Valles escribió:Hola hola hola.
Como dice el título. Los que sois administradores o socios de una empresas (en la que desarrolláis vuestra actividad) ¿Cómo cobráis de ésta?
Yo cobro con nóminas, pero desde 2012 mi gestor me dice que tenía que hacerlo mediante facturas a la SL y reteniendo el 9% de IRPF los primeros 3 años y luego el 21%. Esto es en base a una circular de la AET
Lo único que se busca con este criterio es joder a las pequeñas empresas y a sus socios ya que dejar de cobrar por nómina supone que por nuestro trabajo hay un pago de IVA (que un administrador difícilmente podrá compensar) y , además no se podrá deducir estos pagos del Impuesto de Sociedades ya que son pagos a administradores/socios.
¿Sabéis algo? ¿Cómo lo estáis haciendo?
Por nómina, y sigue siendo igual, que no te líe, la historia es que "no puedes" cobrar por nómina de la sociedad por el cargo de ADMINISTRADOR, pero eso es distinto a cobrar por la actividad profesional que realices a través de la sociedad.
Entrecomillo el no puedes, porque sí se puede, pero para ello debe figurar en las escrituras (que el cargo de administrador es retribuido y en cuanto) para que pueda ser deducible por la sociedad y tributará de forma distinta (bastante mas). pero insisto, en que esta retribución es independiente de la retribución por su trabajo profesional que en su caso realice (si lo realiza, que puede que no, que solo sea administrador).
Y respecto a los socios que no te líe tampoco, una cosa es el reparto de beneficios de la sociedad entre los socios (trabajadores o no) que se realizará en función de su participación en la misma (o de lo que pongan las escrituras al respecto) y otra muy distinta el cobro (je,je,je) del salario por tu trabajo (o el de los demás trabajadores, socios o no) realizado en la sociedad.
Es decir, tu, si lo eres:
* como administrador de la sociedad, puedes tener una retribución, o no (lo decidirán los socios).
* como socio tendrás unos beneficios, o no (si no hay beneficios o los mismos no se reparten).
* como trabajador en la sociedad tendrás un salario, o no.
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