Propagación interior y exterior, evacuación, instalaciones de protección contra incendios, intervención de bomberos, resistencia al fuego de la estructura
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#337577
Hola a todos, entiendo que un centro educativo en el que el 50% de los niños tienen algun tipo de minusvalia, algunos de ellos especialmente grave; es USO HOSPITALARIO. (aunque tiene aulas... las aulas albergan niños que no pueden evacuar..., en horario hasta las 18h )

Es que la definición que hace el cte... NO INCLUYE QUE LOS USUARIOS SEAN NIÑOS, que incluyo a continuación: "Uso hospitalario: Edificio o establecimiento destinado a asistencia sanitaria con hospitalización de 24 horas y que está ocupado por personas que, en su mayoría, son incapaces de cuidarse por si mismas, tales como hospitales, clínicas, sanatorios, residencias geriátricas, etc"


Alguna persona me lo puede confirmar? Gracias.
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#337579
No lo veo tan claro, una guardería de primaria entonces se consideraría uso hospitalario también. Yo más bien me inclino por uso docente.
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#337591
En la propia definición aparece: Edificio o establecimiento destinado a asistencia sanitaria con hospitalización de 24 horas
después ya indica que además precisan unos cuidados y que se considera que no tienen movilidad. Desde mi punto de vista no dice que tienen dependencia y por eso es Hospitalario sino que se da la asistencia sanitaria, tiene hospitalización y por eso es Uso Hospitalario.

Como indica Becerro, me inclino por Uso Docente. Puedes incluir mejoras por el tipo de usuario para una atención o protección extraordinaria de los usuarios no autónomos.

Un saludo.
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#337602
BECERRO escribió:Ya somos dos contra uno :burla

Bueno con el Chongoku, más bien tres contra uno :mrgreen:


Tres y medio :wink , coincido con el uso docente, un centro educativo no está destinado a la asistencia sanitaria ni a la hospitalización, sino a la docencia.
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#338053
Pues me ganais el partido.... pero quiero haceros una reflexión: Estos niños deberian de realizar una evacuación horizontal; es decir poder evacuar a otro sector de incendio como se hace en las residencias de ancianos o en los hospitales...
Evacuarles a la calle... me parece una barbaridad.

¿no lo creeis así?

Saludos y gracias
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#338060
Creo que deberías plantearte sacarlos a la calle como evacuación. Al final van a tener que salir y si los tienen que sacar los bomberos podría ser peor.

De todas formas en hospitales, con personas que se consideran "inevacuables" se las traslada a un sector de incendio seguro (hay al menos 2 en cada planta). La idea es que si hay uno afectado puedas "recluir" a los no-evacuables en el otro mientras llega ayuda específica.

También te va a obligar a tener medios para una evacuación segura por parte de los bomberos (ascensor de seguridad, escalera especialmente protegida ...).

Desconozco la ubicación, pero podría ser más seguro evacuarlos a una zona segura del patio (suponiendo patio abierto) y desde allí que los saquen los bomberos ...


Un saludo.
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#338085
Mala política la de resolver dudas por votación de los presentes :comunidad . :stop

Tal como dice el DB-SI en su introducción, criterios generales de aplicación, apartado 3:
"A los edificios, establecimientos o zonas de los mismos cuyos ocupantes precisen, en su mayoría, ayuda para evacuar el edificio (residencias geriátricas o de personas discapacitadas, centros de educación especial, etc.) se les debe aplicar las condiciones del uso hospitalario"


Ahora bien, si repasamos los criterios de interpretación del DB SI en cuanto a otros usos asimilables al hospitalario como es el caso de las guarderías, vemos que esta asimilación de usos debe hacerse de una manera flexible, excluyendo aquellas condiciones que tengan sentido en un hospital, pero no en el establecimiento en cuestión, por ejemplo, en una guardería.

Tal es el caso de las anchuras mínimas de pasillos y puertas, que para un hospital se establecen teniendo en cuenta la necesidad de desplazar a determinados pacientes en cama en caso de emergencia, medida que obviamente resulta innecesaria en una guardería.



Lo mismo puede decirse del establecimiento en cuestión: centro educativo de niños con minusvalía, que debe valorarse de manera flexible y en función de sus condiciones particulares, puede conducir a no considerar todas las condiciones aplicables al uso hospitalario, ... pero en ningún caso se debe asimilar totalmente a un centro docente :ein
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#338182
Me sorprende tu comentario cmpañero. Aquí se ha planteado el criterio personal de cada uno de los que hemos participado ¿vale?, el compañero que ha formulado la duda es muy libre de estar de acuerdo o no, así que creo que por votación popular no se ha resuelto el tema.

Si crees que puede asimilarse a uso hospitalario, me parece muy respetable tu opinión y fundamento, pero por mi parte sigo consideraándolo como docente. :cheers

Otro caso sería que por las circunstancias de los niños, se establecienran condiciones de evacuación asimilables a uso hospitalarios, pero simplemente por criterio propio del proyectista, lo cual yo por mi parte los tendría muy presente en caso que se uediera realizar.
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#338185
Yo creo que el DB-SI, lo deja claro en su introducción. Para mi hospitalario. Aunque seguramente no dejaría de lado los criterios para docente (siempre que fueran mas restrictivos).
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#338194
Lo que dice el DB-SI es que si está previsto en el edificio ocupantes que precisen ayuda para la evacuación que se apliquen las condiciones del uso Hospitalario que tengan sentido, vamos que se tenga en cuenta. Como no debería ser de otra manera, aunque no lo pusiera el reglamento.

Esto es de aplicación en la evacuación del edificio, dentro de la seguridad en caso de incendio.

Para mí el uso del edificio lo define la actividad que en el se desempeña. Que bajo mi punto de vista es docente, que es lo que se va a hacer, otra cosa es que se tenga en cuenta las circunstancias de los usuarios de cara a una posible evacuación.

Además "aplicar las condiciones específicas del uso Hospitalario" de evacuación no es cambiar el uso, es aplicar condiciones específicas para asegurar la evacuación.
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#338196
Killer_ escribió:Lo que dice el DB-SI es que si está previsto en el edificio ocupantes que precisen ayuda para la evacuación que se apliquen las condiciones del uso Hospitalario que tengan sentido, vamos que se tenga en cuenta. Como no debería ser de otra manera, aunque no lo pusiera el reglamento.

Esto es de aplicación en la evacuación del edificio, dentro de la seguridad en caso de incendio.

Para mí el uso del edificio lo define la actividad que en el se desempeña. Que bajo mi punto de vista es docente, que es lo que se va a hacer, otra cosa es que se tenga en cuenta las circunstancias de los usuarios de cara a una posible evacuación.

Además "aplicar las condiciones específicas del uso Hospitalario" de evacuación no es cambiar el uso, es aplicar condiciones específicas para asegurar la evacuación.


Grande!!! Me has convencido... Me cambio de acera. XDDD
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#338204
pipas escribió:Grande!!! Me has convencido... Me cambio de acera. XDDD


:partiendo2 Entonces esta corre de tu cuenta :cheers
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#338206
Pues....
uso hospitalario si los ocupantes no pueden evacuar por si solos.
Para mi no hay duda...
El definir la actividad del edificio poco tiene que ver con definir las condiciones de seguridad y evacuación en función de las capacidades de sus ocupantes.

Ponle docente si quieres, pero cuando llegues a vias de evacuación, medios, activos y pasivos...entra en uso hospitalario....
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#338212
Hola, he estado revisando y revisando... y voy a seguir este criterio, que muchos me habeis aportado: es un centro docente donde las condiciones de evacuación; por ser más restrictivas y favorecer la seguridad; las voy a analizar en función del uso hospitalario.

Gracias a todos. Si me exponen algun comentario os lo hare saber.
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