Buenos días
Brevemente explico mi problema. He realizado el proyecto de adaptación de una discoteca, traspasada, a la nueva normativa acústica del municipio. Después de muchas idas y venidas con el Asustamiento, ahora me vienen textualmente con esto:
"
Indicando asimismo el aislamiento previsto por ellas (las puertas), que no podrá ser inferior a 60 dB(A)".
Le he explicado repetidamente que ese aislamiento lo ha de dar el paramento completo y no los elementos particulares.......... pero nada
Esto es para la puerta de emergencia y la puerta de acceso. Si bien en la de emergencia se podria hacer un vestibulo (cosa que no me gusta nada) en el vestíbulo de la puerta principal ambas puertas (pues van a medir con una de ellas abierta) han de dar los 60dB.
Bueno no he encontrado nada de nada en España que me cumpla ese requerimiento.
Por favor ¿alguien se ha encontrado alguna vez en una engatada similar? ¿ conocéis algún fabricante que haga algo tan "enorme"?
Por cierto desconozco hasta que punto estoy obligado a indicar marca y modelo de limitador acústico en el proyecto, corregidme si me equivoco, pero con una adecuada descripción en el presupuesto y en el pliego seria suficiente.
Yo no puedo obligar a mi cliente a compara marcas determinadas.
¿Hasta que punto me pueden exigir algo asi para "autorizar" el proyecto?
Creo que si todo son arbitrariedades no son casuales .................. ¡pobre

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Muchas gracias