Protección frente a la humedad, recogida y evacuación de residuos, calidad del aire interior, suministro de agua, evacuación de aguas
por
#32643
Existen unos depósitos de polietileno prismáticos que venden para agua potable, pero últimamente nos han puesto alguna pega por dudar que cumplan los puntos del artículo 7 del REAL DECRETO 865/2003, de 4 de julio, por el que se establecen los criterios higiénico-sanitarios para la prevención y control de la legionelosis. Básicamente porque dicen que no se pueden vaciar totalmente al no estar el desagüe totalmente en el fondo y porque la boca de hombre es de 400 mm.

¿Alguien sabe si estas pegas están justificadas, estando estos depósitos vendiéndose precisamente para almacenamiento potable?.

Gracias a todos por vuestras respuestas
por
#34263
Por favor, pongo una foto, a ver si alguien me puede dar al menos una idea de como se puede limpiar la superficie del depósito que no se ve desde la boca de hombre, es decir, la cara interior de la zona donde el tío de la foto tiene puesto el pié. Estoy desesperado intentando encontrar una solución... :cabezazo
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