Cálculo nivel de riesgo intrínseco a partir de una Qs determinada por el RSCIEI (Valoración de 4.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Propagación interior y exterior, evacuación, instalaciones de protección contra incendios, intervención de bomberos, resistencia al fuego de la estructura
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#288857
Hola a todos, ando algo perdido, hago algo mal y no sé lo que es.... Mi primer proyecto en el que tengo que justificar el RSCIEI.

Se trata de un taller de reparación de automóviles sin chapa de pintura de aprox 300m2. El local es un único sector de incendios, y tan sólo un 10% de la superficie se emplea para zona de baños y despacho.

La densidad de carga de fuego media viene ponderada en la Tabla 1.2 del RSCIEI. Aplico la de un taller eléctrico (Qs = 600 MJ/m2, Ra=1,5), ya que se incluyen los trabajos de reparación de elementos eléctricos del vehículo.

Si RSCIEI me dice que es 600, esa es la carga media. Entiendo que para obtener la corregida, aplicando la fórmula, tengo que multiplicar ese valor por Ra=1,5. Obtengo pues una Carga de fuego corregida de 900 MJ/m2.

Ahora bien, para obtener el nivel de riesgo intrínseco, aplicaré la fórmula para calcular la Qe, en la que básicamente multiplicamos y dividimos 1, ya que en mi caso la Superficie del numerador es la misma que la del denominador.

Eso me da un Nivel Intrínseco Bajo 2, lo cual me extraña, yo esperaba un Nivel 1.

Es la primera vez que hago esto y no estoy muy seguro de estar haciéndolo bien. ¿¿Alguien me podría orientar un poco???
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#289229
antoniodevil escribió:Hola a todos, ando algo perdido, hago algo mal y no sé lo que es.... Mi primer proyecto en el que tengo que justificar el RSCIEI.

Se trata de un taller de reparación de automóviles sin chapa de pintura de aprox 300m2. El local es un único sector de incendios, y tan sólo un 10% de la superficie se emplea para zona de baños y despacho.

La densidad de carga de fuego media viene ponderada en la Tabla 1.2 del RSCIEI. Aplico la de un taller eléctrico (Qs = 600 MJ/m2, Ra=1,5), ya que se incluyen los trabajos de reparación de elementos eléctricos del vehículo. (Te aconsejaría que mires en la sección de automoviles a ver si te cuadra alguno)

Si RSCIEI me dice que es 600, esa es la carga media. Entiendo que para obtener la corregida, aplicando la fórmula, tengo que multiplicar ese valor por Ra=1,5. Obtengo pues una Carga de fuego corregida de 900 MJ/m2.

Ahora bien, para obtener el nivel de riesgo intrínseco, aplicaré la fórmula para calcular la Qe, en la que básicamente multiplicamos y dividimos 1, ya que en mi caso la Superficie del numerador es la misma que la del denominador. (Mira mas abajo discrepo)
Eso me da un Nivel Intrínseco Bajo 2, lo cual me extraña, yo esperaba un Nivel 1. (Equilicua)

Es la primera vez que hago esto y no estoy muy seguro de estar haciéndolo bien. ¿¿Alguien me podría orientar un poco???


A ver que podemos hacer:

Según, "Artículo 3. Compatibilidad reglamentaria." solo tendrias un area de incendios por lo que solo tendrias que aplicar las formulas de los puntos 3.2 punto 1. ó punto 2. (No tienes distintos sectores de incendios ¿no?)
Yo aplicaria la 1 por que al ser mas detallada te va a dar mas fino pero es mucho mas laboriosa.

Los parametros que te van a dar el coeficiente reductor son A y Si. (A > Si)

A = superficie construida del sector de incendio o superficie ocupada del área de incendio, en m2.
Si = superficie de cada zona con proceso diferente y densidad de carga de fuego, qsi diferente, en m2.

Por esto último yo entiendo que quizas las zonas de paso que han de estar expeditas para la evacuación no contarían en Si, aunque si, resto de superficie que aunque libre por ser area de trabajo, como el entorno de una mesa de trabajo del taller pueden presentar algun elemento inflamable, aunque sería cuestionable (Tema de discusión que podemos exponer).

Total que una zona de evacuación de 1,00 m al menos mas si hay cerramientos, aunque es poco, mas cualquier superficie que no sea ocupable como ocurre con la evacuación (con carga de fuego), y mira si hay zonas que puedas consideraar almacenamientos de día, todo eso te va a bajar la carga de fuego.

Espero haberte ayudado.
Si hay alguna cosa en la que me pueda haber equivocado se esperan correcciones, "que pa eso estamos".
Respuesta de un trol mu feo. :troll
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#289721
Buenos días, Sr Antoniodevil, con respeto a lo que te dice el compañero Maquinando, yo lo haría así:

Valores : Automoviles, reparacion.- Qsi= 300 Mj/m2, Ra=1,0 ( Tabla RSCIEI )
A= 300 m2 Si= 300m2 x 10% ( oficina y aseo ) = 270m2 , que es el peor de los casos, todo ocupado, sin evacuación, sin pasillos de servicio ni pasillos protegidos, vamos el peor de los casos.
Por ultimo al ser automoviles Ci=1 , aunque puedes afinar más y establecer Ci= 1,3, al existir aceites lubricantes, serrin ( para el suelo, quizas) en fin lo que vieras en tu visita que sea inflamable y que comiencen su ignicion entre 100ºC y 200ºC ; Yo pondría 1,3.

En fin con este planteamiento se obtiene 351 Mj/m2 menor a 450 Mj/m2 por tanto RB 1.

Felicidades por tu olfato, al intuir que era RB1, a mi me pasa lo mismo, si olisqueo peligrosidad evidente, intento dirigir el calculo, quizas sea un error , pero siempre voy en pro de la seguridad. ( independientemente de cometer errores, que somos humanos ). En este caso yo entiendo a 1ª vista RB1 , empiricamente ya lo tienes.

Espero haber aportado algo de luz, este es un caso facil, si algún mostruo de los que andan por aquí o cualquier compañero aporta algo estudiaremos sus consideraciones.

Un abrazo, FELIZ AÑO¡¡¡¡¡¡¡¡
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#289729
Capitan Morgan chapó.
Yo pretendía el como hacer para que él resolviera.

De todos modos creo que no puedes sacar de la superficie ttal a multiplicar la superficie que consideras de oficinas, si no que la considerarias como con la misma carga de fuego que el resto de la actividad, pues si tiene carga de fuego, que en ocasiones puede ser mas peligroso que la propia actividad, por lo que al final sería 300x1,30 = 390, que sigue sin superar los 450.

Del decreto lo que yo entiendo es que cuando no superas ciertas superficies de otros usos al principal se puede hacer un calculo mas sencillo metiendolo como la carga de la actividad, que en casos será mas favorable y en otros no. Esto ya será criterio tecnico.

Ahora mi pregunta es, es correcto lo que yo le comentaba de sacar los pasillo no ocupados? Me ha saltado la duda.

Un cordial saludo.
por
#290080
Buenos días, lo de los pasillos pertenece al Area total, siendo distinto del Si, que es donde realmente se realiza la actividad o se almacena lo que sea. Al menos así lo entiendo yo. Los pasillos si no son protegidos computan dentro del area del sector. Muchas veces el area de los pasillos protegidos, nos " salva ", ( entre comillas ) en al calculo ya que no corresponden al Area total. Recuerda que eston tienen unos requisitos concretos. OJO haz la lectura de esto SIEMPRE desde el lado de la seguridad.

UN ABRAZO¡¡¡¡ :smile
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#290100
Efectivamente, pero no hay que ser mas papistas que el Papa. Me refiero a que si en una naves tienes varias actividades, almacen, zona de producción y zona de producto termiinado, o la que se te ocurra, que tengan diferente carga de fuego, en este caso los pasillo no entrarión dentro de ninguna y han de estar expeditos, o así consta en la normativa. Con lo que las superficies Si que forman parte del numerador de la formula, siempre sumarán menos que la superficie total del denominador de la misma.

Es así?

Cordial saludo y Feliz año nuevo
por
#290180
Buenos días, en el denominador ( A en m2 ) la totalidad de la superficie de ( la nave si es sector TIPOS A, B y C ) ó de ( el área en los tipo C y D ) y dice el RSCIEI , superficie CONSTRUIDA, ni siquiera la util, no el peor de los casos "la CONSTRUIDA". En el numerador de nuestra querida y usada formula ( Si en m2 ), el area de cada proceso ( que diferenciamos porque tiene distinta Qsi ).

Los pasillos de que tanto hablamos " SI " los ponemos en A, en Si ( pos depende del proceso, y de la mirada del técnico ). Y lo que tu dices que siempre sumaran menos, así debe ser.

Creo que es esto lo que tu dices, yo desde luego así interpreto y en las multiples memorias que pasan por mis manos ( sin contar algunos calculillos arquitectiles, solo la minoría anecdoticamente ) , así lo hacen.

Bueno compañero al papa lo que es del papa y al RSCIEI lo que es del RSCIEI. Por cierto ¿ sabes por que el su majestad el papa siempre será un hombre? Por que si no sería " su majestad la mama " :lol . Es broma que no se me ofendan los catolicos, maximo respeto con esto. :smile

Aurreboire que dijo voltaire. :saludo
por
#337973
Buenas, refloto este hilo ya que tengo una duda parecida, y por no crear mas hilos semejantes...

A ver si me podéis aclarar un poco, que estoy perdido... Mi caso es que tengo que justificar el cumplimiento del SI para un local de 108m2 que es una (pastelería-repostería) con zona de degustación.
He visto que hay dos formas de calcular, una por el tiempo equivalente de exposición al fuego, y otra que es justificando por el EIxx y Rxx estructural. Es la primera vez que lo hago, como me recomendáis que lo haga?!?!

Como podéis ver, estoy "mu liao" con esto... :cabezazo :cabezazo :cabezazo

Gracias y saludos...

PD: Es de mis primeros posts, espero no haber colocado la consulta donde no debo...
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#338207
Vamos a ver creo recordar que lo tradicional es ver que tipo de estructura tenemos y según las tablas aplicarle la EL y R que le corresponda, si la cumple por si mismo o bien con el tratamiento que le corresponda hasta llegar a la requerida.
Pero también se puede hacer por tiempo equivalente, que es mas laborioso pero por lo que recuerdo sale mas favorable al ser mas fino el calculo.

Admito correcciones, incluso las agradecería, y así ayudamos al compañero.

Un cordial saludo.
por
#338214
Buenas, te lo agradezco Maquinando... de momento lo estoy mirando de hacer así, justificando por la estructura

La estructura es:
Estructura: de pilares y vigas de hormigón armado.
Forjado: de viguetas y bovedillas de hormigón.
Cerramientos exteriores: de ladrillo cerámico de 30cm de grueso.
Falso techo: estructura de yeso registrable.
Pavimento: azulejo cerámico y parket C5.

Y considero que:
- Resistencia al fuego para elementos estructurales R120.
- Resistencia al fuego para techos y paredes que delimitan el sector de incendio EI120.
- Paredes y techos C-s2,d0.
- Falso techo B-s3,d0.

Quedaría justificado así?!?!

Gracias y un saludo...
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#338217
Mira si para el tipo de actividad cumple, te lo da la norma, dependiendo del tipo de actividad te pide unos requisitos.
Mira si es de riesgo especial, por la carca y natrealeza de la carga. Según rebt la arina es peligrosa.
por
#338336
Buenas Maquinando, según el REBT???

Entonces lo tendría que hacer por el tiempo equivalente de exposición al fuego, no?! Que tendría que hacer, buscar la carga de fuego de los materiales mas habituales que tendría en el almacén (harina, aceite, cartón, plástico,etc...) y del mobiliario del local (mesas, sillas, estanterías, etc...) en el RSCIEI y hallar la carga de fuego, después buscar el tiempo equivalente y ver si la estructura lo soportaría?!

Es así?!?!

Gracias y un saludo...
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