Propagación interior y exterior, evacuación, instalaciones de protección contra incendios, intervención de bomberos, resistencia al fuego de la estructura
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#348123
Buenos días,

Estoy redactando un proyecto para la legalización de la instalación contra incendios de un Establecimiento Industrial que consta de 6 Edificios independientes incluyendo edificios de configuración D, C y B. Mi duda viene al contar con un edificio adosado a otro edificio de diferente titularidad, tipo B.

He revisado el art 2.3 del ANEXO I del RSCIE y no me queda claro si debería clasificar el complejo industrial como tipo B independientemente de que cada edificio tenga la configuración que le corresponda.

Agradecería posibles interpretaciones/experiencias al respecto

Saludos
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#348125
Hola!

Bajo mi punto de vista, debes clasificar cada edificio del establecimiento industrial de forma independiente, y adoptar las medidas que te indica el RSCIEI para cada uno de ellos según su configuración. No creo que sea necesario que tengas que definir la configuración de TODO el establecimiento industrial bajo una única clasificación, ya que como bien dices, las condiciones de cada edificio son diferentes.

Todo esto queda claro cuando el RSCIEI dice aquello de: "En un establecimiento industrial pueden coexistir diferentes configuraciones, por lo se deberán aplicar los requisitos de este reglamento de forma diferenciada para cada una de ellas."

Saludos
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#348135
Muchas gracias Carlos_Asturies por tu rápida respuesta.

En muchos de los impresos oficiales se pide definir la configuración de TODO Establecimiento Industrial. Entiendo que no es un caso habitual encontrar diferentes edificios con diferentes configuraciones dentro de un Establecimiento Industrial. Mi criterio sería asimilarlo al tipo C puesto de 8 naves, 1 es de tipo B, otra de tipo D y el resto de tipo C.
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#348136
Sinceramente a los impresos que les den... Si tienes varias configuraciones pones las que sean en proyecto y cuando vayas a rellenar el impreso en cuestion bien anexas un documento explicativo o lo pones en observaciones (si es que tienes esa posibilidad según el impreso).
Lo que está claro es que el reglamento lo establece así y por un impreso no vas a dejar de aplicarlo.
Saludos
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