- 07 Nov 2007, 12:44
#30872
Hola,
tengo que realizar una apertura de una cafeteria que tendrá aperitivos y comida fria. No se realizará ningun tipo de coccion ya que la comida se traerá cocinada de otro bar que esta al lado.
En el ayuntamiento me dicen que esto es un establecimiento publico y que tiene que ser licencia ambiental, pero en el nomenclator de actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas de la Generalitat Valenciana las cafeterias y bares viene como actividad NO clasificada si no posee ambiente musical.
Me da que voy a tener que pelearme con el funcionario de turno. ¿Sabeis si puede exigirme que lo haga como actividad calificada por alguna normativa del ayuntamiento de petrer (Alicante)?
Gracias.