Todas las instalaciones eléctricas, por lo menos desde el REBT del año 1973, deben tener certificado de la instalación eléctrica, Boletín. Por aquellos años en el boletín venía reflejada la Potencia máxima admisible de la instalación que la controlaba el ICP. Las instalaciones, en principio, deben cumplir la normativa de cuando se pusiseron en servicio, luego si tu instalación fue puesta en servicio entre el 1973 y el 2003, tendrá un boletín con una potencia máxima admisible que es la máxima que puedes tener contratada, sin problemas ni tener que hacer nada más que comunicarle a la compañía el aumento de potencia para modificar el contrato y posterior precintado del ICP correspondiente. Por ejemplo si tu boletín tiene 5,5 kW de potencia máxima puedes contratar hasta 5,75 kW que es la correspondiente actualmente al ICP de 25 A a 230 V. El 5,5 kW salía de considerar los 220V. de antaño.
Actualmente el REBT del 2002 habla de Potencia prevista e instalada y las define como anteriormente se indica:
POTENCIA PREVISTA O INSTALADA
Potencia máxima capaz de suministrar una instalación a los equipos y aparatos conectados a ella, ya sea en el diseño de la instalación o en su ejecución, respectivamente.
esto es:
Potencia prevista:Potencia máxima capaz de suministrar una instalación a los equipos y aparatos conectados a ella en el diseño de la instalación (potencia máxima para la que se diseña)
Potencia instalada:Potencia máxima capaz de suministrar una instalación a los equipos y aparatos conectados a ella en su ejecución. (potencia máxima en su puesta en servicio, se supone que aplicando los coeficientes de simultaneidad correspondientes)
Por ejemplo en una vivienda actual al potencia real instalada es muy superior a la prevista (actual máxima admisible)
Actualmente el REBT del 2002 habla de Potencia prevista e instalada y las define como anteriormente se indica:
POTENCIA PREVISTA O INSTALADA
Potencia máxima capaz de suministrar una instalación a los equipos y aparatos conectados a ella, ya sea en el diseño de la instalación o en su ejecución, respectivamente.
esto es:
Potencia prevista:Potencia máxima capaz de suministrar una instalación a los equipos y aparatos conectados a ella en el diseño de la instalación (potencia máxima para la que se diseña)
Potencia instalada:Potencia máxima capaz de suministrar una instalación a los equipos y aparatos conectados a ella en su ejecución. (potencia máxima en su puesta en servicio, se supone que aplicando los coeficientes de simultaneidad correspondientes)
Por ejemplo en una vivienda actual al potencia real instalada es muy superior a la prevista (actual máxima admisible)