por Pleiades
- 29 Ene 2015, 22:02

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- 29 Ene 2015, 22:02
#348302
Hola!
Estoy algo desesperado, y frustrado.
Me explico: Soy el responsable técnico de una empresa instaladora y mantenedora de calderas de vapor. Entré en la empresa nada mas terminar la carrera, sin ningún tipo de experiencia previa y directamente al puesto de responsable técnico y único ingeniero en plantilla. A esto se añade que mi empresa jamás me ha llevado a ningún tipo de curso sobre equipos a presión, y todo lo que se lo he aprendido por mi cuenta y lo poco que me ha enseñado mi jefe (mas bien cosas prácticas y nada de papeleo).
Pues resulta que ahora estoy que no duermo. Mi problema son las legalizaciones que he hecho en estos cuatro años (unas 10). Estoy muy tranquilo porque se que las instalaciones están bien hechas y la seguridad no ha sido comprometida en ningún momento, pero creo que me he equivocado a nivel documental en alguna de ellas.
Para empezar, un error de novato: He confudido en dos legalizaciones la Pp (presión de precinto) con la PT (presión de prueba), ya que mi mente pensó en Pp (Presión de prueba) y PT (presión de tarado). Lo gracioso es que un inspector de una OCA delante mío cometió exactamente el mismo error. ¿Cuando redactaron el REP nadie pensó en esto? Ignorando el hecho de que la norma induce al error, estos fallos ya los he solucionado volviendo a presentar el certificado de instalación junto con un escrito aclaratorio. Lo malo es que en mi comunidad autónoma llevan cerca de 3 años y medio con un problema informático y no están tramitando las altas de equipos a presión en establecimientos industriales y no tengo forma de conocer si lo han dado por bueno.
Pero ahora estoy dudando con la Pms de las calderas y la PS de las instalaciones de tubos.
¿Alguien podría definirme estos dos valores?
Hasta ahora yo he tomado lo siguiente:
Presión de trabajo: La presión real de funcionamiento de la caldera, marcada por los presostatos de arranque y parada del quemador
PS: Presión de diseño: La marcada por el fabricante en la placa de la caldera
Pp: Presión de precinto: La de precinto de la válvula de seguridad de la caldera. Siempre inferior a la PS
PT: Presión de prueba: O bien la presión de la primera prueba del fabricante o bien Pms x 1,43
Y las dos mas confusas de todas según el REP:
Pms: Presión máxima de servicio: Según esta norma: "a presión más alta, en las condiciones de funcionamiento, que puede alcanzar un equipo a presión o instalación", y que nunca será inferior a un 10% de la PS (a menos que haya certificado del fabricante, y todo eso)
PS en el caso de tuberías: Hablo de esto mas abajo
Qué significa esto exactamente a efectos prácticos? Yo siempre he tomado la Pms como la presión a la que se regula el presostato de seguridad, debido a que aplicando la lógica, por mucho que los presostatos de trabajo se estropeen, la caldera es imposible que pase de la presión del de seguridad, por lo que se cumpliría la definición del REP, aunque está cogido con pinzas...
Pero mirando por internet, veo otra definición: "Es el máximo valor efectivo de tarado de la válvula de seguridad". Si esto es así, ¿por qué se diferencia entre Pms y Pp?
Por otra parte, hablo de la PS de las tuberías. ¿Qué es exactamente esto? ¿La presión nominal de las válvulas? Porque por ejemplo, un tubo de 1" A106 Sch40 aguanta hasta 48 bar, y si seguimos los cuadros del RD 768/1998 usando 48 bar TODOS los tubos de vapor tendrían categoría, y esto es absurdo completamente.
¿En qué quedamos? ¿Cual es realmente la presión máxima de servicio? ¿Cual es la presión de diseño de una tubería? ¿No está todo demasiado confuso? ¿O soy yo?
Por mis manos han pasado certificados de instalación de otros ingenieros y tienen cosas aún peores, como poner la Pms y la Pp por encima de la PS...
En serio, esto me esta trayendo demasiados dolores de cabeza y noches sin dormir.Si al menos cobrara un sueldo decente...
Muchas gracias por vuestra ayuda. Lo agradeceré enormemente.
Estoy algo desesperado, y frustrado.
Me explico: Soy el responsable técnico de una empresa instaladora y mantenedora de calderas de vapor. Entré en la empresa nada mas terminar la carrera, sin ningún tipo de experiencia previa y directamente al puesto de responsable técnico y único ingeniero en plantilla. A esto se añade que mi empresa jamás me ha llevado a ningún tipo de curso sobre equipos a presión, y todo lo que se lo he aprendido por mi cuenta y lo poco que me ha enseñado mi jefe (mas bien cosas prácticas y nada de papeleo).
Pues resulta que ahora estoy que no duermo. Mi problema son las legalizaciones que he hecho en estos cuatro años (unas 10). Estoy muy tranquilo porque se que las instalaciones están bien hechas y la seguridad no ha sido comprometida en ningún momento, pero creo que me he equivocado a nivel documental en alguna de ellas.
Para empezar, un error de novato: He confudido en dos legalizaciones la Pp (presión de precinto) con la PT (presión de prueba), ya que mi mente pensó en Pp (Presión de prueba) y PT (presión de tarado). Lo gracioso es que un inspector de una OCA delante mío cometió exactamente el mismo error. ¿Cuando redactaron el REP nadie pensó en esto? Ignorando el hecho de que la norma induce al error, estos fallos ya los he solucionado volviendo a presentar el certificado de instalación junto con un escrito aclaratorio. Lo malo es que en mi comunidad autónoma llevan cerca de 3 años y medio con un problema informático y no están tramitando las altas de equipos a presión en establecimientos industriales y no tengo forma de conocer si lo han dado por bueno.
Pero ahora estoy dudando con la Pms de las calderas y la PS de las instalaciones de tubos.
¿Alguien podría definirme estos dos valores?
Hasta ahora yo he tomado lo siguiente:
Presión de trabajo: La presión real de funcionamiento de la caldera, marcada por los presostatos de arranque y parada del quemador
PS: Presión de diseño: La marcada por el fabricante en la placa de la caldera
Pp: Presión de precinto: La de precinto de la válvula de seguridad de la caldera. Siempre inferior a la PS
PT: Presión de prueba: O bien la presión de la primera prueba del fabricante o bien Pms x 1,43
Y las dos mas confusas de todas según el REP:
Pms: Presión máxima de servicio: Según esta norma: "a presión más alta, en las condiciones de funcionamiento, que puede alcanzar un equipo a presión o instalación", y que nunca será inferior a un 10% de la PS (a menos que haya certificado del fabricante, y todo eso)
PS en el caso de tuberías: Hablo de esto mas abajo
Qué significa esto exactamente a efectos prácticos? Yo siempre he tomado la Pms como la presión a la que se regula el presostato de seguridad, debido a que aplicando la lógica, por mucho que los presostatos de trabajo se estropeen, la caldera es imposible que pase de la presión del de seguridad, por lo que se cumpliría la definición del REP, aunque está cogido con pinzas...
Pero mirando por internet, veo otra definición: "Es el máximo valor efectivo de tarado de la válvula de seguridad". Si esto es así, ¿por qué se diferencia entre Pms y Pp?
Por otra parte, hablo de la PS de las tuberías. ¿Qué es exactamente esto? ¿La presión nominal de las válvulas? Porque por ejemplo, un tubo de 1" A106 Sch40 aguanta hasta 48 bar, y si seguimos los cuadros del RD 768/1998 usando 48 bar TODOS los tubos de vapor tendrían categoría, y esto es absurdo completamente.
¿En qué quedamos? ¿Cual es realmente la presión máxima de servicio? ¿Cual es la presión de diseño de una tubería? ¿No está todo demasiado confuso? ¿O soy yo?
Por mis manos han pasado certificados de instalación de otros ingenieros y tienen cosas aún peores, como poner la Pms y la Pp por encima de la PS...
En serio, esto me esta trayendo demasiados dolores de cabeza y noches sin dormir.Si al menos cobrara un sueldo decente...
Muchas gracias por vuestra ayuda. Lo agradeceré enormemente.