Buenas, tardes os comento el caso en el que estoy trabajando porque estoy algo desorientado
Bien, tengo un cliente que quiere homologar una furgoneta VW T3 con categoria 3100, como vivienda, las reformas que quiere realizar son de carrocería y de adaptación interior, concretamente son:
1. Cambiar techo por otro más alto que permite estar de pie dentro de la furgoneta
2. Instalación de armazón metálico adaptable como asientos y cama
3. Base giratoria para plaza del acompañante
4. Muebles, se van a instalar solo para almacenar, no va a llevar ni mesa, ni cocina, iran colocados de la siguiente manera:
Dividiento la furgoneta en 3 partes, en el primer tercio y en el tercero en la parte superior llevará acoplado al techo dos mubles de almacenamiento, y en el segundo tercio en el suelo llevara otro de unos 10 cm de altura que ocupa todo el suelo del segundo tercio.
Estos muebles iran todos anclados a la carrocería.
Ahora lo que me desconcierta, despues de llamar a ITV, posteriormente a un laboratorio cerca de mi zona, me comentan:
Caso 1: Si colaca asientos para tener plazas de viaje hay que homologar como autocaravana, si se busca esta homologación habría que hacer un esnayo de pruebas en laboratorio y en Andalucía según ellos no hay ninguno que pueda realizar estos ensayos, los que hay solo pueden hacer justificaciones teóricas. (Según ellos es una odisea ya que hay muchos requerimientos que son dificiles cumplir para esta homologación).
Caso 2: Si no pones asientos para tener plazas de viaje detras, sería una homologación como vehículo vivienda, y aunque la carga vaya anclada ellos en laboratorio no pueden garantizar que la carga se precipite hacia los pasajeros en caso de colisión o frenazo por lo que para homologar así hay que disponer una mampara separadora entre cabina y la zona habiable.
Lo que mi cliente quiere es el Caso 1, lo que se puede hacer es el Caso 2, y lo que se puede ver en la calle es una mezcla de los dos casos, es decir vehículos con su homologación como vivienda y que tienen la zona de carga habilitada sin haber dispuesto mampara alguna de protección.
Si redacto el proyecto técnico para el Caso 1, no me van a dar el informe de conformidad xq habrá algo por lo no cumpla, si redacto el proyecto para el caso 2 tiene que ser disponiendo mampara si no tampoco me darán el informe correspondiente. Y yo me pregunto ¿si no es posible homolgar el vehículo y pasar la ITV sin la aprobación del laboratorio?, como pasan por el aro es vehículos que he visto recientemente que están homologados?
pd:. despues de escribir esto me prepara para ver como convenco a mi cliente de que haga la reforma del Caso 2. A ver si tengo suerte