Dudas relativas a la documentación proyectual y dirección facultativa
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#310588
Buenas tardes,
un cliente nos ha pedido que ofertemos la redacción del proyecto de ejecución para obtención de la licencia de obra y que firmemos el CFO de una obra de construcción y puesta en marcha de una instalación industrial. Pero no nos ha contratado la dirección facultativa. Mi pregunta es, ¿se puede firmar el CFO sin ser director de obra?? Yo creo que no .Por otro lado, esta empresa es de valencia, pero la obra se ejecutará en Santander. Puedo yo por estar e santander firmar el CFO sin ser director de obra?? Tengo mis dudas sobre si esto es correcto ya que si firmo el CFO asumo la responsabilidad de la obra, pero no voy a hacer la DO por lo que no puedo supervisar la correcta ejecución no? Que haríais??
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#310646
A ver. Según la LOE,la Dirección Facultativa de una obra la forman: 1) El Director de Obra, y 2) El Director de Ejecución de la Obra. AMBOS son contratados por el promotor de la obra, y AMBOS emiten un CFO, cada uno de sus respectivas responsabilidades.

Si se trata de una instalación industrial, ambas figuras pueden recaer en la misma persona, si tiene la titulación de Ingeniero.

Lo primero que deberías aclarar es lo que realmente te están pidiendo... si ser Dirección Facultativa, ser Dirección de Obra o ser Director de Ejecución de la Obra.

Un saludo
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#310674
Buenas tardes Carlos. Antes que nada, gracias por tu respuesta. A ver. Lo que están pìdiendo está muy claro. Me están pidiendo que firme el CFO y que les de un precio por administración para temas puntuales de dirección facultativa. De ahí mi pregunta. Si la dirección facultativa está formada por el director de obra y el director de ejecución y yo (mi empresa) no va a realizar ninguna de las dos labores porque no nos han pedido que lo valoremos (entendemos que lo van a hacer ellos), entonces, si yo firmo el CFO, estaría asumiendo la responsabilidad de la obra sin hacer ningún tipo de supervisión. Lo que estamos planteando es ofertarles una supervisión mínima en forma de un o dos visitas semanales a obra para supervisar un poco el avance de los trabajos. Por otro lado, claro, si no nos contratan la dirección facultativa, en el organigrama del proyecto ni yo ni me empresa aparecerá como DO o dirección de ejecución. Por lo tanto, no se si a nivel legal, una figura que no ha sido nombrada ni designada como dirección facultativa, puede firmar el CFO. Ya se que quizás es un poco lioso pero eso mismo es lo que me está liando a mi.

Un saludo,
Guillermo
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#310685
Insisto, SÓLO pueden firmar CFO el Director de Obra o el Director de Ejecución de Obra. Si os piden firmar el CFO es que os están pidiendo actuar como una de las dos figuras, o las dos a la vez (obras industriales).

Pero eso de firmar el CFO sin ser DO o DEO no puede ser... ya que no tenéis legitimidad para ello.
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#310871
He leido que en los colegios oficiales existen formatos para designación o nombramiento de la dirección facultativa. ¿Es esto cierto? Entiendo que es suficiente con recoger en un acta el nombramiento de los componentes de la dirección facultativa no?

Muchas gracias y un saludo Carlos.
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#310881
imadigag escribió:He leido que en los colegios oficiales existen formatos para designación o nombramiento de la dirección facultativa. ¿Es esto cierto? Entiendo que es suficiente con recoger en un acta el nombramiento de los componentes de la dirección facultativa no?

Muchas gracias y un saludo Carlos.


En el Colegio de Asturias existe un documento de "Asume de Dirección Técnica", en el que se formaliza dicho nombramiento.

No obstante, el documento en el que se realiza la formalización de todos los miembros de la Dirección Facultativa, el Coordinador de Seguridad y Salud (si es que es necesario), Constructor Principal y Promotor es en el "Acta Inicial de replanteo de la Obra", que es el pistoletazo de salida de la misma.

Me parece que sigues un poco liado con todo ello... por lo que veo. Si vas a asumir la Dirección de Obra, tendrás que presentar dicho documento en el Colegio (Ley Omnibus aparte...)

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