Hola a todos de nuevo!!! (muchas lunas han pasado.. jejej)
He estado mirando por el foro pero no me parece haber visto esta pregunta o similar.
La pregunta directamente:
¿Existe alguna casuística para el caso de "establecimiento Industrial" tipo E (ya caracterizado) en el que le sea exigible reglamentariamente un Sistema de Control de Temperatura y Evacuación de Humos SCTEH??Nota:
El RSCIEI establece en su anexo II, punto 7 que dispondrán de dichos sistemas los espacios ocupados por SECTORES DE INCENDIO DE ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES. Más adelante y con más detalle o concretizando más en el 7.1.a y 7.1.b se habla siempre de SECTORES de INCENDIO. Pro otra parte en la caracterización de un establecimientos tipo D y E, lo que se tiene es un AREA de INCENDIO abierta definida por su perímetro y nunca un SECTOR de incendio.
nota 2:
Lo único que se me ocurre (y no estoy muy seguro) para su exigencia es el caso de una nave tipo C a la cual en al menos dos paramentos se le ha practicado unos hueco PARCIALES que permite la disipación de humo y calor. Solo en ese caso se debería de aplicar la UNE 23585 para demostrar que dichos huecos permiten esa disipación y por tanto puede ser caracterizada como tipo E. (He dicho parciales, porque si digo totales ya entiendo que no es necesario y que la nave automáticamente es tipo E por definición.)
Gracias MONSTRUOS!!
Justo a mi me toco ser yo.
España sufre de diarrea legislativa. ¡Por favor un camión de Prinperán para el País.!