Carlos_Asturies escribió:BECERRO escribió:Buenos días Don Carlos, al respecto, siempre he entendido la presión máxima de servicio, la presión de tarado de las válvulas de seguridad en el caso concreto de una instalación.
Otra cosa será que el fabricante te indique que los calderines tengan una presión máxima de 6 bar, vale incluso la caldera puede aguantar hasta, por ejemplo 20 bar, pero la instalación en sí llega hasta 4 bar.
Yo lo veo igual que tú. Saludos
Gracias Becerro.
Entiendo que también coincides en la categorización de los equipos a presión (utilizando PS y TS), ¿verdad?
Otra duda que me surge es, ¿en qué casos aplicaríais la condición de los 10.000 del RD 2060/2008 para el PxV de instalaciones con "aportación de calor o llama"? ¿Lo considerais aplicable a una instalación de calentamiento de agua como esta?
Saludos
Jau!
VAyamos por partes.
1.- Tenemos claro que no es RITE, no? Si es industrial vamos a 2060, pero si es climatización vamos por RITE. Así lo dice en 2060 cuando habla de ámbito de aplicación.
Si es RITE ya sabes, si es menos de 400 kw, bla bla si es más, bla bla bla bla...
2.- Si es 2060, PS es PS. Tu puedes poner tu PP donde quieras, como si quieres tarar a 1 bar, pero PS es PS (repito). Y PMS es PMS. Esa la fijas tu, viene la OCA (organismo de cobro abusivo) o el fabricante te firma que tienes esa PMS y a correr, con esa proyectas (o no)
El vaso de expansión no lo tienes que meter por ahí, porque no es instalacion con aporte de calor. Es decir, entra el agua al vaso y no sale con mas energía térmica de cuando entró. PUNTO. .
Respecto a la aplicación,