioridad, en el año 2004 y por mandato estatutario, a dichas titulaciones se les se sumó, con determinadas limitaciones, la titulación académica de
- Ingeniero Técnico en Diseño Industrial



Real Decreto-Ley 37/1977
Artículo Primero
1.- Los Peritos Industriales tendrán idénticas facultades que los Ingenieros Industriales, incluso las de formular y firmar proyectos, limitados a las industrias o instalaciones mecánicas, químicas o eléctricas cuya potencia no exceda de 250 CV, la tensión de 15.000 V y su plantilla de cien personas, excluidos administrativos, subalternos y directivos.
2.- El límite de tensión será de 66.000 V cuando las instalaciones se refieran a líneas de distribución y subestaciones de energía eléctrica.



Fuentes:
http://www.coeticor.org/133atrib_ley.htm
http://portal.uned.es/portal/page?_page ... ema=PORTAL
http://www.coitim.es/coitim/cms/conteni ... &IdMenu=59
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