Posibilidad de renuncia como testigo y/o perito en Juicio (Valoración de 4.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Atribuciones y competencias profesionales, asociación corporativa, opiniones y críticas de la profesión, etc.
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#336811
Amigos todos;

Os cuento la situación esquemáticamente para no haceros perder el tiempo:

1- Comunidad quiere reformar su portal. Contrata a un gestor de obras, éste a su vez a mi para llevar el diseño y legalización de la electricidad: Cambio de instalaciones y paso de B1 a B2.
2- Obtengo permisos y excepciones de cumplimiento del REBT de Ayto e Industria y comienzan las obras. Paso la primera parte de mis honorarios y los cobro. Según el acuerdo el resto se factura con la puesta en marcha.
3- La centralización va empotrada a 0,5m de la puerta de una vecina, en las zonas comunes. A esta no le parece bien. Denuncia ante Industria, el Ayto, Colegio de Ingenieros, Asociación de instaladores, ...
4- Industria y el Ayto me piden informes e inspeccionan la obra (en ese momento parada cautelarmente), deciden que no hay nada raro.
5- La vecina denuncia judicialmente. La Comunidad se pone en contacto con el gestor de obras para que localice un perito de parte. Me proponen a mi. El abogado no ve problema por que sea yo siendo el director de obra. Paso factura de mis honorarios por las periciales.
6- Preparo informes y se presentan. El juez dice que antes del juicio tiene que haber unas reuniones con los peritos de la otra parte y ver si se llega a un acuerdo. Más reuniones, más informes. No hay acuerdo.
7- Se fija fecha del juicio la semana que viene. Estoy citado como testigo por ser el Director de Obra. No he cobrado la pericial. Lo he reclamado numerosas veces.

---- La pregunta ---
¿Puedo "renunciar formalmente" en el juzgado a declarar en base a que no he cobrado? ¿Como testigo? ¿Como perito?

¿Hay alguna otra medida de presión para cobrar antes del juicio y hacer mi trabajo bien? (Es que la comunidad tiene razón y por esta bobada podrá perder el juicio).

Gracias de antebrazo.
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#336813
Valles, mi opinion es que aguantes. Cobrarlo lo vas a cobrar...
Y si no, no hay CDFO y punto... Y sin eso no se puede legalizar.
A mi a día de hoy nadie me debe dinero porque no me bajo de mi burro bien gordo. Yo puedo empezar un trabajo sin cobrar nada, pero la documentación la entrego post cobro (y eso para cualquier cliente, es mi política).
Tarde o temprano cobras, por la vía que sea, es peferible eso perder el curro y el cliente.
Saludos y suerte
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#336816
pipas escribió:Valles, mi opinion es que aguantes. Cobrarlo lo vas a cobrar...
Y si no, no hay CDFO y punto... Y sin eso no se puede legalizar.
A mi a día de hoy nadie me debe dinero porque no me bajo de mi burro bien gordo. Yo puedo empezar un trabajo sin cobrar nada, pero la documentación la entrego post cobro (y eso para cualquier cliente, es mi política).
Tarde o temprano cobras, por la vía que sea, es peferible eso perder el curro y el cliente.
Saludos y suerte

¿Y si perdemos el juicio y no se puede acabar la instalación?
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#336820
No veo claro que seas el director de obras y a la vez perito de una de las partes, evidentemente en tu informe no vas a tirar piedras a tu propio tejado, en este caso a tu propia obra, por lo que no serías totalmente imparcial. Si quieres renunciar como perito, puedes proponer este motivo.

Otra cosa es si el juez te llama a declarar, entonces no te queda más remedio.
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#336821
No puedes renunciar por "NO haber cobrado"... ; aunque parezca de peorgrullo, eso no te exime por si imsomo de ninguna obligacion.. las que tubieras, las sigues teniendo..


EN CIVIL :

Como perito JUDICIAL, antes de ir a la vista, has de ratificarte en el informe que hayas presentado en el juzgado.. es un acto que se suele hacer en el mismo momento que presentas el informe... Firmas acta de entrega de informe y acta de ratificacion en el.. Ese es le primer momento a dejar el asunto..

Como perito de parte, te ratificas en el momento de la VISTA, ante el juez.. ; creo que NO hay otro momento.. ; ya que tu informe no lo presentas en el el juzgado, si no se lo das a la parte y esta lo aporta..

Si eres SOLO un testigo propuesto, puedes no presentarte.. ; No compareces.. y no has de hacer nada mas.. ; el que te propuso se queda sin testigos, SOLO eso..

Si eres PERITO de parte; con respecto al juzgado, no has de hacer nada mas.. Si no vas al avista a ratificar el informe, es como si no lo hubieran presentado.. ; el único posible compromiso, es con la parte en si, a la cual debieras advertir por escrito, (Burofax) para evitar posibles reclamaciones .. ; si les sale mal el juicio, por no contara con tu informe, no te vayan a pedir responsabilidades a ti a posterior..

Pero de cara al JUZGADO, al ser propuesto por una de las partes, NO les debes comunica nada de nada...
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#336822
ya ha dicho que es périto de parte. Los otros habrán llamado a otro y el juez a un tercero de oficio. Según lso tres informes, el juez decide.

Lo que no es de recibo es que siendo de parte, esa parte no le haya pagado lo suyo... pero también está claro que si el juez te llama (que te ha llamado) lo único que puedes hacer es ir o justificar que no puedes ir (podrías forzar un aplazamiento). Un billete de avión, por ejemplo, te puede valer. Luego lo devuelves y ya. Alargar plazos te puede servir para presionar.
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#336823
BECERRO escribió:No veo claro que seas el director de obras y a la vez perito de una de las partes, evidentemente en tu informe no vas a tirar piedras a tu propio tejado, en este caso a tu propia obra, por lo que no serías totalmente imparcial. Si quieres renunciar como perito, puedes proponer este motivo.

Bueno, tiene su punto.. yo no lo veo mucho, tampoco... pero los testigos de parte, siempre se les presupone "parciales".. y en ese sentido, digamos que se admite la pericia, mas que para saber la "verdad" para saber la "argumentación" técnica a su favor, mas allá de los "otrosi digo"...

Otra cosa es si el juez te llama a declarar, entonces no te queda más remedio.
Si el Juez le llama, o si es perito judicial, es otro asunto.. pero el juez NO propone testigos en asuntos civiles.. en penal o contencioso, es tema distinto, pero aquí.. es una mera testifical propuesta.. si no va.. se queda son ella quien la propone.. no hay mas..

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#336824
no, si no va tiene multa, porque por mucho que seas de parte, recibes una citacion judicial en toda regla... y si no vas, multazo (unos 300 creo recordar). No obstante, puedes decir que tu tia de chicago se ha puesto mala el día de antes, presentar un billete y... zas! aplazamiento. Yo llevo así desde 2011.. a ver si este mes que viene es el juicio ( el ultimo aplazamiento fue de 14 meses...)
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#336825
Spam escribió:ya ha dicho que es périto de parte. Los otros habrán llamado a otro y el juez a un tercero de oficio. Según lso tres informes, el juez decide.
El juez no llama nadie de oficio, en en Civil..
Una o las dos partes PROPONEN al juzgado que designe uno de oficio.. ; lo saca por orden de las listas... peor la propuesta siempre es de parte.


Lo que no es de recibo es que siendo de parte, esa parte no le haya pagado lo suyo... pero también está claro que si el juez te llama (que te ha llamado)
No le ha llamado.

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#336826
Spam escribió:no, si no va tiene multa, porque por mucho que seas de parte, recibes una citacion judicial en toda regla... ¿tienes alguna por ahí pa verla ? :mrgreen:
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#336827
Cueli escribió:
Spam escribió:no, si no va tiene multa, porque por mucho que seas de parte, recibes una citacion judicial en toda regla... ¿tienes alguna por ahí pa verla ? :mrgreen:


Sip. Si te interesa te la mando... :-)
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#336829
Estoy citado como testigo a propuesta de los contrarios. Así que tengo citación formal y amenaza de multa. Como perito sólo un mail del abogado.

Lo de ser perito y director de obra, yo no lo veía tampoco, pero mandé un mail a la comunidad cuando pasé la oferta y me la aceptaron tras hacer la consulta a su abogado. Entiendo que aunque sea un problema para la defensa de la Comunidad, no es mi guerra.

Creo que voy a llamar a mi cliente (que no es la comunidad) y presionar. Cuando llegue el juicio hacer mi trabajo lo mejor que pueda y si se reanudan las obras usarlas para presionar.

Gracias a todos.
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#336834
PeritacionJudicial.pdf
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#336839
Y si es como testigo:

http://noticias.juridicas.com/base_dato ... .html#a292
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#336864
Cueli escribió:
PeritacionJudicial.pdf

Mi caso es que soy Perito de Parte.

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